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	<title>Facultad de Derecho UAH</title>
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	<description>Universidad Alberto Hurtado</description>
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	<title>Facultad de Derecho UAH</title>
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	<item>
		<title>¡Postula tu ponencia! Congreso de Derecho y Tecnología Contemporánea &#8211; Revista Lex Olympia</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/convocatorias/ponencia-congreso-derecho-y-tecnologia-contemporanea-revista-lex-olympia/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 25 Aug 2026 20:32:38 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Convocatorias]]></category>
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					<description><![CDATA[El Congreso de Derecho y Tecnología Contemporánea, organizado por la Revista Lex Olympia e Incuba UAH, convoca a estudiantes, académicos, investigadores y egresados a postular ponencias que aborden los desafíos [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El Congreso de Derecho y Tecnología Contemporánea, organizado por la Revista Lex Olympia e Incuba UAH, convoca a estudiantes, académicos, investigadores y egresados a postular ponencias que aborden los desafíos jurídicos que plantean las tecnologías emergentes y su impacto en el ordenamiento jurídico contemporáneo.</p>
<p>El congreso se realizará el día 24 y 25 de septiembre de 2026 en dependencias de la Universidad Alberto Hurtado, y contempla también la modalidad presencial, híbrida y virtual.</p>
<p>Su objetivo es generar un espacio de diálogo interdisciplinario para la discusión, análisis y difusión de investigaciones y reflexiones jurídicas vinculadas al desarrollo tecnológico, promoviendo el intercambio académico entre distintas generaciones y perspectivas.</p>
<h2>Ejes temáticos</h2>
<p>Se recibirán ponencias que se enmarquen, entre otros, en los siguientes ejes temáticos:</p>
<ul>
<li>Inteligencia artificial y regulación jurídica</li>
<li>Protección de datos personales y privacidad digital</li>
<li>Responsabilidad civil y tecnología</li>
<li>Derecho penal y delitos informáticos</li>
<li>Propiedad intelectual en la era digital</li>
<li>Derecho laboral y transformación tecnológica</li>
<li>Derecho del consumidor y comercio electrónico</li>
<li>Derechos fundamentales y nuevas tecnologías</li>
</ul>
<h2>Requisitos de postulación</h2>
<p>Podrán postular estudiantes de pregrado y postgrado, académicos, investigadores y profesionales del derecho y áreas afines, de cualquier universidad o institución, nacional o extranjera.</p>
<ol>
<li>Cada ponencia deberá cumplir con los siguientes requisitos:</li>
<li>Ser un trabajo original e inédito, se aceptan tesis y tesinas</li>
<li>Enmarcarse en alguno de los ejes temáticos señalados en el punto 3.</li>
<li>Ajustarse a las normas de formato indicadas en el punto 6.</li>
<li>Cada autor podrá postular como máximo un trabajo, ya sea de forma individual o en grupos (máximo 3 integrantes por trabajo).</li>
</ol>
<h2>Envío de postulaciones</h2>
<p>Las postulaciones deberán enviarse al correo electrónico <a href="mailto:edicioneslexolympia@gmail.com">edicioneslexolympia@gmail.com</a> indicando en el asunto<strong> «Postulación Congreso Derecho y Tecnología UAH – [nombre del postulante]»</strong>.</p>
<p><strong>Se recibirán postulaciones hasta el 5 de septiembre de 2026.</strong></p>
<h3><a href="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/Bases-de-Postulacion-de-Ponencias-I-Congreso-Juridico-Revista-Lex-Olympia-2026.pdf">Revisa las bases completas aquí</a></h3>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Convocatoria abierta Programa de Pasantías Corte Interamericana de Derechos Humanos</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/convocatorias/convocatoria-abierta-programa-de-pasantias-corte-interamericana-de-derechos-humanos/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 25 Aug 2026 16:57:32 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Convocatorias]]></category>
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					<description><![CDATA[La Facultad de Derecho UAH invita a estudiantes y egresadas/os que hayan completado al menos el sexto semestre de la carrera y que cumplan con los criterios señalados en esta [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La Facultad de Derecho UAH invita a estudiantes y egresadas/os que hayan completado al menos el sexto semestre de la carrera y que cumplan con los criterios señalados en esta convocatoria abierta, a postular a los concursos para pasantías internacionales en organismos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.</p>
<ul>
<li>Pasantía en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), San José, Costa Rica (Pasantía para un estudiante, de cuatro meses de duración. 11 enero a 30 abril 2027). Durante ese período, el/la estudiante seleccionado/a realizará estudios de casos, confeccionará informes y preparará sentencias, entre otras actividades similares que se le encomienden por parte de la Secretaría de la Corte IDH.</li>
<li>Pasantía en una de las Relatorías de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos (OEA), Washington D.C., Estados Unidos (Pasantías para un estudiante de tres meses de duración. 14 de enero a 30 de abril de 2027). Durante ese período, los y las pasantes seleccionados/as realizarán estudios de casos, confeccionarán informes y prepararán recomendaciones en materias de la relatoría en la cual estén participando, según instrucciones de quien supervise la pasantía.</li>
</ul>
<p>Para aplicar o saber más del Programa, consulte el comunicado oficial en: <span class="_4a796c4e b3b96a55"><a class="_5ecc2880 e5cee6d8" href="https://www.linkedin.com/safety/go/?url=https%3A%2F%2Fbit%2Ely%2F45hCxl7&amp;urlhash=shyy&amp;mt=gxz1utkpS2XGv-YzPBnjD4Q0vo7r6qcAbTJdFV7BRb1xIQ57ol_tSAtc4sLz74Tz1EvQiAX_CIVPuBKLaexnC5MVjqvAS7BUeuxb03reuKH2fmK-BFwT6A&amp;isSdui=true" target="_blank" rel="noopener"><strong>https://bit.ly/45hCxl7</strong></a></span></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>[Carta al director] ¿Puede durar un Estado de Excepción 240 días?, por Gustavo Poblete</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/carta-al-director-puede-durar-un-estado-de-excepcion-240-dias-por-gustavo-poblete/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 24 Aug 2026 15:28:11 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Gustavo Poblete]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
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					<description><![CDATA[Publicada en La Tercera SEÑOR DIRECTOR: La reforma constitucional que crea un nuevo estado de excepción de seguridad pública merece una reflexión que va más allá de la legítima necesidad [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://mediastation.simbiu.es/Files/VerTexto/139293406/1/571341042?medio=LA%20TERCERA%20-%20CHILE&amp;isjp=False&amp;mediafiletype=0&amp;trackingToken=eyJhbGciOiJIUzI1NiIsInR5cCI6IkpXVCJ9.eyJpZFVzZXIiOiI5NjUzIiwiaWRDb3Jwb3JhdGUiOiI0OTgxIn0.tBZTy_dUkO1ZJMfgJRsCMwUkjQOHgXDZaYqpH2Ezjkw">Publicada en La Tercera</a></p>
<p>SEÑOR DIRECTOR:</p>
<p>La reforma constitucional que crea un nuevo estado de excepción de seguridad pública merece una reflexión que va más allá de la legítima necesidad de enfrentar el crimen organizado.</p>
<p>El proyecto permite que dicho estado de excepción se extienda por hasta 120 días y que el Presidente de la República pueda extenderlo por un período similar, requiriéndose el acuerdo del Congreso solo para las prórrogas posteriores. Durante su vigencia, podrían restringirse derechos como la libertad personal, la asociación y las comunicaciones, e incluso disponerse requisiciones de bienes.</p>
<p>En este sentido, la pregunta es sencilla: ¿puede seguir considerándose excepcional una situación que se puede prolongar durante 8 meses sin autorización del Congreso?</p>
<p>Los estados de excepción tienen ese carácter porque permiten concentrar temporalmente potestades extraordinarias en el Ejecutivo y restringir derechos fundamentales. Por ello, su duración y los mecanismos de control no son accesorios, sino garantías esenciales para evitar que la excepción termine transformándose en una forma ordinaria de gobierno.</p>
<p>Combatir el crimen organizado exige fortalecer las capacidades estatales. Sin embargo, esas nuevas facultades tienen que estar sujetas a límites y controles que eviten que la excepcionalidad se transforme en la regla general.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Nathalie Mousist publica artículo en la revista sobre razonamiento probatorio Quaestio Facti</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/nathalie-mousist-publica-articulo-en-la-revista-sobre-razonamiento-probatorio-quaestio-facti/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 22 Aug 2026 13:04:08 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Doctorado]]></category>
		<category><![CDATA[Investigación]]></category>
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					<description><![CDATA[La candidata a doctora en Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Nathalie Mousist, publicó el artículo «¿Ven lo mismo expertos y novatos? Sobre la estructura de la experiencia perceptual y [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La candidata a doctora en Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Nathalie Mousist, publicó el artículo <em><strong>«¿Ven lo mismo expertos y novatos? Sobre la estructura de la experiencia perceptual y la fuerza de las inferencias</strong></em>«, en <a href="https://revistes.udg.edu/quaestio-facti/about">Quaestio Facti. Revista Internacional Sobre Razonamiento Probatorio</a> (N°11, pp. 123-140), editada por la Cátedra de Cultura Jurídica de la Universitat de Girona, y con categoría Scopus Q2.</p>
<p><img fetchpriority="high" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80743 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/nathalie-mousist-investigacion.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>En este artículo, la autora sostiene que la diferencia entre el testimonio de novatos y el testimonio de expertos no se reduce solo a una cuestión de grados de conocimiento, sino que involucra una diferencia estructural en la experiencia perceptiva.</p>
<p>A partir de la noción de penetrabilidad cognitiva, se argumenta que los expertos perciben de manera distinta debido a los estados cognitivos y la carga teórica que modulan la percepción. Esto configura el contenido mismo de la experiencia y posibilita el acceso a rasgos del entorno que permanecen inadvertidos para el observador no entrenado.</p>
<p>Dicha diferencia tiene implicancias epistémicas relevantes: las creencias del experto se forman a partir de una experiencia perceptual más rica, pero también más opaca a terceros. Sobre esta base, se introduce una distinción entre la percepción como punto de partida del razonamiento y las cadenas inferenciales que se construyen a partir de ella, y se analiza dónde debe ubicarse el escrutinio epistémico y sus limitaciones.</p>
<p><a href="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/105-Mousist-ven_lo_missmo_expertos_y_novatos.pdf"><strong>Descarga el artículo completo aquí</strong></a></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>[COLUMNA] Seguridad y Estado de Derecho: eficiencia y garantías en la balanza, por Rafael Blanco y Gonzalo García</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/columna-seguridad-y-estado-de-derecho-eficiencia-y-garantias-en-la-balanza-por-rafael-blanco-y-gonzalo-garcia/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 21 Aug 2026 15:23:55 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
		<category><![CDATA[Rafael Blanco]]></category>
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					<description><![CDATA[Publicada en El País Chile La seguridad pública demanda importantes esfuerzos públicos y privados, que se traducen en revisión de reglas, instituciones, modelos de gestión, y estrategias de prevención y [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://elpais.com/chile/2026-08-21/seguridad-y-estado-de-derecho-eficiencia-y-garantias-en-la-balanza.html?outputType=amp">Publicada en El País Chile</a></p>
<p>La seguridad pública demanda importantes esfuerzos públicos y privados, que se traducen en revisión de reglas, instituciones, modelos de gestión, y estrategias de prevención y persecución criminal. Durante la Administración del Presidente Boric se impulsaron cambios al Ministerio Público que generaron la Fiscalía Supraterritorial para investigar delitos vinculados al crimen organizado. Al mismo tiempo, se incorporaron dispositivos relevantes como el uso de informantes, agentes encubiertos y cooperadores eficaces, y se hicieron inversiones en la policía preventiva. A su turno, el Gobierno del Presidente Kast ha anunciado una batería de propuestas en materia de seguridad que recogen iniciativas parlamentarias y propuestas propias del Ejecutivo.</p>
<p>Sin perjuicio de la elogiable proactividad de los poderes ejecutivos y legislativo, deben establecerse límites y resguardos para que las nuevas reglas no se transformen en focos de vulneraciones de garantías, o abusos de poder.</p>
<p>La reforma constitucional, que genera un nuevo estado de excepción vinculado a situaciones de inseguridad ciudadana, representa una decisión peligrosa y desaconsejable por varias razones.</p>
<p>En primer lugar, la Constitución ya establece reglas vinculadas a las exigencias de seguridad pública, entre las que sobresalen el artículo 1 inciso quinto, el artículo 6, el artículo 9, artículo 19 numeral 7, y las normas que regulan al Ministerio Público, a las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad y al Consejo de Seguridad Nacional.</p>
<p>En segundo lugar, los mecanismos, instituciones y reglas asociadas a la seguridad pública se encuadran en un sistema de pesos y contrapesos fundamentales para evitar abusos o vulneraciones de derechos. De este modo, el Gobierno de turno no controla al Ministerio Público, órgano autónomo que dirige las investigaciones criminales. A su tuno, las peticiones de la Fiscalía son controladas por los jueces, quienes dan las autorizaciones para interceptar comunicaciones, ordenar detenciones, levantar el secreto bancario, o decidir el uso de la prisión preventiva. En otra dimensión, las policías poseen facultades autónomas que se traduce en controles de identidad investigativos y preventivos, facultades de detención, pero que luego son controladas por la Fiscalía y los tribunales.</p>
<p>Existe un delicado y justificado entramado de pesos y contrapesos que permiten evitar la concentración excesiva de poder con la finalidad de asegurar un equilibrio razonable entre eficacia persecutoria y respeto a las garantías. Ello es una característica de los modelos más robustos y, eficientes como lo colocan de manifiesto las experiencias de Alemania, Portugal, Italia, e Inglaterra, entre otros.</p>
<p>En el otro extremo, las experiencias de concentración de poderes excesivos en manos del Poder Ejecutivo y en la policía, sin contrapesos del Poder Legislativo, Poder Judicial, o del Ministerio Público, esconden problemas relevantes. La reforma que propone el Gobierno evidencia estos problemas. En efecto, la posibilidad de afectar derechos y garantías, como las comunicaciones, el derecho a reunión o desplazamiento de modo unilateral por el Gobierno de turno, representa un riesgo que en las experiencias comparadas suelen limitarse a casos de terrorismo. Soluciones más amplias que se extienden a un conjunto de ilícitos menos precisos como aquellos asociados a la expresión crimen organizado genera un margen amplio para limitar derechos.</p>
<p>Estas preocupaciones no nacen de meras especulaciones académicas, son precisamente el tipo de instrumentos que, usualmente se emplean en países como, El Salvador, Venezuela, Nicaragua, Cuba o países de la Europa del Este, para perseguir a opositores políticos, organismos de la sociedad civil, y periodistas. Las democracias liberales deben desconfiar de la existencia de poderes discrecionales que se sustraen a efectivos arreglos institucionales de pesos y contra pesos. Que contingentemente esos poderes puedan usarse con propósitos encomiables, en nada asegura que en el futuro se ejerzan con la finalidad de erosionar el entramado de libertades inherentes a la democracia liberal.</p>
<p>Una tercera cuestión que merece observación dice relación con el uso más extendido de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública. Estas fuerzas carecen de entrenamiento adecuado para actuar en contextos urbanos cotidianos, ello es una razón para que el Parlamento haya aprobado roles acotados en materia de seguridad ciudadana. Si la actual organización, recursos, perfiles, dotación, y apoyo tecnológico de las policías preventivas e investigativa no son suficientes, la tarea urgente consiste en mejorar tales condiciones o crear organismos policiales especiales y mejor entrenados para enfrentar al crimen de mayor complejidad. El uso de las Fuerzas Armadas, supone otros riesgos como la judicialización de casos en los que se ven involucrados los estamentos militares en sus tareas de orden público, y el reclutamiento de activos militares por parte de los grupos criminales, tal como ha ocurrido en diversos países de Centroamérica. A diferencia de lo que sucede con el terrorismo, el crimen organizado no está empeñado en difundir y promover sus acciones en el espacio público. Ello explica por qué, en casos como el italiano, la presencia de las Fuerzas Armadas en la custodia de lugares críticos del espacio público, está asociado a una amenaza terrorista de características muy particulares, y no a la intervención en el resguardo de la seguridad pública y el combate al crimen organizado.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Académica UAH Lorena Espinosa expone sobre derecho de acceso a la justicia en Talca</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/academica-uah-lorena-espinosa-expone-sobre-derecho-de-acceso-a-la-justicia-en-talca/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 20 Aug 2026 13:07:24 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80709</guid>

					<description><![CDATA[El 13 y 14 de agosto, la académica de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Lorena Espinosa, participó en el VIII Foro Anual de la Red Chilena [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El 13 y 14 de agosto, la académica de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Lorena Espinosa, participó en el <strong>VIII Foro Anual de la Red Chilena de Investigadores en Derecho Procesal</strong>, que llevó por título <strong>“Repensar el proceso: principios procesales y función jurisdiccional en transformación”</strong>.</p>
<p><img decoding="async" class="aligncenter wp-image-80710 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/lorena-espinosa-seminario-talca-2.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>El encuentro se realizó en la Universidad Católica del Maule, en Talca, y fue un espacio de reflexión crítica, diálogo y proyección del derecho procesal frente a las nuevas exigencias de acceso a la justicia y transformación del sistema jurisdiccional.</p>
<p>La profesora Espinosa fue parte de la mesa “Acceso a la justicia y tutela jurisdiccional efectiva” y presentó la ponencia <em><strong>“¿De qué realmente hablamos cuando hablamos del derecho de acceso a la justicia? Un análisis hohfeldiano”</strong></em>.</p>
<p>A partir de la pregunta que le dio el nombre a la presentación, la académica reflexionó sobre un problema de larga data, pero no resuelto: que el acceso a la justicia no está garantizado por igual para todas las personas.<br />
La investigación de Espinosa sostiene que, al menos en parte, este problema persiste porque no se ha abordado una de sus raíces: el propio concepto de acceso a la justicia, que presenta dos problemas distintos.</p>
<p><img decoding="async" class="aligncenter wp-image-80711 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/lorena-espinosa-seminario-talca-1.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>“El primero es de carácter estructural y se refiere a su naturaleza normativa: no está suficientemente claro qué se entiende por ‘acceso a la justicia’, ya que bajo una misma expresión se agrupan posiciones jurídicas distintas. El segundo es de carácter sustantivo y se refiere a su contenido: se trata de una concepción incompleta, pues, en gran medida, restringe el acceso a la justicia al proceso judicial adversarial y se basa en un enfoque abstracto que invisibiliza las diferencias entre las personas”, aseguró.</p>
<p>La ponencia abordó el primero de estos problemas y, utilizando a Wesley Hohfeld, constata que, bajo una misma expresión —y otras afines como “derecho a la acción” o “tutela judicial efectiva”— se encuentran implícitas ideas estructuralmente distintas: un derecho subjetivo en sentido estricto y un conjunto de libertades, potestades e inmunidades. Se argumentó, además, que abordar un problema práctico, depurando su marco conceptual, contribuye a clarificar y precisar lo que puede exigírsele al Estado en términos concretos y lo que resulta pensable a nivel procesal y de política pública en la materia.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Enrique Rajevic integrará la Comisión Asesora Ministerial para la Modernización del Empleo Público</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/enrique-rajevic-integrara-la-comision-asesora-ministerial-para-la-modernizacion-del-empleo-publico/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 19 Aug 2026 15:01:57 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
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					<description><![CDATA[Este lunes, el experto en Derecho Administrativo y académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Enrique Rajevic, fue nombrado integrante de la Comisión Asesora Ministerial para [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Este lunes, el experto en Derecho Administrativo y académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Enrique Rajevic, <a href="https://mediastation.simbiu.es/Files/Index/1/139219864/PressRecorte?idNoticia=564541385&amp;medio=EL%20MERCURIO%20(B)%20-%20CHILE&amp;trackingToken=eyJhbGciOiJIUzI1NiIsInR5cCI6IkpXVCJ9.eyJpZFVzZXIiOiI5NjUzIiwiaWRDb3Jwb3JhdGUiOiI0OTgxIn0.tBZTy_dUkO1ZJMfgJRsCMwUkjQOHgXDZaYqpH2Ezjkw">fue nombrado integrante de la Comisión Asesora Ministerial para la Modernización del Empleo Público</a> convocada por el Ministerio de Hacienda.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80718 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/Enrique-Rajevic-Derecho-UAH.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>El objetivo de esta instancia es generar propuestas técnicas que contribuyan a avanzar hacia un Estado más moderno y una gestión del empleo público acorde con los desafíos actuales del país.</p>
<p>La comisión está compuesta por 12 especialistas del ámbito público, académico, empresarial y sociedad civil, con experiencia en gestión del Estado, políticas públicas, derecho administrativo, economía, transparencia, modernización institucional y gestión de personas:</p>
<ol>
<li><strong>Matías Acevedo Ferrer,</strong> exdirector de Presupuestos y especialista en reformas al empleo público</li>
<li><strong>Heidi Berner Herrera,</strong> exsubsecretaria de Hacienda y excoordinadora de Modernización del Estado</li>
<li><strong>Fernando Claro Valdés,</strong> director ejecutivo de la Fundación para el Progreso</li>
<li><strong>Francisca Díaz Del Río,</strong> ejecutiva con más de dos décadas de experiencia en el sector privado</li>
<li><strong>María Jaraquemada Hererra,</strong> especialista en transparencia, integridad pública y anticorrupción</li>
<li><strong>Macarena Lobos Palacios,</strong> exministra y exsubsecretaria del Ministerio Secretaría General de la Presidencia</li>
<li><strong>Ramiro Mendoza Zúñiga,</strong> excontralor general de la República</li>
<li><strong>Enrique Rajevic Mosler,</strong> académico especializado en derecho administrativo y empleo público</li>
<li><strong>Jorge Rodríguez Cabello,</strong> expresidente del Consejo Fiscal Autónomo</li>
<li><strong>Ernesto Silva Méndez,</strong> prorrector de la Universidad del Desarrollo</li>
<li><strong>Cristina Torres Delgado,</strong> exdirectora de Presupuestos y especialista en diseño organizacional del Estado y condiciones laborales del sector público</li>
<li><strong>María Francisca Yáñez Castillo,</strong> ingeniera civil industrial y especialista en modelos econométricos e inteligencia artificial</li>
</ol>
<p>El Presidente José Antonio Kast enfatizó que la reforma que se propondrá “se hará con los funcionarios públicos escuchando a las distintas asociaciones gremiales que hoy día conforman parte del Estado. La mayor es la ANEF, con quien he tenido la posibilidad de reunirme y, también, han tenido posibilidad de reunirse los distintos ministros y subsecretarios. También es con los legisladores, porque estamos pensando en el bienestar de nuestra patria, no en el resultado político de uno u otro sector. Tiene que ser con todos porque a nadie lo queremos sorprender. Lo hemos señalado, la idea no es que la comisión sesione a puertas cerradas y que emita un informe final, sino que vaya recibiendo los aportes de distintos funcionarios, distintas asociaciones. También una conversación amplia con los legisladores”.</p>
<h2>Resguardar la profesionalización del empleo público</h2>
<p>El académico UAH ha participado en el debate sobre la reforma al sistema público en diversos medios de comunicación. Luego de que el ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, anunciara que se reformaría el estatuto administrativo, Enrique Rejevic dijo en el <a href="https://mediastation.simbiu.es/Files/Index/1/139096418/PressRecorte?idNoticia=552694647&amp;medio=DIARIO%20FINANCIERO%20-%20CHILE&amp;trackingToken=eyJhbGciOiJIUzI1NiIsInR5cCI6IkpXVCJ9.eyJpZFVzZXIiOiI5NjUzIiwiaWRDb3Jwb3JhdGUiOiI0OTgxIn0.tBZTy_dUkO1ZJMfgJRsCMwUkjQOHgXDZaYqpH2Ezjkw">Diario Financiero</a> que “el elemento central es que el régimen, que en teoría sería el que corresponde al empleo público, no se ha respetado, y eso genera incertidumbre”.</p>
<p>En esta línea, explicó que originalmente estaba establecido que podía haber hasta un 20% de empleo a contrata, modalidad que sería solamente por un año. Sin embargo, de acuerdo con sus cifras, el 58% del empleo total es a contrata y el que está bajo el régimen de carrera roza el 22%.</p>
<p>Otro punto importante que mencionó son los contratos a honorarios, o denominados “falsos honorarios”, de personas que están trabajando bajo subordinación y dependencia, además de un porcentaje de funcionarios al amparo del Código del Trabajo. Una problemática que también abarca al sistema de Alta Dirección Pública (ADP), dijo, que se ve usado como un cargo de confianza, en vez de uno de carrera.</p>
<p>“Si queremos construir una administración pública profesional, hay que deslindar mejor cuál es el espacio de la confianza y cuál es el espacio del mérito”, aseguró.</p>
<p>En <a href="https://www.elmostrador.cl/noticias/pais/2026/08/12/estatuto-administrativo-la-nueva-batalla-de-quiroz-para-terminar-con-la-rigidez-del-empleo-publico/">El Mostrador</a>, Rajevic enfatizó que “es urgente una clarificación legislativa para saber a qué atenerse y para resguardar la profesionalización del empleo público, reconociendo un conjunto acotado de cargos de exclusiva confianza”.</p>
<p>Y añadió: “debieran revisarse los sistemas de calificaciones, que actualmente no aportan valor a la gestión pública, los procedimientos disciplinarios, lentos e ineficaces. Además del reconocimiento y regulación de los derechos colectivos de los funcionarios públicos, de una manera acorde a las mejores prácticas comparadas y que evite el divorcio entre la legislación que los niega y la realidad que evidencia su existencia”.</p>
<p>Adicionalmente, en una <a href="https://mediastation.simbiu.es/Files/Index/1/139187675/PressRecorte?idNoticia=561283066&amp;medio=LA%20TERCERA%20-%20CHILE&amp;trackingToken=eyJhbGciOiJIUzI1NiIsInR5cCI6IkpXVCJ9.eyJpZFVzZXIiOiI5NjUzIiwiaWRDb3Jwb3JhdGUiOiI0OTgxIn0.tBZTy_dUkO1ZJMfgJRsCMwUkjQOHgXDZaYqpH2Ezjkw">carta al director de La Tercera</a>, aseguró que “la crisis del empleo público en Chile es evidente”.</p>
<p>“Avanzar en estas materias exige abordarlas como un tema de Estado, lo que supone escuchar a todos los actores involucrados, incluyendo al funcionariado”, concluyó.</p>
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		<title>Victoria Martínez publica artículo que analiza cómo el tratamiento constitucional de la familia impacta en los derechos de mujeres, niños y niñas</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/victoria-martinez-publica-articulo-que-analiza-como-el-tratamiento-constitucional-de-la-familia-impacta-en-los-derechos-de-mujeres-ninos-y-ninas/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 19 Aug 2026 13:04:33 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Investigación]]></category>
		<category><![CDATA[Victoria Martínez]]></category>
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					<description><![CDATA[La académica de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Victoria Martínez, junto a la académica de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad Tecnológica Metropolitana, María [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La académica de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Victoria Martínez, junto a la académica de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad Tecnológica Metropolitana, María José Jara, publicaron el artículo <em><strong>“Familias y Constitución: influencias mutuas en cuidados e infancia»</strong></em>, en la <a href="http://revistas.uach.cl/index.php/revider/index">Revista De Derecho (Valdivia)</a>, (Vol. 39, pp. 133–154), editada por Universidad Austral de Chile, con categoría Scopus Q2.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80703 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/victoria-martinez-investigacion.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p><a href="http://revistas.uach.cl/index.php/revider/article/view/8191">En este artículo</a>, las autoras proponen una revisión crítica de algunas sentencias del Tribunal Constitucional para demostrar cómo el tratamiento constitucional de la familia impacta en los derechos de mujeres, niños y niñas.</p>
<p>Esto, considerando que en Chile la distribución de las responsabilidades de cuidado y la posición de la infancia están estrechamente vinculados, ya que el modelo liberal de familia subordina los derechos de niños y niñas al espacio privado y perpetúa una distribución desigual de roles de cuidado en perjuicio de las mujeres.</p>
<p><a href="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/Vista-de-Familias-y-Constitucion_-influencias-mutuas-en-cuidados-e-infancia.pdf"><strong>Descarga el artículo completo aquí</strong></a></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
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		<title>[COLUMNA] Test de solidaridad, por Miriam Henríquez</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/columna-test-de-solidaridad-por-miriam-henriquez/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 18 Aug 2026 13:49:21 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Miriam Henríquez]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
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					<description><![CDATA[Publicada en La Tercera Hoy se celebra el Día de la Solidaridad, creado en memoria de san Alberto Hurtado. Este es un día propicio para preguntarnos cómo distribuimos riesgos, cargas [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://mediastation.simbiu.es/Files/Index/1/139218434/PressRecorte?idNoticia=564480421&amp;medio=LA%20TERCERA%20-%20CHILE&amp;trackingToken=eyJhbGciOiJIUzI1NiIsInR5cCI6IkpXVCJ9.eyJpZFVzZXIiOiI5NjUzIiwiaWRDb3Jwb3JhdGUiOiI0OTgxIn0.tBZTy_dUkO1ZJMfgJRsCMwUkjQOHgXDZaYqpH2Ezjkw">Publicada en La Tercera</a></p>
<p>Hoy se celebra el Día de la Solidaridad, creado en memoria de san Alberto Hurtado. Este es un día propicio para preguntarnos cómo distribuimos riesgos, cargas y oportunidades dentro de una comunidad; y qué corresponde exigir a cada persona y qué situaciones decidimos enfrentar colectivamente. Estas preguntas adquieren especial sentido frente a la intensa agenda legislativa y constitucional impulsada y priorizada por el actual gobierno. En un día como hoy, estas propuestas invitan a ensayar un test de solidaridad.</p>
<p>En todo caso, examinar estos proyectos de cambio desde la solidaridad no significa preguntar si sus propuestas son de izquierda o de derecha. Tampoco supone identificar solidaridad con expansión del Estado, ni considerar insolidaria toda apelación al mérito y la responsabilidad personal. Un test de solidaridad es más exigente y obliga a cuestionarse cómo el legislador o el constituyente distribuyen cargas y beneficios, y hasta dónde esas decisiones respetan la igualdad, los derechos y la proporcionalidad.</p>
<p>La reforma al Sistema de Admisión Escolar permite un primer ejercicio. La propuesta busca disminuir el peso del azar y reconocer en mayor medida el mérito. Esto no es contrario a la solidaridad. Tampoco lo es reservar cupos para estudiantes prioritarios y con necesidades educativas especiales. La dificultad aparece cuando el mérito y el rendimiento se transforman en criterios de prioridad entre estudiantes cuyos puntos de partida son profundamente desiguales.</p>
<p>La recientemente anunciada reforma constitucional sobre seguridad también permite realizar el test. Son frecuentemente las comunidades con menos recursos las que soportan más intensamente la delincuencia. Protegerlas constituye una obligación estatal. La dificultad estaría en los instrumentos propuestos para garantizarla, por ejemplo, nuevas facultades excepcionales del gobierno, intervención en territorios y participación de las Fuerzas Armadas. A su vez, la solidaridad con las víctimas de la delincuencia no autoriza a transformar a otras personas en sujetos desprovistos de derechos. Un Estado constitucional puede ser eficaz frente al crimen sin prescindir de los derechos ni convertir la excepcionalidad en normalidad.</p>
<p>La agenda migratoria priorizada por el gobierno plantea quizás la prueba más difícil. Controlar las fronteras, establecer condiciones de ingreso y hacer cumplir las reglas migratorias son potestades legítimas del Estado. El problema surge cuando la irregularidad migratoria determina restricciones de derechos fundamentales y prestaciones esenciales, o cuando se plantea criminalizar el ingreso clandestino. El incumplimiento puede justificar consecuencias jurídicas, pero su intensidad debe ser compatible con los derechos, la vulnerabilidad de las personas y ser proporcional a la falta.</p>
<p>El test de solidaridad no consiste, entonces, solo en preguntarnos cuánto ayudamos al que cae. Obliga también a cuestionarnos qué tan lejos permitimos que alguien caiga en nombre del mérito, la seguridad, el crecimiento o el cumplimiento de las reglas.</p>
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		<title>[Carta al director] Reforma al empleo público, por Enrique Rajevic</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/carta-al-director-reforma-al-empleo-publico-por-enrique-rajevic/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 17 Aug 2026 14:32:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Enrique Rajevic]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
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					<description><![CDATA[Publicada en La Tercera SEÑOR DIRECTOR: La crisis del empleo público en Chile es evidente. Las plantas y la carrera administrativa han caído en la inaplicación, representando apenas algo más [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://mediastation.simbiu.es/Files/Index/1/139187675/PressRecorte?idNoticia=561283066&amp;medio=LA%20TERCERA%20-%20CHILE&amp;trackingToken=eyJhbGciOiJIUzI1NiIsInR5cCI6IkpXVCJ9.eyJpZFVzZXIiOiI5NjUzIiwiaWRDb3Jwb3JhdGUiOiI0OTgxIn0.tBZTy_dUkO1ZJMfgJRsCMwUkjQOHgXDZaYqpH2Ezjkw">Publicada en La Tercera</a></p>
<p>SEÑOR DIRECTOR: La crisis del empleo público en Chile es evidente. Las plantas y la carrera administrativa han caído en la inaplicación, representando apenas algo más del 20% del empleo del Gobierno Central. El resto corresponde a la contrata (casi 55%), honorarios (algunos años en un porcentaje muy significativo) y personal bajo el Código del Trabajo.</p>
<p>Esto es grave, porque contrata y honorarios son sistemas de empleo «desvirtuados» que no garantizan (tampoco el C. del Trabajo) un ingreso, desarrollo y término de la relación de trabajo basada en el mérito y el desempeño, como debería ocurrir en una Administración Pública profesional diferenciada del gobierno. Mientras que el personal administrativo está sujeto a reglas en la línea recién señalada, los cargos de gobierno responden a la confianza de quienes fueron elegidos democráticamente. Esta distinción virtuosa, desvirtuada entre nosotros, debe construirse para resguardar la integridad, continuidad y competencia en la implementación de políticas públicas, así como vínculos de empleo digno.</p>
<p>A lo anterior se añaden más problemas, como los sistemas de calificaciones, los procedimientos disciplinarios, los derechos colectivos o la inestabilidad de la Alta Dirección Pública. Avanzar en estas materias exige abordarlas como un tema de Estado, lo que supone escuchar a todos los actores involucrados, incluyendo al funcionariado.</p>
<p>Formar una comisión transversal, como anunció el gobierno, parece un camino apropiado para identificar fórmulas, consensos y disensos que ayuden a proyectar reglas futuras coherentes y justas para favorecer una buena gestión pública, considerando tanto a quienes trabajan en la Administración Pública como a quienes son atendidos por ella. Ojalá así ocurra.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Candidata a doctora UAH presentará ponencia sobre infancia y derechos digitales en congreso mundial en Portugal</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/candidata-doctora-uah-presentara-ponencia-infancia-derechos-digitales-portugal/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 15 Aug 2026 19:32:38 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Doctorado]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
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					<description><![CDATA[La candidata a doctora en Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Valentina Silva Berríos, participará en el XI Congreso Mundial sobre la Infancia y la Juventud, que se realizará en [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La candidata a doctora en Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Valentina Silva Berríos, participará en el XI Congreso Mundial sobre la Infancia y la Juventud, que se realizará en noviembre en Oporto, Portugal. En el encuentro presentará una ponencia sobre el sharenting y sus implicancias para el derecho a la propia imagen de niños, niñas y adolescentes (NNA). Su participación se suma a la selección de trabajos en otros dos encuentros académicos internacionales.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80706 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/valentina-silva-portugal.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>Organizado por la Asociación para la Defensa de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia (ADDIA), el congreso reunirá a investigadores, académicos y especialistas para abordar los desafíos contemporáneos relacionados con la protección y promoción de los derechos de niños, niñas y adolescentes.</p>
<p>En su presentación, Silva abordará los riesgos que enfrentan los NNA en los entornos digitales, particularmente a partir del fenómeno conocido como sharenting, concepto que hace referencia a la práctica de madres, padres y personas cuidadoras de compartir fotografías, videos e información sobre niños y niñas a través de plataformas digitales.</p>
<p>Desde una perspectiva jurídica, la ponencia analizará las implicancias de estas prácticas para el derecho a la propia imagen de niños, niñas y adolescentes, en un contexto marcado por la creciente exposición de información personal en redes sociales y otros espacios digitales.</p>
<p>Esta temática constituye, además, una nueva línea de interés en la trayectoria académica de la candidata a doctora. Actualmente, en el último semestre de su formación doctoral, Silva ha comenzado a explorar nuevos ámbitos de investigación con miras a proyectar su carrera académica una vez finalizado el programa.</p>
<p>“Si bien este tema excede los límites de mi investigación doctoral, esto responde a que estoy en el último semestre de mi doctorado y me encuentro en el proceso de proyectar mi carrera hacia nuevos horizontes investigativos”, explica.</p>
<p>Su participación en Portugal se suma a la selección de trabajos en otros dos encuentros internacionales: el VIII Congreso Mundial con la Infancia y Adolescencia y el Convegno Annuale dell’Associazione di Studi su Diritto e Società. En este último también fueron seleccionadas sus compañeras del Doctorado en Derecho UAH Nathalie Mousist y Alessia Baghino.</p>
<p>La participación de Valentina Silva en estos encuentros internacionales refleja la proyección de su trayectoria investigativa hacia nuevos ámbitos de discusión académica y, particularmente, hacia los desafíos que plantean los entornos digitales para la protección y el ejercicio de los derechos de niños, niñas y adolescentes.</p>
<p>Fuente: <a href="https://www.uahurtado.cl/extension/noticias-universitarias/doctoranda-uah-presentara-ponencia-sobre-infancia-y-derechos-digitales-en-congreso-mundial-en-portugal/">uahurtado.cl</a></p>
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			</item>
		<item>
		<title>“Memorias del sur”: Investigadores de Derecho UAH se adjudican fondo uruguayo de investigación</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/memorias-del-sur-investigadores-de-derecho-uah-se-adjudican-fondo-uruguayo-de-investigacion/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 14 Aug 2026 17:51:11 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[hugo rojas]]></category>
		<category><![CDATA[Investigación]]></category>
		<category><![CDATA[pablo seguel]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80683</guid>

					<description><![CDATA[La iniciativa utiliza herramientas de computación avanzada para unificar y analizar archivos de las dictaduras en Uruguay y el Cono Sur. La Agencia Nacional de Investigación e Innovación (ANII) del [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>La iniciativa utiliza herramientas de computación avanzada para unificar y analizar archivos de las dictaduras en Uruguay y el Cono Sur.</strong></p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80684 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/UCU-hugo-pablo.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>La Agencia Nacional de Investigación e Innovación (ANII) del Uruguay seleccionó a la plataforma interdisciplinaria <strong>«Memorias del Sur»</strong> como uno de los proyectos de excelencia académica que recibirán financiamiento por cinco años gracias al <a href="https://anii.org.uy/apoyos/investigacion/528/fondo-ida-holz/">Fondo Ida Holz</a><strong>,</strong> proyecto en el que participan los investigadores de la <strong>Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Hugo Rojas y Pablo Seguel.</strong></p>
<p>En un paso significativo para la investigación histórica y la justicia transicional en la región, el proyecto <strong>“Memorias del Sur: Plataforma de investigación interdisciplinaria sobre los archivos del pasado reciente en Uruguay y el Cono Sur”</strong> consolida las investigaciones que <a href="https://nuestramemoria.ing.uc.cl/">NuestramemorIA</a> ha estado realizando en Chile junto a equipos similares en Uruguay y Argentina. Esta línea de financiamiento de la ANII está dirigida exclusivamente a proyectos de excelencia académica.</p>
<h3>Una infraestructura digital con soberanía tecnológica</h3>
<p>El proyecto consiste en el diseño e implementación de una infraestructura digital integrada que articulará un repositorio regional de colecciones documentales producidas por organismos represivos durante las dictaduras del siglo XX. Esta plataforma se distingue por el uso de herramientas de inteligencia documental de vanguardia, tales como Procesamiento de Lenguaje Natural (PLN), grafos de conocimiento y sistemas de consulta basados en arquitecturas GraphRAG.</p>
<p>Un pilar estratégico de la propuesta es la soberanía tecnológica: todos los algoritmos y motores de inferencia se desarrollarán y procesarán de forma local, garantizando la confidencialidad y seguridad de datos extremadamente sensibles sobre violaciones a los derechos humanos.</p>
<h3>Interdisciplina e impacto social</h3>
<p>“Memorias del Sur” es una propuesta interdisciplinaria y transnacional que agrupa capacidades de la Universidad de la República (Udelar, Uruguay) a través de sus facultades de Ingeniería, Humanidades, Ciencias Sociales e Información y Comunicación, en colaboración con la Universidad Alberto Hurtado, la Universidad Católica del Uruguay, la Pontificia Universidad Católica de Chile y una red internacional de instituciones en Chile, Argentina y México.</p>
<p>El equipo está liderado por los investigadores <strong>Gregory Randall</strong> (Facultad de Ingeniería Udelar) y <strong>Aldo Marchesi</strong> (Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación Udelar). En calidad de coinvestigadores participan los investigadores <strong>Hugo Rojas</strong> y <strong>Pablo Seguel</strong> (Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado), entre otros académicos argentinos, chilenos y uruguayos.</p>
<p>El proyecto, además, tiene un impacto social directo, ya que busca:</p>
<ul>
<li>Potenciar la búsqueda de personas desaparecidas mediante el cruce sistemático de información hoy dispersa.</li>
<li>Aportar evidencia robusta para procesos de justicia transicional.</li>
<li>Apoyar la preservación de la memoria colectiva y el trabajo de los sitios de memoria.</li>
</ul>
<h3>Sostenibilidad y acceso abierto</h3>
<p>La plataforma quedará alojada en el <strong>Repositorio Luisa Cuesta</strong>, un espacio consolidado de la Udelar, lo que garantiza su sostenibilidad a largo plazo y el acceso público abierto bajo estrictos protocolos de ética y protección de datos.</p>
<p>Con la adjudicación del <strong>Fondo Ida Holz</strong>, el equipo de “Memorias del Sur” se posiciona como un referente mundial en la <strong>aplicación de Inteligencia Artificial con sentido ético e histórico</strong>, transformando archivos de papel en infraestructuras dinámicas de datos para el descubrimiento de patrones de represión transnacional que antes eran inabarcables para el análisis humano.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Convocatoria XIV Concurso CPI: Simulación judicial ante la Corte Penal Internacional de La Haya (2027)</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/convocatorias/convocatoria-concurso-cpi-simulacion-judicial-corte-penal-internacional-la-haya-2027/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 13 Aug 2026 20:11:54 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Convocatorias]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80676</guid>

					<description><![CDATA[El “Concurso CPI: Simulación Judicial ante la Corte Penal Internacional” es organizado por el Instituto Iberoamericano de La Haya para la Paz, los Derechos Humanos y la Justicia Internacional, con [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El <strong>“Concurso CPI: Simulación Judicial ante la Corte Penal Internacional”</strong> es organizado por el <em>Instituto Iberoamericano de La Haya para la Paz, los Derechos Humanos y la Justicia Internacional</em>, con el apoyo institucional de la <em>Corte Penal Internacional</em> y la <em>Universidad de La Haya para las Ciencias Aplicadas</em>.</p>
<p>El Concurso consiste en la preparación y posterior litigación de un caso ficticio que versa sobre crímenes previstos en el Estatuto de Roma, y se encuentra abierto a Universidades, Institutos y Centros de Investigación que presenten equipos cuya lengua de trabajo sea el español.</p>
<p>El <strong>Programa de Derecho Penal Internacional de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado</strong> suministra al estudiante con vocación en dicha área, que quiera formar parte del equipo de la Universidad, una preparación integral para desempeñarse de manera adecuada en dicho Concurso a realizarse en La Haya (Países Bajos) durante la primera semana de junio de 2027.</p>
<h4><strong>FASES DEL CONCURSO</strong></h4>
<p>El “Concurso CPI: Simulación Judicial ante la Corte Penal Internacional” se divide en dos fases:</p>
<ol>
<li><strong>Primera fase:</strong> Entrega de tres memorias escritas que planteen el caso desde la perspectiva de la Fiscalía, Defensa y Representante de las Víctimas (abril 2027).</li>
<li><strong>Segunda fase:</strong> Simulación de audiencias ante un jurado compuesto por destacados académicos y jueces de la Corte Penal Internacional, realizadas en dependencias de la <em>Corte Penal Internacional</em> y <em>Universidad de La Haya para las Ciencias Aplicadas</em> (junio 2027).</li>
</ol>
<h4><strong>REQUISITOS</strong></h4>
<p><strong> </strong>Los/as estudiantes de la Facultad de Derecho UAH que quieran postular al proceso de selección del equipo que representará a la Universidad Alberto Hurtado deberán cumplir con los siguientes cuatro requisitos:</p>
<ul>
<li>Ser alumno/a regular de la carrera, de séptimo semestre o superior, no mayor de 30 años de edad.</li>
<li>Promedio acumulado igual o superior a nota 5,0.</li>
<li>Haber aprobado los cursos de Derecho Penal I, Derecho Penal II y, al menos, estar cursando Derecho Penal</li>
<li>Currículum</li>
<li>Se valorará positivamente el manejo instrumental de los idiomas inglés o francés.</li>
</ul>
<p>El envío de los antecedentes se hará al correo electrónico <a href="mailto:mvaldivi@uahurtado.cl">mvaldivi@uahurtado.cl</a> con copia a <a href="mailto:gabrielperezibacache@gmail.com">gabrielperezibacache@gmail.com</a> y <a href="mailto:jmodolell@uahurtado.cl">jmodolell@uahurtado.cl</a>, debiendo mencionarse expresamente los requisitos antes señalados.</p>
<p><strong>El cierre de las postulaciones será el día viernes 21 de agosto de 2026</strong>.</p>
<h4><strong>PROCESO DE SELECCIÓN</strong><strong style="font-size: 14px;"> </strong></h4>
<p>Las/os postulantes deberán contestar una prueba escrita sobre el siguiente artículo del profesor Kai Ambos: “<a href="https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=5842037"><em>Caso «Rwabukombe»</em></a><em>: interpretación del Tribunal Supremo Federal alemán de la (co)autoría y la intención de destruir en el genocidio</em>” (<a href="https://dialnet.unirioja.es/servlet/revista?codigo=1251">Revista Penal</a>, ISSN 1138-9168, <a href="https://dialnet.unirioja.es/ejemplar/452072">Nº 39, 2017</a>, págs. 5-15). Esta prueba presencial será el día <strong>lunes 24 de agosto de 2026 a las 15:00 horas</strong>.</p>
<p>Adicionalmente, las/os postulantes deberán participar en una audiencia presencial en la Universidad el día <strong>martes 25 de agosto de 2026 a las 15:00 horas</strong>. Los/as aspirantes expondrán algún punto que consideren relevante del citado artículo del profesor Kai Ambos. La exposición no podrá sobrepasar los diez minutos de duración.</p>
<p>El/la estudiante que demuestre aptitud para la investigación, así como destrezas argumentativas y expositivas, será seleccionado/a como integrante del equipo de la Universidad Alberto Hurtado en la XIII Edición del “Concurso CPI: Simulación Judicial ante la Corte Penal Internacional”.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>[ACTUALIZACIÓN] Horarios 2° Semestre 2026</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/horarios-2-semestre-2026/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 12 Aug 2026 12:20:15 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80626</guid>

					<description><![CDATA[Estimadas y estimados estudiantes de Derecho UAH: Les compartimos los horarios correspondientes al 2° Semestre de 2026. HORARIOS-2DO-SEM-2026_1° AÑO (07-ago) HORARIOS-2DO-SEM-2026_2° AÑO_V2 (11-ago) HORARIOS-2DO-SEM-2026_3°AÑO_V3 (12-ago) HORARIOS-2DO-SEM-2026_4° AÑO_V2 (11-ago) HORARIOS-2DO-SEM-2026_5° AÑO_V3 (12-ago)]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Estimadas y estimados estudiantes de Derecho UAH: Les compartimos los <strong>horarios</strong> correspondientes al 2° Semestre de 2026.</p>
<p><a href="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/HORARIOS-2DO-SEM-2026_1°-ANO.pdf">HORARIOS-2DO-SEM-2026_1° AÑO (07-ago)</a></p>
<p><a href="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/HORARIOS-2DO-SEM-2026_2°-ANO_V2.pdf">HORARIOS-2DO-SEM-2026_2° AÑO_V2 (11-ago)</a></p>
<p><a href="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/HORARIOS-2DO-SEM-2026_3°ANO_V3.pdf">HORARIOS-2DO-SEM-2026_3°AÑO_V3</a> (12-ago)</p>
<p><a href="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/HORARIOS-2DO-SEM-2026_4°-ANO_V2.pdf">HORARIOS-2DO-SEM-2026_4° AÑO_V2 (11-ago)</a></p>
<p><a href="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/HORARIOS-2DO-SEM-2026_5°-ANO_V3.pdf">HORARIOS-2DO-SEM-2026_5° AÑO_V3</a> (12-ago)</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Convocatoria de ponencias: II Congreso Nacional de Doctorandas en Derecho</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/ii-congreso-nacional-de-doctorandas-en-derecho/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 11 Aug 2026 19:05:30 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Convocatorias]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80657</guid>

					<description><![CDATA[El II Congreso Nacional de Doctorandas en Derecho tiene como objetivo generar un espacio de encuentro académico para que estudiantes de Doctorado en Derecho de todo el país presenten, discutan [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El <strong>II Congreso Nacional de Doctorandas en Derecho</strong> tiene como objetivo generar un espacio de encuentro académico para que estudiantes de Doctorado en Derecho de todo el país presenten, discutan y difundan los avances de sus investigaciones en curso.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80725 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/II-congreso-doctorandas-en-derecho_V2.png" alt="" width="680" height="437" /><br />
La instancia busca fortalecer las redes de colaboración entre doctorandas, promover el intercambio interdisciplinario e intergeneracional en el ámbito jurídico, y visibilizar el trabajo investigativo de mujeres en las distintas etapas de formación doctoral, contribuyendo así al desarrollo del conocimiento jurídico nacional.</p>
<p>Pueden postular estudiantes de programas de doctorado en Derecho de universidades nacionales chilenas. Las interesadas deben enviar un resumen de su ponencia indicando título, nombre completo, universidad de origen y tema de investigación en la que se enmarca el trabajo.</p>
<p><strong>El Congreso se realizará el 12 y 13 de noviembre de 2026 en la Universidad Alberto Hurtado, y se desarrollará de manera presencial y online.</strong></p>
<h3>Reglas para la presentación de ponencias</h3>
<ol>
<li><strong>Formato del documento:</strong> Archivo Word o PDF, letra Times New Roman 12, interlineado 1,5 y extensión entre 300 y 500 palabras.</li>
<li><strong>Plazo de recepción: hasta el 12 de octubre de 2026.</strong></li>
<li><strong>Notificación de aceptación:</strong> Las autoras serán informadas sobre la evaluación de su propuesta el 30 de octubre de 2026.</li>
<li><strong>Autoría:</strong> Las ponencias deben ser de autoría individual y corresponder a investigaciones originales en desarrollo o resultados preliminares de la tesis doctoral.</li>
<li><strong>Envío de ponencias y consultas: </strong><a href="mailto:jornadasnacionalesdoctorandas@outlook.com">jornadasnacionalesdoctorandas@outlook.com</a></li>
</ol>
<h3>Organizadoras</h3>
<ul>
<li>Universidad Diego Portales (UDP)</li>
<li>Universidad Alberto Hurtado (UAH)</li>
<li>Universidad Central de Chile (UCEN)</li>
<li>Universidad de los Andes (UANDES)</li>
</ul>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Estudiante del Doctorado en Derecho UAH Bastián Moraga aprueba su examen de candidatura</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/estudiante-del-doctorado-en-derecho-uah-bastian-moraga-aprueba-su-examen-de-candidatura/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 10 Aug 2026 13:05:08 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Doctorado]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
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					<description><![CDATA[El estudiante Bastián Moraga Gáez, de la cohorte 2024 del Doctorado en Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, aprobó su examen de candidatura el pasado 20 de julio de 2026. [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El estudiante <strong>Bastián Moraga Gáez, de la cohorte 2024 del <a href="https://postgrados.uahurtado.cl/programa/doctorado-en-derecho/">Doctorado en Derecho de la Universidad Alberto Hurtado</a>,</strong> aprobó su examen de candidatura el pasado 20 de julio de 2026. Con ello alcanza la condición de candidato a doctor y avanza a la etapa de desarrollo de su tesis.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80642 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/bastian-moraga-1.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>Su proyecto, titulado <em><strong>«Configuración dogmática de la renegociación contractual como mecanismo de tutela en Chile»,</strong></em> aborda la renegociación contractual como un posible mecanismo de tutela frente a los desequilibrios sobrevenidos durante la ejecución de un contrato. A diferencia de la teoría de la imprevisión, la renegociación operaría como una fase previa, cooperativa y extrajudicial entre las partes, orientada a restablecer la conmutatividad de las prestaciones y a favorecer la conservación del vínculo contractual. La investigación se estructura en torno a tres artículos, referidos a la sistematización de los desequilibrios contractuales, la configuración dogmática de la renegociación como remedio correctivo y la eventual intervención de la justicia arbitral ante el fracaso de la negociación directa.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80643 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/bastian-moraga-2.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>La comisión examinadora estuvo integrada por la Dra. Pamela Mendoza, en calidad de profesora guía; el Dr. Rodrigo Coloma, director del programa; y las profesoras del claustro académico Dra. Nathalie Walker y Dra. Yasna Otárola. La Facultad de Derecho valora el avance de Bastián en su trayectoria doctoral y lo acompaña en la etapa de desarrollo de su investigación.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80644 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/bastian-moraga-3.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>3° workshop NuestramemorIA: Desafíos que presentan los archivos indígenas para modelos de inteligencia artificial</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/3-workshop-nuestramemoria-desafios-que-presentan-los-archivos-indigenas-para-modelos-de-inteligencia-artificial/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 07 Aug 2026 18:00:06 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[hugo rojas]]></category>
		<category><![CDATA[Investigación]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80618</guid>

					<description><![CDATA[Los archivos son la base de todos los desarrollos que hoy conocemos como inteligencia artificial: ¿Cómo tratamos estos archivos desde la computación cuando ni sus huellas ni sus registros son [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Los archivos son la base de todos los desarrollos que hoy conocemos como inteligencia artificial: ¿Cómo tratamos estos archivos desde la computación cuando ni sus huellas ni sus registros son parte de lo que conocemos como la historia oficial? Estas son algunas de las preguntas claves que fueron abordadas en el <strong>tercer workshop <a href="https://nuestramemoria.ing.uc.cl/" target="_blank" rel="noopener">NuestramemorIA</a> “Archivos indígenas e inteligencia artificial”</strong>, realizado en la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80619 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/nuestra-memoria-workshop-4.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>En la primera parte de la actividad, <strong>Domingo Mery, académico del Departamento de Ciencias de la Computación de la Pontificia Universidad Católica de Chile e investigador de NuestramemorIA</strong>, destacó el trabajo que se ha realizado en el proyecto con las colaboraciones con instituciones como Nos Buscamos, el Museo de la Memoria y los Derechos Humanos o la Fundación Documentación y Archivo de la Vicaría de la Solidaridad.</p>
<p>Entre estas colaboraciones, destacan las realizadas recientemente con Radio Cooperativa y el archivo de la Facultad de Artes de la Pontificia Universidad Católica de Chile, que han entregado material audiovisual de la época de la dictadura. Este material permite al equipo realizar entrenamientos de modelos de lenguaje local con el habla de la época, lo que posibilitará catalogar y realizar búsquedas en archivos de audio e imagen. “En este tipo de tareas, los modelos comerciales de inteligencia artificial tienen muy malos resultados”, señaló Domingo Mery. Y añade que “todas estas organizaciones han confiado en nuestra capacidad de garantizar seguridad y privacidad en el uso y manejo de sus archivos, para lo cual hemos realizado importantes inversiones en servidores que nos permiten dar estas garantías, gracias al financiamiento con el que contamos”, añadió el académico.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80620 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/nuestra-memoria-workshop-1.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<h2>¿Exhibir lo que no debemos ver?</h2>
<p>Mukurtu es una palabra que proviene del idioma aborigen australiano warumungu, y su significado es un bolso o morral que se utiliza para guardar elementos sagrados cumpliendo estrictas reglas: sólo pueden ser vistos con el permiso de los líderes de la comunidad. Este nombre fue el elegido para la plataforma digital de código abierto que presentó María Montenegro, académica del Global and International Studies en la Universidad de California &#8211; Irvine.</p>
<p>La invitada internacional de NuestramemorIA expuso sobre los desafíos del desarrollo de una archivística anticolonial digital y de protocolos culturales que permitan segmentar los accesos en torno a la pertenencia y rol en cada cultura. “Esta es una plataforma digital creada considerando las epistemologías de las comunidades indígenas, que da la posibilidad a estas comunidades de definir cuándo, cómo, y qué contenidos de sus archivos pueden ser vistos y conocidos en formato digital”.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80621 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/nuestra-memoria-workshop-3.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>La experta destacó que parte del trabajo tradicional de archivística ha involucrado el trato de objetos y archivos siendo recopilados, catalogados y registrados sin consentimiento de las comunidades a las que pertenecían, como también la atribución incorrecta y apropiación errónea de conocimientos indígenas, los que en muchos casos no fueron creados para el conocimiento o divulgación general.</p>
<p>El desafío que enfrenta Mukurtu es la traducción a entornos digitales de las normas y costumbres de las comunidades, un punto que se configura cada vez más crítico en el manejo de documentos y archivos para desarrollos de inteligencia artificial.</p>
<h2>Los archivos privados como espacios de registro, memoria y resistencia</h2>
<p>La memoria mapuche se sostiene en parte gracias a documentos vinculados a procesos históricos, de acuerdo a la presentación de Pablo Millalén, investigador postdoctoral de la Universidad de California &#8211; Los Angeles. Millalén relató en primera persona su experiencia familiar sobre el cuidado de archivos privados en el Lof Mañiuko, en la comuna de Galvarino. “Mi chuchu (abuela) me mostraba imágenes, documentos, cédulas de identidad de los que se habían ido, contratos de compraventa, de arriendos de 90 años, títulos de merced, todos documentos vinculados a procesos históricos y que construyen la memoria de la comunidad a través del nütram, la conversación profunda y experiencia compartida que se construye a través de las generaciones”.</p>
<p>Desde esta perspectiva, los archivos no constituyen simples depósitos de información, sino espacios vivos en los que se disputan interpretaciones sobre el pasado y se articulan memorias individuales y colectivas. El Tukulpanzungu es el concepto en mapudungun que se usa para expresar el traer al presente hechos e historias ocurridos en el pasado, y que permanecen alojados, principalmente, en la memoria de las familias. Esta idea existe, con algunas variantes, en diversas culturas indígenas, y la tecnología se incorpora, en este contexto, como una forma de mediación que amplía las posibilidades de preservar, organizar, relacionar y comunicar estos registros. Al mismo tiempo, los nuevos desarrollos abren nuevas interrogantes sobre cómo se construye el conocimiento histórico, vinculando el pasado con las experiencias colectivas y produciendo nuevas relaciones sociales y políticas en el presente.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80622 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/nuestra-memoria-workshop-2.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<h2>Aprendizajes transversales y desafíos interdisciplinarios</h2>
<p>La discusión del panel, dirigida por <strong>Hugo Rojas, académico de la Universidad Alberto Hurtado y de la Universidad Católica del Uruguay, además de investigador de NuestramemorIA y VioDemos</strong>, planteó una serie de desafíos desde la archivística y el manejo de documentos de comunidades indígenas hacia los desarrollos realizados con inteligencia artificial en los que trabaja NuestamemorIA. “El reto no es solo tecnológico, sino también epistemológico, ético y de gobernanza: desarrollar una IA que preserve el contexto, respete los derechos colectivos y contribuya a una gestión del patrimonio basada en la colaboración y la confianza, en lugar de la mera extracción de información”, señaló el también docente del Study Abroad Program de University of California en Chile.</p>
<p>Para <a href="https://nuestramemoria.ing.uc.cl/" target="_blank" rel="noopener">NuestramemorIA</a>, el trabajo conjunto con expertos y expertas del área de archivos indígenas confirma el desafío que estos presentan para el desarrollo de la IA: este tipo de registro contienen conocimientos contextualizados, colectivos y culturalmente situados que no pueden tratarse como datos convencionales. Esto exige modelos interdisciplinarios que integren soberanía de datos, consentimiento, protocolos culturales y participación efectiva de las comunidades, objetivos en los cuales el nuestro proyecto está trabajando conscientemente.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80623 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/nuestra-memoria-workshop-5.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>[CERRADO] Concurso ayudantes Departamento de Ciencias del Derecho / Segundo Semestre 2026</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/convocatorias/concurso-ayudantes-departamento-de-ciencias-del-derecho-segundo-semestre-2026/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 06 Aug 2026 19:31:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Convocatorias]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80611</guid>

					<description><![CDATA[Se invita a los y las estudiantes de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado a presentar sus antecedentes, de conformidad con las disposiciones del Reglamento de Ayudantes [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Se invita a los y las estudiantes de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado a presentar sus antecedentes, de conformidad con las disposiciones del Reglamento de Ayudantes vigente, para postular al cargo de ayudante alumno/a remunerado y ayudante alumno/a ad honorem en el Departamento de Ciencias del Derecho durante el segundo semestre de 2026.</p>
<h3>Funciones</h3>
<ol>
<li>Los y las ayudantes realizarán actividades de colaboración académica y de gestión, cooperando con el docente en el logro de los objetivos del programa del curso. Se entenderán por tales actividades:</li>
<li>Desarrollar labores de apoyo docente, tales como colaborar en la confección de material didáctico o en la recolección de bibliografía y jurisprudencia, realizar tutorías o ayudantías.</li>
<li>Atender y asistir a los estudiantes de la asignatura correspondiente, especialmente en la revisión de contenidos impartidos en clase por el profesor y aclaración de dudas.</li>
<li>Efectuar actividades prácticas que contribuyan al cumplimiento de los objetivos del curso, a petición del docente responsable.</li>
<li>Colaborar en la realización de otras actividades formativas de interés para la Facultad, de extensión u otra naturaleza y que sean solicitadas por el Director del Departamento.</li>
</ol>
<h3>Requisitos</h3>
<ol>
<li>Ser alumno o alumna regular o haber egresado de la carrera de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado sin que hayan transcurrido más de dos años desde la fecha de egreso</li>
<li>Haber aprobado todos los cursos obligatorios de primer y segundo año</li>
<li>Tener un promedio acumulado de notas durante la carrera superior a 5,0</li>
<li>Haber obtenido al menos promedio 5,5 en la asignatura a la cual postula como ayudante</li>
<li>No haber sido sancionado por la comisión de una falta, en conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de Conducta y Convivencia de los Estudiantes de la Universidad Alberto Hurtado, o en el Reglamento Académico del Estudiante de Pregrado.</li>
</ol>
<h3>Postulación y antecedentes</h3>
<p>Los y las estudiantes que postulen al cargo de ayudante deberán enviar sus antecedentes al director del Departamento de Ciencias del Derecho, <strong>Diego Dei Vecchi (<a href="mailto:ddei@uahurtado.cl">ddei@uahurtado.cl</a>), antes de las 23:59 horas del miércoles 12 de agosto.</strong></p>
<p>Los siguientes antecedentes deben ser enviados en un único correo electrónico, cuya referencia o asunto debe ser <strong>“Postulación ayudantía Depto. Ciencias del Derecho”</strong>:</p>
<ol>
<li>Curriculum vitae actualizado a junio de 2026.</li>
<li>Registro de notas cursadas en la carrera de Derecho.</li>
<li>Certificado de alumno regular en la carrera de Derecho.</li>
<li>Correo en el que explica el o los cursos a los que postula como ayudante (se aceptará un máximo de postulaciones a dos cursos del Departamento de Ciencias del Derecho), los motivos por los cuales considera que su postulación debiera ser seleccionada.</li>
</ol>
<h3>Procedimiento y criterios de selección</h3>
<p><strong>Revisión y calificación de antecedentes:</strong> Se constituirán comisiones integradas por las y los docentes del Departamento de Ciencias del Derecho a cargo de los respectivos cursos, que tendrán por función revisar los antecedentes enviados por los y las postulantes, calificándolos de acuerdo con los criterios establecidos. Las notas de los cursos y promedios acumulados que entreguen los y las postulantes serán verificadas en Ucampus. Si fuere necesario, las comisiones respectivas podrán entrevistar a las y los estudiantes preseleccionados.</p>
<p><strong>Publicación de resultados:</strong> los resultados serán publicados el día <strong>14 de agosto</strong> en la página web de la Facultad. Si no se recibieran postulaciones a un determinado cargo, la comisión designada podrá extender el plazo de postulación; asimismo, el concurso podrá ser declarado desierto.</p>
<p>Los ayudantes seleccionados se desempeñarán en sus cargos durante el segundo semestre de 2025.</p>
<h3>Cargos disponibles</h3>
<ul>
<li><strong>Teoría General del Derecho:</strong> 2 ayudantes alumnos remunerado y 3 ayudantes alumnos ad honorem</li>
<li><strong>Historia de las Ideologías en Chile:</strong> 3 ayudantes alumnos remunerado y 3 ayudantes alumnos ad honorem</li>
<li><strong> Derecho y Justicia Social:</strong> 2 ayudantes alumnos remunerado y 2 ayudantes alumnos ad honorem</li>
<li><strong>Derecho Probatorio:</strong> 2 ayudantes alumnos remunerado y 1 ayudante alumno ad honorem</li>
<li><strong>Introducción al Derecho:</strong> 1 ayudante alumno ad honorem</li>
</ul>
<p>(*) Se recuerda a las personas interesadas que el Reglamento de la Facultad de Derecho sólo permite que un estudiante se desempeñe como ayudantes en dos cursos en simultáneo el mismo semestre.</p>
<p>(*) Se deja constancia que los meses de desempeño de las respectivas ayudantías son desde el 1° de agosto al 30 de noviembre de 2026 (cuatro meses).</p>
<h3><a href="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/Resolucion-concurso-ayudantes-Ciencias-del-Derecho-2sem-2026.pdf">Revisa la resolución aquí</a></h3>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Postdoctoranda Catalina Mansilla publica artículo en la Revista Colombiana de Antropología</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/postdoctoranda-catalina-mansilla-publica-articulo-en-la-revista-colombiana-de-antropologia/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 06 Aug 2026 19:28:07 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Investigación]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80633</guid>

					<description><![CDATA[La postdoctoranda de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Catalina Mansilla, publicó el artículo “No me acostumbro sin animales”: prácticas de reciprocidad translocal e intergeneracional entre mujeres [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La postdoctoranda de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Catalina Mansilla, publicó el artículo <em><strong>“No me acostumbro sin animales”: prácticas de reciprocidad translocal e intergeneracional entre mujeres indígenas en el norte de Chile,</strong></em> en la <a href="https://revistas.icanh.gov.co/index.php/rca/index">Revista Colombiana de Antropología</a>, editada por el Instituto Colombiano de Antropología e Historia, con categoría Scopus Q2.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80634 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/catalina-mansilla.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>Este artículo analiza prácticas ganaderas que, en contextos de movilidad poblacional indígena, han sido desarrolladas por mujeres aymara a través de formas de reciprocidad sostenidas en redes sociales translocalizadas, feminizadas e intergeneracionales. La caracterización de estas prácticas se lleva a cabo desde una perspectiva de género crítica, fundada en teorías económicas feministas y de la reciprocidad en la región andina. Se abordan las labores productivas, reproductivas y relacionales que las mujeres enuncian bajo las categorías de trabajar, ayudar y acompañar.</p>
<p>La autora propone que tales labores no han sido tratadas en los estudios sobre el pastoralismo, aunque están incidiendo en la persistencia de esta economía. Así mismo, problematiza la continuidad de la ganadería en las circunstancias contemporáneas, lo que es referido mediante la expresión <em>terminar el ganado</em>. Los resultados provienen de un estudio cualitativo de caso basado en una etnografía multisituada en el norte de Chile (2022-2023).</p>
<p><a href="https://revistas.icanh.gov.co/index.php/rca/article/view/3121" target="_blank" rel="noopener"><strong>Accede al artículo completo aquí</strong></a></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>[COLUMNA] Responsabilidad civil por defectos constructivos: a propósito de una reciente sentencia de la Corte Suprema, por María Elisa Morales</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/columna-responsabilidad-civil-por-defectos-constructivos-por-maria-elisa-morales/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 06 Aug 2026 14:32:14 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[maria elisa morales]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80602</guid>

					<description><![CDATA[Publicada en El Mercurio Legal junto a Diego Nichi Burgos, asociado de Franco &#38; Cía. Una reciente sentencia de la Corte Suprema confirmó la condena impuesta a Inmobiliaria Radal S.A. [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/Responsabilidad-civil-por-defectos-constructivos_-a-proposito-de-una-sentencia-de-la-Corte-Suprema.pdf" target="_blank" rel="noopener">Publicada en El Mercurio Legal</a> junto a Diego Nichi Burgos, asociado de Franco &amp; Cía.</p>
<p>Una reciente sentencia de la Corte Suprema confirmó la condena impuesta a Inmobiliaria Radal S.A. y a la Constructora Su Ksa S.A. al pago de $170.000.000 en favor de la Comunidad Edificio Capital, por daños derivados de defectos constructivos. El caso resulta de interés porque aborda tres materias que merecen especial atención: la prueba del monto de los perjuicios, la prescripción según la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y la responsabilidad solidaria entre propietario primer vendedor y empresa constructora.</p>
<p>El primer aspecto fue objeto de discusión en sede de casación en el fondo. Las recurrentes sostuvieron que los jueces infringieron el artículo 1698 del Código Civil al fijar el monto de los perjuicios sin acreditación suficiente. La demandante había acompañado dos pruebas principales: la pericia de Díaz Robles y el informe de Ustovic, que arrojaban resultados distintos: $319.231.041 y $186.405.261, respectivamente, frente a los $177.954.380 demandados, procediendo el juez de la instancia a determinar los perjuicios “prudencialmente” en $170.000.000.</p>
<p>La Corte Suprema rechazó el recurso. Sobre este punto, determinó que no existía infracción al artículo 1698, pues la sentencia sí analizó la prueba rendida sobre el monto de los perjuicios (considerando quinto), correspondiendo al juez de la instancia valorarla y fijar la indemnización. En nuestra opinión, esa conclusión merece un examen más detenido. Sabido es que el daño indemnizable debe ser cierto, exigencia que comprende su existencia y su monto, en especial cuando se trata de daños patrimoniales, y es el demandante que lo alega quien debe probar y convencer al juez de la existencia de ese daño en toda la extensión que pretende. La situación cambia si se tratase de daño moral, precisamente porque su contenido económico no admite demostración objetiva, la doctrina y la jurisprudencia reconocen al juez un margen más amplio para su prueba (Barros Bourie, Enrique, Tratado de responsabilidad extracontractual, Tomo I, 2.ª edición, Santiago, Editorial Jurídica de Chile, 2020, p. 244). Esa flexibilidad no se extiende al daño patrimonial efectivo. No sorprende, entonces, que este punto haya generado votos disidentes en la Corte Suprema, suscritos por las Ministras Muñoz y López, partidarias de acoger la casación y rechazar la demanda.</p>
<p>Según el voto de minoría, el tribunal infringió el artículo 1698 del Código Civil al fijar el monto de los perjuicios de manera prudencial y discrecional, sin fundar esa determinación en la prueba rendida por la demandante. Destaca que la propia sentencia reconoce que la prueba era contradictoria y que no existía un presupuesto detallado de las reparaciones, lo que evidencia la falta de acreditación del quantum del daño. En consecuencia, al suplir esa ausencia probatoria mediante una estimación prudencial, el tribunal desconoció las reglas sobre la carga de la prueba, pues correspondía a la demandante acreditar el monto de los perjuicios; al no hacerlo, la demanda debió ser rechazada en ese extremo por infracción al artículo 1698 del Código Civil.</p>
<p>A nuestro entender, las conclusiones del fallo y del voto de minoría son discutibles. El reproche correcto no parece ser una infracción del artículo 1698. El demandante no fue relevado de acreditar la existencia ni la cuantía del daño patrimonial, sino que rindió prueba destinada precisamente a demostrar ambos extremos mediante dos informes técnicos. Si los informes periciales eran contradictorios, correspondía explicar por qué se otorgaba mayor mérito a uno o por qué ambos resultaban insuficientes; la sentencia, en cambio, se limita a fijar “prudencialmente” el monto sin explicitar ese razonamiento. El reproche, por tanto, no es una infracción a la carga de la prueba del artículo 1698, sino un déficit de fundamentación en la valoración de un hecho que exige certeza.</p>
<p>El segundo aspecto relevante, y que también fue motivo de casación en el fondo, se refiere a la prescripción de la acción indemnizatoria. El artículo 18 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones establece plazos distintos según la naturaleza del defecto: 10 años para fallas que afecten la estructura soportante, 5 años para elementos constructivos o instalaciones, 3 años para elementos de terminaciones o acabado, y un plazo residual de 5 años para lo no comprendido en esos numerales. Todos se cuentan desde la recepción definitiva de la obra, salvo el de 3 años. La controversia consistía en determinar desde cuándo correr ese plazo cuando el proyecto había obtenido varias recepciones definitivas parciales.</p>
<p>La Corte confirmó que corresponde a quien opone la prescripción acreditar que la recepción parcial invocada corresponde a la parte del inmueble afectada por el defecto (considerando 44° de primera instancia, confirmado en alzada y por la Corte Suprema). Solo así puede determinarse el inicio del plazo respecto del daño específico, pudiendo coexistir distintos plazos dentro de un mismo proyecto.<br />
La solución parece correcta. Si la ley vincula el plazo a la recepción definitiva, es razonable exigir a quien invoca una recepción parcial que acredite su relación con el elemento defectuoso; de lo contrario, la excepción descansaría sobre un presupuesto fáctico no acreditado.</p>
<p>El caso revela las dificultades prácticas de este criterio pues, no siempre es posible vincular una recepción parcial determinada con el daño reclamado, sobre todo cuando el defecto afecta una unidad física indivisible, tal como un estacionamiento, una cubierta, una azotea, etc., cuya funcionalidad abarca distintas etapas del proyecto, como ocurría en este litigio. Siguiendo ese razonamiento la Corte confirmó que la excepción debe rechazarse por falta de acreditación de sus presupuestos, correspondiendo esa carga a quien la invoca (considerando 44° de primera instancia, confirmado en el considerando 2° de la Corte Suprema).</p>
<p>Cabe preguntarse, con todo, si esa es la única salida posible. Si la losa del subterráneo constituye una unidad física indivisible entre ambas Torres, esa misma indivisibilidad podría leerse en sentido inverso, es decir, en vez de descartar la prescripción, cabría aplicar a toda la unidad la fecha de la primera recepción parcial que permitió su uso (la de la Torre A, de 2013). Bajo esa lectura, la indivisibilidad que sirvió para rechazar la prescripción pudo, con igual fundamento, servir para acogerla respecto de toda la losa. Esa disyuntiva interpretativa, sin embargo, podría resolverse recurriendo al principio pro víctima (favor victimae o pro damnato), privilegiando la interpretación que favorezca la reparación del daño cuando existen dudas razonables sobre el inicio del plazo.</p>
<p>Existe, además, un último aspecto. En este juicio se condenó solidariamente a ambas demandadas, sin que la sentencia identifique una fuente legal ni convencional que justifique esa solidaridad.</p>
<p>La solución habría sido distinta de haberse acogido la tesis de las obligaciones in solidum, como lo pidió la demandada, desarrollada en Chile, entre otros, por Pamela Mendoza y Hernán Corral, bajo la cual la víctima puede exigir la reparación íntegra a cualquiera de los responsables sin que ello implique solidaridad en sentido técnico. Pero ese no fue el camino seguido.</p>
<p>El fallo de primera instancia, confirmado por las cortes, simplemente declara la solidaridad sin explicar de dónde surge. En nuestro derecho la solidaridad no se presume, si la fuente no existe o no es identificada, la condena impone una solidaridad de fundamento incierto.</p>
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		<title>Tomás Pascual y Gabriela Hilliger por proyecto sobre plazo de detención para ejecutar expulsiones: “Esta reforma rompe con la tradición constitucional chilena”</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/tomas-pascual-y-gabriela-hilliger-por-proyecto-sobre-plazo-de-detencion-para-ejecutar-expulsiones-esta-reforma-rompe-con-la-tradicion-constitucional-chilena/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 05 Aug 2026 17:20:53 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[clinica juridica]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Tomás Pascual]]></category>
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					<description><![CDATA[La tarde del martes 04 de agosto, los académicos de la Clínica Jurídica de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Tomás Pascual y Gabriela Hilliger —quien además [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La tarde del martes 04 de agosto, los académicos de la <a href="https://derecho.uahurtado.cl/vinculacion-con-el-medio/clinica-juridica/" target="_blank" rel="noopener">Clínica Jurídica</a> de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, <strong>Tomás Pascual y Gabriela Hilliger </strong>—quien además es directora jurídica del <a href="https://sjmchile.org/" target="_blank" rel="noopener">Servicio Jesuita de Migrantes</a>—, asistieron a la <a href="http://camara.cl/legislacion/comisiones/integrantes.aspx?prmID=4884" target="_blank" rel="noopener">Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento</a> de la <strong>Cámara de Diputadas y Diputados</strong> para comentar el proyecto de ley que busca reformar la Constitución en materia de detención para la ejecución de expulsiones administrativas (<a href="https://www.camara.cl/legislacion/proyectosdeley/autores.aspx?prmID=18990&amp;prmBOLETIN=18314-07" target="_blank" rel="noopener">Boletín N° 18.314-07</a>).</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80596 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/pascual-hilliger-reforma_3.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>En el proyecto se propone que la ley fije un plazo inicial de hasta 60 días corridos, renovable dos veces más por 60 días cada vez, lo que habilita una detención migratoria a personas que se encuentran con medida de expulsión vigente de hasta 180 días corridos. <strong>Es decir, 36 veces el plazo máximo hoy vigente de 5 días, establecido en el artículo 134 de la Ley 21.325.</strong></p>
<p>“En la sesión pudimos exponer sobre los principales problemas que encontramos en el proyecto de reforma constitucional, que <strong>es inédito para nuestro ordenamiento jurídico y, por lo tanto, merece muchísima atención</strong> porque amplía los plazos de detención de forma significativa. Se dio una discusión muy interesante y pudimos despejar algunas dudas que tenían respecto de la regulación comparada, los estándares internacionales y de los riesgos que veíamos en la redacción actual del proyecto”, dijo Pascual.</p>
<p>El profesor aseguró ante las y los diputados que conforman la Comisión que <strong>“esta reforma constitucional rompe con toda la tradición constitucional chilena en materia de plazos vinculados a la privación de libertad y no aparece consistente con los demás estatutos vinculados justamente a la restricción de este derecho”.</strong></p>
<p>Además, realizó un <strong>análisis comparativo de la legislación</strong> sobre esta materia en México, Colombia, Perú, Argentina, Brasil, Costa Rica y Panamá, países que, por lo demás, entregan esta facultad a la ley y no se encuentra establecido en la Constitución.</p>
<h2>Centros de detención y sobrepoblación carcelaria</h2>
<p>Para Gabriela Hilliger es legítimo que el Estado busque herramientas que le permita implementar sus políticas migratorias, sin embargo, cree que <strong>hay que poner atención a la técnica legislativa que se utiliza y las implicancias presupuestarias</strong> que podría tener para las instituciones a cargo de efectuar las expulsiones: Policía de Investigaciones, Poder Judicial y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.</p>
<p>“¿La ampliación del plazo es una medida necesaria para lograr el cumplimiento de la expulsión?”, se preguntó la docente en su exposición y aseguró que <strong>alrededor de 336.948 personas podrían estar sujetas a esta medida, considerando la población extranjera que se encuentra en situación irregular.</strong> Entre ellas, familias con hijos pequeños, embarazadas y grupos de especial protección quienes, según el proyecto, deberían ser retenidos en centros de detención.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80593 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/pascual-hilliger-reforma_1.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>“Frente a eso, la población penal actual rodea las 62.323 personas, con una capacidad de 42.437 personas, es decir, con una <strong>sobrepoblación de 47%</strong>. Tener recintos con las condiciones mínimas según los estándares de derechos fundamentales de la Constitución chilena y sus estándares internacionales ya es un desafío respecto de la población penal que comete delitos graves, más aún respecto de la población migrante donde tendrían que cumplir 180 días. <strong>¿Hay un presupuesto que se esté aparejando a este proyecto para valorar si es responsable el gasto que implica?</strong>”, reflexionó.</p>
<p>Otro obstáculo que detectaron los académicos tiene que ver con <strong>asuntos administrativos que podrían impedir la readmisión de las personas expulsadas a sus países de origen</strong>, ya que hoy en día hay naciones que no permiten el ingreso al espacio aéreo de vuelos provenientes de Chile, como es el caso de Venezuela.</p>
<p><iframe loading="lazy" title="YouTube video player" src="https://www.youtube.com/embed/s3xixl2vke0?si=YoiPpVy93Fr-R2qJ&amp;start=2114" width="560" height="315" frameborder="0" allowfullscreen="allowfullscreen"></iframe></p>
<p>“Lo que uno ve en la práctica es que finalmente las personas que sobrepasan la barrera de las 48 horas de privación de libertad provienen de países donde no se pueden gestionar las autorizaciones respectivas para que sean acarreadas a su país de origen”, aseguró Hilliger.<strong> Un problema que, dijo, han experimentado otros países y cuyos centros de detención terminan albergando familias durante años.</strong></p>
<p>El <a href="https://www.camara.cl/legislacion/proyectosdeley/tramitacion.aspx?prmID=18990&amp;prmBOLETIN=18314-07" target="_blank" rel="noopener">proyecto de ley se presentó el 8 de junio</a> en la Cámara mediante el Mensaje N.º 067-374 del Presidente de la República, José Antonio Kast, y está suscrito por los ministros del Interior, de Seguridad Pública y de Justicia y Derechos Humanos. <strong>Será votado en general por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento el próximo miércoles 12 de agosto.</strong></p>
<p>La participación de los académicos de la Clínica Jurídica en esta discusión legislativa forma parte de las <strong>numerosas acciones que realiza la Facultad de Derecho para posicionar a la Universidad Alberto Hurtado como una voz académica relevante en el debate público</strong>, especialmente relativos a temas de migración y movilidad humana, y que se encuentra en los objetivos del <a href="https://www.uahurtado.cl/pei2030/" target="_blank" rel="noopener">Plan Estratégico Institucional 2030</a>.</p>
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		<title>Convocatoria Pasantía en la Dirección Jurídica de la I. Municipalidad de San Joaquín – 2er semestre 2026</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/convocatorias/convocatorias-convocatoria-pasantia-en-la-direccion-juridica-de-la-i-municipalidad-de-san-joaquin-2er-semestre-2026/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 04 Aug 2026 17:39:51 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Convocatorias]]></category>
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					<description><![CDATA[Invitamos a las y los estudiantes de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado a postular a una pasantía laboral en la Dirección Jurídica de la I. Municipalidad de [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Invitamos a las y los estudiantes de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado a postular a una pasantía laboral en la <strong>Dirección Jurídica de la I. Municipalidad de San Joaquín</strong> a desarrollar los meses de <strong>septiembre, octubre y noviembre de 2026 (3 meses)</strong>.</p>
<h4><strong><u>Características de las labores a realizar</u></strong></h4>
<p>La labor a realizar por los/as pasantes debe ser tal que entregue una experiencia real, lo más próxima a las actividades que en un futuro profesional deban afrontar como abogados/as. Por ello, la Dirección Jurídica velará por que los pasantes estén enfrentando desafíos y funciones que constituyan una experiencia de aprendizaje jurídico en los distintos procesos y procedimientos administrativos que se desarrollan en este servicio, lo que implica la gestión de éstos, el análisis jurídico de antecedentes, y la elaboración de propuestas de actos administrativos</p>
<h4><strong><u>Requisitos para la postulación</u></strong></h4>
<ul>
<li>Ser alumno o alumna regular de la carrera de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado de 4to año o 5to año</li>
<li>Tener un promedio acumulado igual o superior a 5,0 (enviar certificado de notas)</li>
<li>Haber aprobado los cursos de Derecho Administrativo I y II</li>
<li>Una carta de motivación de una plana máximo</li>
</ul>
<h4><strong><u>Postulación y antecedentes</u></strong></h4>
<p>Los y las estudiantes que postulen al cargo deberán enviar un mail al correo <a href="mailto:mvaldivi@uahurtado.cl">mvaldivi@uahurtado.cl</a> con copia a <a href="mailto:gbravo@uahurtado.cl">gbravo@uahurtado.cl</a>. <strong>El plazo de postulación concluirá el día martes 18 de agosto de 2026.</strong></p>
<h4><strong><u>Procedimiento de selección</u></strong></h4>
<p>Revisión y calificación de antecedentes: La Facultad realizará una primera revisión de antecedentes, velando por el cumplimiento de los requisitos, luego de ello, será la Municipalidad quien realizará el proceso de selección.</p>
<h4><strong><u>Publicación de resultados</u></strong></h4>
<p>Cumplidas las etapas anteriores, los resultados serán publicados en la página web de la Facultad: <a href="http://www.derecho.uahurtado.cl/">derecho.uahurtado.cl</a></p>
<p><strong>Plazas disponibles: 2 (dos)</strong></p>
<p>*Si no se recibieran postulaciones o las postulaciones no cumplieran con los requisitos, la comisión designada podrá extender el plazo de postulación o declarar desierto el concurso.</p>
<p>*En el proceso de preselección se priorizará a aquellos y aquellas estudiantes que no hay realizado pasantía en ocasiones previas.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>[COLUMNA] ¿Puede el Tribunal Constitucional derogar la exigencia de “buena conducta” para el ejercicio de la abogacía? (parte I), por Miriam Henríquez</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/columna-puede-el-tribunal-constitucional-derogar-la-exigencia-de-buena-conducta-para-el-ejercicio-de-la-abogacia-parte-i-por-miriam-henriquez/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 04 Aug 2026 15:56:20 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Miriam Henríquez]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
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					<description><![CDATA[Publicada en El Mercurio Legal El 20 de julio, el Tribunal Constitucional (TC) resolvió abrir de oficio un proceso para examinar la inconstitucionalidad del artículo 523 Nº 4 del Código [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/¿Puede-el-Tribunal-Constitucional-derogar-la-exigencia-de-buena-conducta-para-el-ejercicio-de-la-abogacia_-parte-I_Miriam-Henriquez.pdf" target="_blank" rel="noopener">Publicada en El Mercurio Legal</a></p>
<p>El 20 de julio, el Tribunal Constitucional (TC) resolvió abrir de oficio un proceso para examinar la inconstitucionalidad del artículo 523 Nº 4 del Código Orgánico de Tribunales, asignándole el Rol Nº 17.823-26-INC.</p>
<p>En lo que sigue se abordarán las siguientes preguntas: ¿qué precepto legal se encuentra bajo examen y cómo se relaciona con el juramento de abogado? ¿Quién está legitimado para iniciar un proceso de inconstitucionalidad? ¿Qué implica que el Tribunal Constitucional lo haya iniciado de oficio y que el control sea abstracto? ¿Qué mayoría se requiere y qué efectos tendría una sentencia estimatoria de inconstitucionalidad?</p>
<p>El Código Orgánico de Tribunales dispone que el título de abogado es otorgado por la Corte Suprema, reunida en pleno y en audiencia pública, después de comprobar que el postulante reúne los requisitos legales. Solo entonces este puede prestar juramento de desempeñar leal y honradamente la profesión y es declarado legalmente investido con el título. Así, los artículos 521 y 522 distinguen entre la comprobación previa de los requisitos, el juramento y el acto de investidura. Entre los requisitos, el artículo 523 Nº 4 exige “antecedentes de buena conducta” y habilita a la Corte Suprema para practicar las averiguaciones que estime necesarias acerca de los antecedentes personales del postulante.</p>
<p>El proceso de inconstitucionalidad iniciado no surge de manera inesperada. Se han presentado numerosos requerimientos de inaplicabilidad contra esta disposición, varios de los cuales han concluido en sentencias estimatorias de inaplicabilidad. Tal es el caso de las sentencias roles Nº 13.081-22, 13.913-22, 15.603-24, 15.609-24, 15.610-24, 15.611-24, 15.632-24, 15.638-24 y 15.836-24.</p>
<p>En términos generales, estos conflictos se han originado después de que la Corte Suprema denegara una solicitud de juramento por estimar que el postulante no cumplía con el requisito de buena conducta. Frente a esa decisión se interpusieron recursos de protección, algunos declarados inicialmente inadmisibles por la Corte de Apelaciones de Santiago. Durante la tramitación de las apelaciones de la inadmisibilidad o de los procesos de protección, los recurrentes solicitaron al TC que declarara inaplicable el artículo 523 Nº 4 en sus respectivos casos. Sostuvieron, con distintos matices, que la vaguedad y escasa densidad normativa del precepto entregaban a la Corte Suprema un margen de apreciación carente de parámetros objetivos y podían vulnerar la igualdad ante la ley, la libertad de trabajo y, en algunos casos, la vida privada y la honra.</p>
<p>Los efectos de las sentencias estimatorias de inaplicabilidad no han sido uniformes en las gestiones judiciales pendientes. En algunos asuntos, pese a haberse declarado la inaplicabilidad, la Corte Suprema confirmó la inadmisibilidad del recurso de protección (roles N° 13.081-22, 15.610-24, 15.638-24 y 15.603-24). En otro, la Corte de Apelaciones estimó que la sentencia constitucional había privado de sustento normativo a la negativa y dispuso al máximo tribunal recibir el juramento (Rol Nº 15.611-24). En otros casos, la inaplicabilidad fue considerada un nuevo antecedente que permitía solicitar nuevamente al Pleno de la Corte Suprema la revisión de su decisión, sin que el tribunal de protección ordenara directamente el otorgamiento del título (roles Nº 15.609-24 y 15.836-24).</p>
<p>El procedimiento iniciado en julio realiza una operación diferente a la inaplicabilidad. El artículo 93 Nº 7 de la Constitución permite declarar la inconstitucionalidad de un precepto legal previamente declarado inaplicable. Se trata de un control posterior, porque recae sobre una norma vigente, y abstracto, porque el tribunal ya no debe resolver si su aplicación produce efectos inconstitucionales en un caso particular. Debe decidir si el precepto, considerado en sí mismo y en sus posibles ámbitos de aplicación, es o no constitucional. Que el control sea abstracto no significa que sea enteramente independiente de los procesos anteriores. La inaplicabilidad previa es una condición indispensable de conformidad con el artículo 93 Nº 7 e inciso duodécimo.</p>
<p>¿Quién es el legitimado activo para poner en marcha este procedimiento? La Constitución establece una acción pública. Cualquier persona puede promoverla, siempre que funde razonablemente su petición, identifique la sentencia previa de inaplicabilidad y exponga los argumentos constitucionales correspondientes. No es necesario haber sido parte del proceso en que se pronunció aquella sentencia. Igualmente, el propio Tribunal Constitucional puede iniciar el procedimiento de oficio mediante una resolución preliminar fundada.</p>
<p>Esta última fue la vía utilizada respecto del artículo 523 Nº 4. En rigor, no existe un requirente externo. Fue el Pleno del Tribunal Constitucional el que decidió abrir el proceso en ejercicio de una atribución propia. La actuación de oficio no equivale, sin embargo, a una declaración anticipada de inconstitucionalidad. La apertura solo constata que existen antecedentes suficientes para someter la norma a un examen de constitucionalidad más allá de los casos concretos.</p>
<p>El estándar decisorio es especialmente exigente. La Constitución requiere el acuerdo de cuatro quintos de los integrantes en ejercicio del órgano de justicia constitucional, es decir, exige ocho votos de una integración actual de 10 ministros. La reiteración de sentencias de inaplicabilidad no sustituye esa mayoría ni obliga a alcanzar el mismo resultado en sede abstracta. Una disposición puede producir efectos inconstitucionales en determinados casos y, pese a ello, admitir otras aplicaciones compatibles con la Constitución.</p>
<p>Para declarar la inconstitucionalidad, el tribunal deberá examinar si la indeterminación atribuida a la exigencia de “antecedentes de buena conducta” y la ausencia de parámetros objetivos generan una incompatibilidad general con los derechos que las sentencias previas tuvieron por vulnerados. Es decir, deberá verificar que no exista ninguna interpretación o hipótesis de aplicación conforme con la Constitución. La jurisprudencia ha caracterizado esta competencia como un último recurso para asegurar la supremacía constitucional, precisamente por la intensidad de sus consecuencias.</p>
<p>Si se alcanza aquella mayoría, la Constitución expresa que el precepto legal, en este caso el artículo 523 Nº 4, “se entenderá derogado” desde la publicación de la sentencia en el Diario Oficial. En realidad, el efecto es que dejará de pertenecer al ordenamiento jurídico con efectos generales. La decisión no tendrá efecto retroactivo, de modo que no eliminará por sí misma las situaciones jurídicas consolidadas con anterioridad.</p>
<p>El proceso recién se inicia. Su apertura transforma una controversia que hasta ahora se había planteado desde las circunstancias de postulantes determinados, en una pregunta general sobre los límites constitucionales de la potestad de la Corte Suprema para calificar la idoneidad de quienes aspiran a ejercer la abogacía. La eventual sentencia estimatoria de inconstitucionalidad deberá resolver si el problema se encuentra en algunas aplicaciones del precepto legal o en el precepto mismo. Esa diferencia separa la inaplicabilidad de la inconstitucionalidad y explica por qué la apertura del proceso es relevante, pero todavía no equivale a su desenlace. Si el Tribunal Constitucional declara la inconstitucionalidad, los fundamentos y alcances de esa decisión serán objeto de la segunda parte de esta opinión</p>
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		<title>Académico UAH Sebastián Salazar presentó investigación sobre militarización y estados de excepción constitucional en Praga y Madrid</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/academico-uah-sebastian-salazar-presento-investigacion-sobre-militarizacion-y-estados-de-excepcion-constitucional-en-praga-y-madrid/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 04 Aug 2026 13:02:08 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Sebastián Salazar]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80571</guid>

					<description><![CDATA[La última semana de junio, el coordinador académico del Núcleo Constitucional de la Universidad Alberto Hurtado, Sebastián Salazar, participó en dos instancias académicas en Madrid y Praga, en las que [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La última semana de junio, el coordinador académico del <a href="https://www.uahurtado.cl/nucleo-constitucional-uah/" target="_blank" rel="noopener">Núcleo Constitucional de la Universidad Alberto Hurtado</a>, Sebastián Salazar, participó en dos instancias académicas en Madrid y Praga, en las que presentó un adelanto de su investigación sobre militarismo, militarización y Estados de Excepción Constitucional en Chile y Latinoamérica.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80572 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/investigacion-sebastian-salazar-1.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>El 23 de junio, en la <strong>Facultad de Derecho de la Universidad Pontificia de Comillas (Madrid),</strong> el académico UAH fue parte del <strong>seminario “Derecho de excepción desde una perspectiva comparada y multidisciplinar”</strong>, un espacio de reflexión académica en el que se analizaron los desafíos jurídicos, políticos y tecnológicos que plantean las situaciones de crisis en los sistemas constitucionales contemporáneos.</p>
<p>El profesor Salazar compartió panel junto a los académicos María Isabel Álvarez Vélez y Alberto Priego, junto a quienes se generó un enriquecedor debate que permitió profundizar en los retos que afrontan las democracias actuales para garantizar la seguridad y la protección de los derechos fundamentales en escenarios excepcionales.</p>
<p>Como invitado del <a href="https://www.prf.cuni.cz/en/news/prague-constitutional-seminar-series-sebastian-salazar-pizarro" target="_blank" rel="noopener"><strong>Ciclo de Seminarios Constitucionales de Praga</strong></a>, el 24 de junio Salazar presentó la ponencia <em>“Estados Constitucionales de Excepción, Militarización y Militarismo en América Latina: La Experiencia del Posconstitucionalismo Chileno”</em>, en la <strong>Facultad de Derecho de la Charles University (Univerzita Karlova) en República Checa.</strong></p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80573 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/web2021/wp-content/uploads/2026/08/investigacion-sebastian-salazar-2.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>Sobre su exposición, Salazar explicó que busca investigar la militarización, el militarismo y el uso de estados constitucionales de excepción por parte de políticos civiles y/o militares en el panorama político chileno reciente. “Varios momentos clave sustentan este análisis, incluyendo las respuestas militaristas durante la pandemia de SARS-CoV-2 y el proceso de restauración política conservadora o autoritaria en diversos países de la región. Estos acontecimientos abordan temas como la seguridad nacional, la inmigración, la geopolítica y el crecimiento económico en medio del estancamiento, todos ellos condicionados por la expansión de impulsos disciplinarios radicales dentro del capitalismo de Estado”, aseguró.</p>
<p>Y añadió: “Este análisis evalúa la influencia del proceso de <em>desconstitucionalización</em> en curso sobre el marco institucional chileno y la sociedad civil. Con base en esta evaluación, la presentación considera las implicaciones de estos desarrollos para el constitucionalismo neoliberal y la democracia liberal. Además, examina la evolución de los mecanismos autoritarios y su impacto en los procesos políticos, económicos y sociales contemporáneo”.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
	</channel>
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