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	<title>Gonzalo García &#8211; Facultad de Derecho UAH</title>
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	<description>Universidad Alberto Hurtado</description>
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	<title>Gonzalo García &#8211; Facultad de Derecho UAH</title>
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		<title>Tomás Pascual y Gonzalo García publican artículos en Cuadernos del Tribunal Constitucional</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/tomas-pascual-y-gonzalo-garcia-publican-articulos-en-cuadernos-del-tribunal-constitucional/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 17 Sep 2026 14:38:27 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
		<category><![CDATA[Investigación]]></category>
		<category><![CDATA[Tomás Pacual]]></category>
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					<description><![CDATA[Los académicos de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Tomás Pascual y Gonzalo García, participaron en un seminario, organizado por el Tribunal Constitucional y el Ministerio de [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Los académicos de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Tomás Pascual y Gonzalo García, participaron en un seminario, organizado por el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Relaciones Exteriores en mayo de 2025, <span style="font-size: 14px; color: #414141;">cuyas ponencias fueron recopiladas en el libro </span><strong style="font-size: 14px; color: #414141;">Diálogo sobre el Derecho Internacional, la Constitución y el Derecho Interno. Una visión nacional y comparada. Cuadernos del Tribunal Constitucional N° 78.</strong></p>
<p><img fetchpriority="high" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80899 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/gonzalo-garcia-y-tomas-pascual-investigacion.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>Tomás Pascual fue parte del tercer panel «Mecanismos de cumplimiento de los tratados y de las decisiones de los órganos internacionales», con la exposición <em><strong>“Cumplimiento de decisiones internacionales de derechos humanos en Chile: tensiones, mecanismos e institucionalización”</strong> </em>(pp. 119-126).</p>
<p>Gonzalo García participó en el cuarto panel «Las sentencias estructurales y sus desafíos», donde presentó la exposición titulada <em><strong>“Sentencias estructurales y derechos humanos. Virtudes y tensiones. Una mirada nacional y experiencias comparadas”</strong></em> (pp. 156-169).</p>
<h3><a href="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/CUA-78_d.pdf">Accede al libro completo aquí</a></h3>
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		<title>[COLUMNA] Apuestas ilegales: el SII paga doble, por Gonzalo García</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/columna-apuestas-ilegales-el-sii-paga-doble-por-gonzalo-garcia/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 17 Sep 2026 12:12:06 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
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					<description><![CDATA[Publicada en La Segunda Nunca se ha erradicado del todo el juego callejero de “Pepito paga doble”, una estafa de prestidigitación manual para incautos, donde a su alrededor se teje [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/Columna-LS_Apuestas-ilegales-el-SII-paga-doble_Gonzalo-Garcia.pdf">Publicada en La Segunda</a></p>
<p>Nunca se ha erradicado del todo el juego callejero de “Pepito paga doble”, una estafa de prestidigitación manual para incautos, donde a su alrededor se teje la burla popular al ingenuo, aunque bajo otro nombre. Sin embargo, siempre se sabe que el responsable era Pepito, quién sentía tras sus pasos el control policial o municipal.</p>
<p>¿Qué pasa cuando el acto ilegal viene de pepito-apuesta.com? La Corte Suprema terminó por declarar ilegales todas las apuestas en línea, salvo aquellas que tienen respaldo en leyes expresas (Polla, Lotería de Concepción y Teletrak). Se ha planteado un escenario de disputa económica y moral acerca de su prohibición, mientras un proyecto se tramita en el Congreso.</p>
<p>Sin embargo, hay una cuestión previa que está desnudando todo nuestro sistema jurídico. Hay fallos que no se están cumpliendo y pareciera que servicios públicos tienen derecho a interpretar libremente cuándo y cómo se cumple un fallo. Quiero recordar que la Constitución, frente a casos históricos de desacato judicial, impuso una norma taxativa que indica que para ejecutar sus resoluciones los tribunales pueden “impartir órdenes directas a la fuerza pública” (art. 76).</p>
<p>La Corte de Apelaciones de Santiago, en la ejecución de su fallo, le ordenó a la Subsecretaría de Telecomunicaciones bloquear sitios de apuestas ilegales. Subtel, previo chequeo con la Superintendencia de Casinos, definió el listado específico de éstos, y ordenó a las empresas proveedoras de Internet para restringir el acceso a estos sitios.</p>
<p>En horas se activaron sitios espejos que burlan abiertamente la acción judicial. Llegó el momento que la Corte imponga el derecho de hoy frente a tamaño desafío. El futuro de un hipotético proyecto de ley no puede operar como la sombra de la tolerancia actual. Si no se impone el derecho hoy, ¿de qué vale la certeza que el país reclama en otros sectores? Y creo que el Servicio de Impuestos Internos ha encontrado la solución.</p>
<p>Logró que varios sitios de apuestas ilegales paguen impuestos, en una interpretación abiertamente inconstitucional. Sin embargo, ahí está la respuesta. La vía de perseguir a Pepito virtual debe transformarse en perseguir al Pepito real. Sólo la retención de los dineros de los apostadores permitirá que esa actividad ilegal concluya. Es increíble que Subtel no pille, lo que el SII cobra. Los desaparecidos emprendedores aparecen como contribuyentes.</p>
<p>Es extraña tanta tolerancia por parte de la Corte de Apelaciones de Santiago. Tiene herramientas claras respecto de autoridades, empresas en línea y apostadores. La seriedad del país reside en cumplir sus leyes, aunque no gusten. Ojalá que esto no se transforme en una nueva apuesta, esta vez a Polymarket, para ver si se cumple esta predicción.</p>
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		<title>Gonzalo García en Cooperativa: «Se está utilizando la Constitución como arma arrojadiza»</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/gonzalo-garcia-en-cooperativa-se-esta-utilizando-la-constitucion-como-arma-arrojadiza/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 14 Sep 2026 12:03:08 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
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					<description><![CDATA[El director del Núcleo Constitucional, Gonzalo García Pino, conversó con la periodista Paula Molina en el programa «Lo que queda del día» de Radio Cooperativa, sobre el primer policy brief [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[

El director del Núcleo Constitucional, Gonzalo García Pino, conversó con la periodista Paula Molina en el <a href="https://www.cooperativa.cl/noticias/pais/politica/constitucion/constitucion-como-arma-arrojadiza-estudio-revelo-que-se-han-ingresado/2026-09-10/195557.html" target="_blank" rel="noopener">programa «Lo que queda del día» de Radio Cooperativa</a>, sobre el <a href="https://www.uahurtado.cl/nucleo-constitucional-uah/">primer <em>policy brief</em> de <strong>«Cuestiones constitucionales»</strong> </a>en el que se muestra que en tres años se han ingresado 270 reformas constitucionales.

 

«Nosotros concentramos la mirada en qué es lo que ha pasado con proyectos de reforma constitucional presentados en el Congreso desde que se cerraron estos procesos el 17 de diciembre del 2023. <strong>Y nos hemos encontrado con sorpresas no menores y que explican alguna parte de las cosas que están pasando ahora»</strong>, dijo en la entrevista.

 

El académico explicó que, durante ese tiempo, <strong>se han presentado 270 proyectos de reforma constitucional, a un ritmo de 8 reformas por mes durante el gobierno de Boric, y de 9 reformas constitucionales al mes durante el actual gobierno.</strong> De los 270 proyectos, hay 260 que continúan en tramitación y solo cuatro se han convertido en ley.

 

«Esto es una cierta radiografía del nivel de la política entrampada en cuestiones menores. <strong>Ya no son los debates ideológicos de antaño, sino que es utilizar la Constitución como arma arrojadiza. Y, evidentemente, lo que va arrastrando es la devaluación de la propia idea de lo constitucional</strong>, lo que genera problemas porque, tarde o temprano, hay un deterioro de las reglas de convivencia», aseguró el académico.

 

<strong>«La cuestión constituyente en el Congreso vive una realidad que probablemente no es la misma que tiene la sociedad chilena»,</strong> afirmó, refiriéndose al volumen de proyectos que se encuentran en tramitación, entre los cuales, 68 buscan reexaminar el sistema político y electoral; 59 pretenden revisar cuestiones económicas, de propiedad y de tributos; 52 sobre aspectos de seguridad y crimen; y 46 son proyectos sobre derechos sociales.

 

Sobre la propuesta de reforma constitucional en temas de seguridad del actual gobierno, García dijo que «la cuestión de tener una Constitución para la seguridad ya está completa. Creo que no se sostiene ninguna norma constitucional más, porque la pregunta es: <strong>¿qué utilidad tiene alguna norma en este plano? Sus utilidades son simplemente para seguir deteriorando las reglas de convivencia»</strong>.

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		<item>
		<title>Núcleo Constitucional UAH y Hacsfera 2030 lanzan Observatorio Legislativo</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/nucleo-constitucional-uah-y-hacsfera-2030-lanzan-observatorio-legislativo/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 07 Sep 2026 15:36:10 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
		<category><![CDATA[Miriam Henríquez]]></category>
		<category><![CDATA[Núcleo Constitucional UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Sebastián Salazar]]></category>
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					<description><![CDATA[Según el informe del Núcleo Constitucional de la Universidad Alberto Hurtado — presentado en un conversatorio en el que participaron Carolina Tohá, Roberto Gargarella, Sebastián Soto y Miriam Henríquez —, [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Según el informe del <strong>Núcleo Constitucional de la Universidad Alberto Hurtado</strong> — presentado en un conversatorio en el que participaron Carolina Tohá, Roberto Gargarella, Sebastián Soto y Miriam Henríquez —, desde el 17 de diciembre de 2023 se han ingresado 270 proyectos que buscan modificar la Constitución, de los cuales 3 están archivados, 3 fueron retirados, 4 ya son ley y 260 están en tramitación.</p>
<p><img decoding="async" class="aligncenter wp-image-80816 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/NUCLEO-CONSTITUCIONAL-1.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>A cuatro años del plebiscito más significativo de este siglo en Chile, el del 4 de septiembre de 2022, el <a href="https://www.uahurtado.cl/nucleo-constitucional-uah/">Núcleo Constitucional de la Universidad Alberto Hurtado</a> reunió a líderes de opinión y académicos para debatir en torno a una pregunta clave en tiempos de reformas y propuestas legislativas: <strong>¿estamos viviendo un retorno constituyente?</strong></p>
<p>La exministra del Interior <strong>Carolina Tohá</strong>; el constitucionalista <strong>Roberto Gargarella</strong>; el investigador del Centro de Estudios Públicos <strong>Sebastián Soto</strong>; y la decana de la Facultad de Derecho UAH <strong>Miriam Henríquez</strong>, conversaron sobre los errores y las lecciones pendientes de un proceso que, según coincidieron los cuatro, difícilmente puede darse por cerrado.</p>
<p><img decoding="async" class="aligncenter wp-image-80817 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/NUCLEO-CONSTITUCIONAL-7.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>La instancia fue inaugurada por la <strong>vicerrectora de Investigación e Innovación UAH, Aisén Etcheverry</strong>, quien aseguró que «cuando nos tomamos en serio el objetivo de generar conocimiento y ponerlo a disposición de las políticas públicas, el impacto que podemos tener es gigantesco».</p>
<p>En este contexto, <strong>el Núcleo Constitucional y el proyecto Hacsfera 2030 de la UAH presentaron una nueva iniciativa: el Observatorio Legislativo</strong>, que hará seguimiento —mediante un reporte mensual— a los proyectos de ley y reformas en discusión en el Congreso Nacional. A esto se suman los policy briefs de la serie <strong>«Cuestiones constitucionales»</strong>, que abordarán temas como migración, seguridad e independencia del Poder Judicial, entre otros.</p>
<p><iframe loading="lazy" title="YouTube video player" src="https://www.youtube.com/embed/7BYVKEcjtr8?si=1w-wj1JxYjR3Wj4O" width="560" height="315" frameborder="0" allowfullscreen="allowfullscreen"></iframe></p>
<h3>Tohá: «No me arrepiento, pero no voté contenta a favor»</h3>
<p>En su intervención, la exministra del Interior, Carolina Tohá, fue categórica al referirse al pasado proceso constituyente. «Me atrevo a afirmar categóricamente que nunca en la historia de Chile había habido condiciones tan favorables para que transversalmente nos pusiéramos de acuerdo en tres cosas en las que no nos pusimos de acuerdo y definitivamente ese momento pasó», dijo, en alusión a tres definiciones sobre el texto constitucional: que debía generarse de manera democrática, que debía reconocer de forma prioritaria los derechos sociales y que debía propender a una mayor distribución del poder.</p>
<p>«Yo no soy de las que se arrepienten, pero yo no voté contenta a favor», admitió Tohá. «Voté con la impresión de que el proceso había renunciado a este esfuerzo de mayor diálogo, voté consciente de que el texto tenía una serie de reiteraciones y excesos. Decía de dos mil maneras cosas que había que decir una vez de manera limpia, porque eso es lo que genera un equilibrio», explicó.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80818 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/NUCLEO-CONSTITUCIONAL-2.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>«Al fracasar ese proceso, lo que iba a venir era una regresión. Y es exactamente lo que sigue pasando. Hoy día, ya no solo nadie pretende tener una Constitución pactada, sino que se pretenden hacer cambios que van en el sentido contrario, sin el más mínimo interés de acordarlo con el otro sector», enfatizó. Y añadió: «Creo que Chile puede quedar trabado en una espiral de deterioro que hay que visibilizar a tiempo y que hay que poner arriba de la mesa la discusión que está planteada hoy día».</p>
<h3>Gargarella: «Si se quiere hacer una reforma se requiere un gran acuerdo y no oportunismo»</h3>
<p>Roberto Gargarella, representante consular del constitucionalismo latinoamericano, académico de la Universidad de Buenos Aires y de la Universidad Torcuato Di Tella, analizó los fallidos plebiscitos de 2022 y 2023 a la luz de la historia de estas reformas en Latinoamérica.</p>
<p>«Como punto de partida, ambos eventos —y en particular el primero— fueron muy criticados por su carácter extremo, ajenos a la historia, muy radical. Desde una perspectiva vinculada con la historia constitucional latinoamericana, yo diría lo contrario; ambos procesos, por razones distintas, estaban muy vinculados con la historia constitucional regional y eran reprochables por lo poco novedosos y desafiantes, más que por lo contrario», afirmó al inicio de su intervención.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80819 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/NUCLEO-CONSTITUCIONAL-5.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>Para el experto, con el primer proceso se buscó acercar la discusión a las formas clásicas del liberalismo constitucional latinoamericano. «Yo diría que fue un intento atractivo, y lo criticaría por modesto. Fue un intento de vincularse con esa historia que todos los países latinoamericanos han abrazado de un modo u otro», comentó.</p>
<p>Respecto al proceso actual que vive Chile, Gargarella hizo una recomendación: «Mi consejo para el futuro sería que, si queremos seguir tocando los nervios sensibles del constitucionalismo democrático […], se requiere un gran acuerdo y no oportunismo, no la velocidad de tiempo y no la iniciativa que se le impone al bando contrario».</p>
<h3>Soto: «Los representantes de hoy no motivan que la salida de estos momentos de crisis sea pactada»</h3>
<p>Sebastián Soto, académico de la Pontificia Universidad Católica de Chile e investigador del Centro de Estudios Públicos, analizó las lecciones que dejó el proceso constituyente de cara al futuro. A su juicio, hay que poner en duda la idea de que son los momentos de crisis los que abren la puerta a un proceso constituyente. «Hoy, ya sea por motivos de polarización o porque el contexto motiva retóricas refundacionales, pareciera que los contextos propios de los momentos constituyentes conspiran para escribir constituciones que nazcan de ciertos acuerdos sustantivos», dijo.</p>
<p>En esa línea, llamó a revisitar nociones teóricas como la relación entre poder constituyente y poder constituido, en un escenario donde —planteó— la polarización y los aires refundacionales no motivan a que las crisis se resuelvan por la vía de los acuerdos.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80820 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/NUCLEO-CONSTITUCIONAL-8.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<h3>Henríquez: «Se cerró un ciclo de reemplazos constitucionales, pero lo constitucional no ha dejado de estar en el centro de la disputa política»</h3>
<p>La decana de la Facultad de Derecho e investigadora del Núcleo Constitucional UAH, Miriam Henríquez, centró su reflexión en la pregunta que convocó el encuentro: «Yo diría que después de los plebiscitos se instaló una conclusión bastante compartida, de que el ciclo constituyente terminó. Pero esta afirmación requiere una precisión: lo que parece haberse cerrado es un ciclo de reemplazos constitucionales. No existe una voluntad política significativa de iniciar un tercer proceso para sustituir íntegramente la Constitución, pero eso no significa que lo constitucional haya dejado de estar en el centro de la disputa política».</p>
<p>Así, para ejemplificar esta tesis, la académica analizó el proyecto de reforma constitucional sobre seguridad, anunciado por el gobierno del presidente José Antonio Kast, que crea un nuevo estado de excepción constitucional.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80821 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/NUCLEO-CONSTITUCIONAL-9.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<h3>Un Observatorio Legislativo al servicio de la ciudadanía</h3>
<p>Durante el conversatorio, <strong>Gonzalo García Pino, director del Núcleo Constitucional</strong>, presentó el Observatorio Legislativo, una iniciativa que abre una nueva etapa para este centro de incidencia pública de la Universidad Alberto Hurtado.</p>
<p>Se trata de un <strong>reporte mensual del seguimiento legislativo</strong> que —según explicó— «permite aproximar la lectura de algo que es bastante difícil». El académico acotó que, «si bien hay información pública sobre el Congreso Nacional en sus boletines, lo cierto es que se podrá identificar y aislar al interior de este boletín las urgencias y las prioridades» <a href="https://publiccl1.fidelizador.com/uahinterno/public/campaign/browser/1065A80BGF405547AHF4D15FACE3J1065A80B9211889D86F1688166FC7B">(ver el reporte)</a>.</p>
<p>Este reporte alimenta un segundo trabajo que es <em><strong>Cuestiones constitucionales</strong></em>, un<em> policy brief</em> que busca ofrecer un análisis constitucional breve, riguroso y fundado sobre un problema público actual. García inauguró el primer texto titulado <strong>“Reformas Constitucionales Post Constituyentes”</strong> <a href="https://www.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/UAH_Nucleo-Constitucional_Cuestiones-constitucionales_N1.pdf">(ver el informe)</a>, que revela algunos datos interesantes.</p>
<p><strong>«Uno hubiese pensado que el 17 de diciembre de 2023 cerró la puerta de las cuestiones constitucionales en el ámbito constituyente, pero este informe registra 270 proyectos que se han ingresado con posterioridad al cierre de los procesos constituyentes. De ellos, hay 260 en tramitación y 4 ya son reformas constitucionales», detalló.</strong></p>
<p>«Aquellos que están en tramitación representan una mirada oportunista, moralista, muy compleja desde el punto de vista de la polarización, y una cierta desatención sobre el sentido normativo constitucional», concluyó.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80822 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/NUCLEO-CONSTITUCIONAL-10.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
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			</item>
		<item>
		<title>[COLUMNA] Seguridad y Estado de Derecho: eficiencia y garantías en la balanza, por Rafael Blanco y Gonzalo García</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/columna-seguridad-y-estado-de-derecho-eficiencia-y-garantias-en-la-balanza-por-rafael-blanco-y-gonzalo-garcia/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 21 Aug 2026 15:23:55 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
		<category><![CDATA[Rafael Blanco]]></category>
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					<description><![CDATA[Publicada en El País Chile La seguridad pública demanda importantes esfuerzos públicos y privados, que se traducen en revisión de reglas, instituciones, modelos de gestión, y estrategias de prevención y [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://elpais.com/chile/2026-08-21/seguridad-y-estado-de-derecho-eficiencia-y-garantias-en-la-balanza.html?outputType=amp">Publicada en El País Chile</a></p>
<p>La seguridad pública demanda importantes esfuerzos públicos y privados, que se traducen en revisión de reglas, instituciones, modelos de gestión, y estrategias de prevención y persecución criminal. Durante la Administración del Presidente Boric se impulsaron cambios al Ministerio Público que generaron la Fiscalía Supraterritorial para investigar delitos vinculados al crimen organizado. Al mismo tiempo, se incorporaron dispositivos relevantes como el uso de informantes, agentes encubiertos y cooperadores eficaces, y se hicieron inversiones en la policía preventiva. A su turno, el Gobierno del Presidente Kast ha anunciado una batería de propuestas en materia de seguridad que recogen iniciativas parlamentarias y propuestas propias del Ejecutivo.</p>
<p>Sin perjuicio de la elogiable proactividad de los poderes ejecutivos y legislativo, deben establecerse límites y resguardos para que las nuevas reglas no se transformen en focos de vulneraciones de garantías, o abusos de poder.</p>
<p>La reforma constitucional, que genera un nuevo estado de excepción vinculado a situaciones de inseguridad ciudadana, representa una decisión peligrosa y desaconsejable por varias razones.</p>
<p>En primer lugar, la Constitución ya establece reglas vinculadas a las exigencias de seguridad pública, entre las que sobresalen el artículo 1 inciso quinto, el artículo 6, el artículo 9, artículo 19 numeral 7, y las normas que regulan al Ministerio Público, a las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad y al Consejo de Seguridad Nacional.</p>
<p>En segundo lugar, los mecanismos, instituciones y reglas asociadas a la seguridad pública se encuadran en un sistema de pesos y contrapesos fundamentales para evitar abusos o vulneraciones de derechos. De este modo, el Gobierno de turno no controla al Ministerio Público, órgano autónomo que dirige las investigaciones criminales. A su tuno, las peticiones de la Fiscalía son controladas por los jueces, quienes dan las autorizaciones para interceptar comunicaciones, ordenar detenciones, levantar el secreto bancario, o decidir el uso de la prisión preventiva. En otra dimensión, las policías poseen facultades autónomas que se traduce en controles de identidad investigativos y preventivos, facultades de detención, pero que luego son controladas por la Fiscalía y los tribunales.</p>
<p>Existe un delicado y justificado entramado de pesos y contrapesos que permiten evitar la concentración excesiva de poder con la finalidad de asegurar un equilibrio razonable entre eficacia persecutoria y respeto a las garantías. Ello es una característica de los modelos más robustos y, eficientes como lo colocan de manifiesto las experiencias de Alemania, Portugal, Italia, e Inglaterra, entre otros.</p>
<p>En el otro extremo, las experiencias de concentración de poderes excesivos en manos del Poder Ejecutivo y en la policía, sin contrapesos del Poder Legislativo, Poder Judicial, o del Ministerio Público, esconden problemas relevantes. La reforma que propone el Gobierno evidencia estos problemas. En efecto, la posibilidad de afectar derechos y garantías, como las comunicaciones, el derecho a reunión o desplazamiento de modo unilateral por el Gobierno de turno, representa un riesgo que en las experiencias comparadas suelen limitarse a casos de terrorismo. Soluciones más amplias que se extienden a un conjunto de ilícitos menos precisos como aquellos asociados a la expresión crimen organizado genera un margen amplio para limitar derechos.</p>
<p>Estas preocupaciones no nacen de meras especulaciones académicas, son precisamente el tipo de instrumentos que, usualmente se emplean en países como, El Salvador, Venezuela, Nicaragua, Cuba o países de la Europa del Este, para perseguir a opositores políticos, organismos de la sociedad civil, y periodistas. Las democracias liberales deben desconfiar de la existencia de poderes discrecionales que se sustraen a efectivos arreglos institucionales de pesos y contra pesos. Que contingentemente esos poderes puedan usarse con propósitos encomiables, en nada asegura que en el futuro se ejerzan con la finalidad de erosionar el entramado de libertades inherentes a la democracia liberal.</p>
<p>Una tercera cuestión que merece observación dice relación con el uso más extendido de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública. Estas fuerzas carecen de entrenamiento adecuado para actuar en contextos urbanos cotidianos, ello es una razón para que el Parlamento haya aprobado roles acotados en materia de seguridad ciudadana. Si la actual organización, recursos, perfiles, dotación, y apoyo tecnológico de las policías preventivas e investigativa no son suficientes, la tarea urgente consiste en mejorar tales condiciones o crear organismos policiales especiales y mejor entrenados para enfrentar al crimen de mayor complejidad. El uso de las Fuerzas Armadas, supone otros riesgos como la judicialización de casos en los que se ven involucrados los estamentos militares en sus tareas de orden público, y el reclutamiento de activos militares por parte de los grupos criminales, tal como ha ocurrido en diversos países de Centroamérica. A diferencia de lo que sucede con el terrorismo, el crimen organizado no está empeñado en difundir y promover sus acciones en el espacio público. Ello explica por qué, en casos como el italiano, la presencia de las Fuerzas Armadas en la custodia de lugares críticos del espacio público, está asociado a una amenaza terrorista de características muy particulares, y no a la intervención en el resguardo de la seguridad pública y el combate al crimen organizado.</p>
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		<title>[COLUMNA] ¿Cómo ejecutar la reforma al sistema registral y notarial? por Gonzalo García</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/columna-como-ejecutar-la-reforma-al-sistema-registral-y-notarial-por-gonzalo-garcia/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 26 Jun 2026 14:31:54 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
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					<description><![CDATA[Publicada en biobiochile.cl El año pasado pareció haber existido un consenso para reformar integralmente el sistema registral y notarial chileno. Desde el 2 de abril de este año, bajo una [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://www.biobiochile.cl/noticias/opinion/tu-voz/2026/06/24/como-ejecutar-la-reforma-al-sistema-registral-y-notarial.shtml" target="_blank" rel="noopener">Publicada en biobiochile.cl</a></p>
<p>El año pasado pareció haber existido un consenso para reformar integralmente el sistema registral y notarial chileno. Desde el 2 de abril de este año, bajo una nueva administración, esos consensos se materializaban con la entrada en vigencia de la Ley 21.772. Pero, sorpresivamente, nos hemos enterado de una inhabitual discrepancia interpretativa entre la Presidenta de la Corte Suprema y el Fiscal Judicial en la sesión del 2 de junio de la Comisión de Constitución del Senado acerca del alcance de la ley.</p>
<p>Lo cierto es que la Ley N° 21.772 da cuenta de problemas que hay que corregir para que ésta tenga el sentido básico de los cambios bien hechos. No me refiero al proyecto de ley interpretativo del artículo primero transitorio de la ley acerca de bajo qué procedimiento se rigen los nombramientos pendientes y con ternas ya realizadas dentro del Poder Judicial. ¿Se debía esperar la ley? ¿Cómo podían ser escogidos por el Servicio Civil?</p>
<p>El problema central es otro. La actividad de los notarios y los conservadores pasa ahora a la supervisión del Fiscal Judicial de la Corte Suprema y de los Fiscales de las Cortes de Apelaciones. Este es un cambio mayor. Nace un nuevo órgano de supervisión, como otros del ordenamiento (Contraloría, Superintendencias, etc.). Fiscaliza una función fedataria y registral, pero fiscaliza a particulares que la ejercen. Por más que esta reforma engrose razonables responsabilidades y deberes, no ha transformado a notarios y conservadores en funcionarios públicos.</p>
<p>Un ejemplo: la prohibición de contratar parientes. Bien, pero hacia el futuro como todo cambio. ¿Deben despedir a los parientes que actualmente laboran con ellos? Sin causal de despido, esto derivará en conflicto judicial seguro de discriminación por parentesco.</p>
<p>Quizás la cultura de control del Estado de Chile tiene memoria y fórmulas. Reformas graduales, plazos de vacancia, remisión a reglamentos y ordenamiento de las prioridades. Quizás el defecto esencial de la ley es que no trasladó completamente esa cultura a las normas mismas. ¿Cómo es posible que el Fiscal Judicial carezca de potestades interpretativas y normativas propias de toda función contralora?</p>
<p>No puede presuponerse que la idea de “supervisión” sea el título para ordenar el trabajo de notarios y conservadores. Eso sería confundir la función que tiene, con las potestades que carece. No tiene facultades implícitas para actuar de oficio en iniciativas no respaldadas por los principios de legalidad, proporcionalidad o la propia eficacia de la Fiscalía que dirige. No es que carezca de facultades, las tiene muy acotadas.</p>
<p>No colabora a esta idea que el Ministerio de Justicia haya dictado un Decreto Exento el 1 de junio recién pasado, cuando la ley decía reglamento. No sólo desconoce formas (firma del Presidente, toma de razón, Diario Oficial) sino que normas. Eliminó por decreto una disposición transitoria legal por adelantar la vigencia de la ley.</p>
<p>Esto no es una oposición al cambio. Es un llamado de atención a hacerlo bien bajo las reglas de transformación que el ordenamiento tiene. Esperar que el propio Ministerio de Justicia dicte los reglamentos de la ley, no adelante plazos, y, sobre todo, dote de normas y medios a la Fiscalía Judicial de la Corte Suprema para que el sistema registral y notarial tenga controles reales y no cumplimiento para la galería.</p>
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		<title>[COLUMNA] Justicia en la sala de espera, por Gonzalo García</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/columna-justicia-en-la-sala-de-espera-por-gonzalo-garcia/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 28 May 2026 13:27:19 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
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					<description><![CDATA[Publicada en El Mostrador La sociedad acumula mucha sabiduría en solucionar pequeños problemas por sí misma, construyendo un orden social espontáneo. Mal resueltos, pueden escalar convirtiendo la convivencia en un [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://www.elmostrador.cl/noticias/opinion/columnas/2026/05/26/justicia-en-la-sala-de-espera/" target="_blank" rel="noopener">Publicada en El Mostrador</a></p>
<p>La sociedad acumula mucha sabiduría en solucionar pequeños problemas por sí misma, construyendo un orden social espontáneo. Mal resueltos, pueden escalar convirtiendo la convivencia en un imposible. El Servicio Jesuita de Migrantes (SJM), en su Cuenta Pública de lo hecho el 2025, puso en el centro de la cuestión migratoria chilena el dilema de aprender a convivir.</p>
<p>No parece razonable que una cuestión tan sencilla como saber a quién atienden primero en algo puede ser fuente de humillación y discriminación. En España, cuando uno entra a un lugar donde buscan atención preguntas por “quién lleva la vez”. Basta fijarse en esa persona para que no sea necesaria una estricta fila. Después de ella, te tocará.</p>
<p>Las colas y las filas preanuncian problemas cuando se acumulan y amenazan desbordar. Hasta sacar un número se ha transformado en un método práctico que ahora tiene precio. Michael Sandel nos explicaba cómo ahora “se vende el lugar”. Tú haces la cola por otro y te pagan aunque sea para entrar a la Plaza de San Pedro en Roma.</p>
<p>Pero ¿qué pasa cuando el orden burlado o amenazado no es el meramente social sino que es el técnico, como es el ámbito médico? ¿Quién tiene derecho a recibir primero un corazón? ¿A quién se atiende primero en urgencia? Estas preguntas remiten a profundas dimensiones de la justicia distributiva.</p>
<p>Ya no vale quién llegó primero. Vale la técnica médica. El juicio de expertos o de los comités de ética médica. El juicio de la urgencia después de un triage. Hay métodos civilizados que reponen el orden en su lugar. Nadie se levanta a reprochar en un Cesfam que atendieron a uno antes que a otro, porque la urgencia impone justicia en la sala de espera.</p>
<p>Sin embargo, hay un proyecto de ley que avanzó en la Cámara de Diputados que ordena “priorizar la distribución de atenciones médicas y la cobertura del sistema educativo en favor de nacionales, frente a extranjeros en condición migratoria irregular” (Boletín 17.474-06). Este proyecto altera ese sentido técnico al posponer la urgencia y privilegiar la nacionalidad por sobre la condición médica.</p>
<p>Se dirá que el proyecto solo lo restringe a extranjeros que ingresaron irregularmente. Pues bien, en el sistema médico primero se atiende y después se indaga, cuando un caso constituye un riesgo de salud pública; cuando la condición de salud implique riesgo vital o secuela funcional grave que exige la atención inmediata o cuando la persona no se encuentre en condiciones de manifestar su consentimiento previo informado.</p>
<p>Estos casos siempre deben atenderse. La situación migratoria no justifica limitar este derecho de componentes subjetivos y objetivos de salud pública. Este proyecto, de seguir avanzando, debe enfrentar una reserva de constitucionalidad en el Senado que alerte acerca de la vulneración del libre e igualitario acceso a la salud, al establecer una diferencia arbitraria que condiciona, limita e inhibe la salud individual del extranjero y de la salud pública de los chilenos. Mala señal para la convivencia, convirtiendo la sala de espera en un escenario de injusticia.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
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		<item>
		<title>[COLUMNA] ¿Culebra o gekko?, por Gonzalo García</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/columna-culebra-o-gekko-por-gonzalo-garcia/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 15 May 2026 15:07:18 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
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					<description><![CDATA[Publicada en La Segunda ¿Qué matiz existe entre el encanto y el temor? Hay animales que generan repugnancia o miedo (culebras, ratones, buitres o hiena) pero con ligeros cambios en [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://mediastation.simbiu.es/Files/Index/1/137320254/PressRecorte?idNoticia=432494422&amp;medio=LA%20SEGUNDA%20-%20CHILE&amp;trackingToken=eyJhbGciOiJIUzI1NiIsInR5cCI6IkpXVCJ9.eyJpZFVzZXIiOiI5NjUzIiwiaWRDb3Jwb3JhdGUiOiI0OTgxIn0.tBZTy_dUkO1ZJMfgJRsCMwUkjQOHgXDZaYqpH2Ezjkw" target="_blank" rel="noopener">Publicada en La Segunda</a></p>
<p>¿Qué matiz existe entre el encanto y el temor? Hay animales que generan repugnancia o miedo (culebras, ratones, buitres o hiena) pero con ligeros cambios en ellos, nos mueven hasta la ternura y el fervor (gekkos, ardillas, cóndores o lobos). Quizás miramos las instituciones de la misma manera. A veces, son gekkos y en otras queremos que culebreen.</p>
<p>La megaley del ministro Quiroz debe enfrentar maduramente esta dualidad. El Consejo Asesor Fiscal informó el proyecto de ley y, sin cuestionar los propósitos de crecimiento, desnudó las falencias de déficit fiscal que no son superados por el hipotético incremento del progreso económico. Esa deuda es lo único que no puede crecer. De hecho, hay que tomar en cuenta la caída abrupta de ingresos fiscales que el proyecto genera versus el lento efecto de crecimiento que estimula.</p>
<p>La Corte Suprema, en su informe sobre el proyecto, examina el objetivo de la incerteza jurídica como factor que desalienta la inversión. La Corte estudia la propuesta de las vías recursivas para reclamar de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) ante la jurisdicción ambiental. Reitera que acortar los plazos de tramitación no afecta un derecho al debido proceso, pero está lejos de resolver la multiplicidad de recursos que tiene hoy el sistema ambiental.</p>
<p>Quizás la sugerencia implícita que hace la Corte es que hay un proyecto más completo e integral para lo mismo que sólo le queda un trámite (Boletín Nº 16.552-12).</p>
<p>La segunda observación es frente al mecanismo especial de reparación patrimonial para los titulares de proyectos cuya RCA favorable sea anulada en sede judicial. Esta reparación es excepcionalísima en el ordenamiento y también en materia económica. Pretende resolver la confianza legítima de un inversor que tenía luz verde en su proyecto. Pero es una regla adversa al riesgo que es la esencia de la actividad económica -y del capitalismo diríamos- al trasladar al Fisco ese riesgo.</p>
<p>La Corte indica que esta reparación está concebida ampliamente, señalando criterios y requisitos que admitan reconocer que hubo falta de servicio por parte del Estado en casos acotados. Claramente advierte que lo descrito no es justicia correctiva, sino que distributiva.</p>
<p>En la práctica, el Estado no sólo repara, sino que financia el emprendimiento frustrado. Por eso, un voto minoritario alerta que esta acción es ajena a nuestro sistema de responsabilidad civil vigente. Quizás lo que falta por examinar es si este mecanismo afecta la autonomía decisoria del órgano jurisdiccional. Ese puede ser turno del Tribunal Constitucional.</p>
<p>Estas instituciones sirven. Lo que no podemos hacer con ellas es actuar como el otro Gekko (a lo Gordon en Wall Street), pasando por alto estas señales e indicando que llevarán adelante el proyecto, aunque se pierda, con o sin ley, solo con decretos, culebreando.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-79950 size-large" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/05/Culebra-o-gekko_Gonzalo-Garcia_La-Segunda_page-0001_v1-1024x771.jpg" alt="" width="702" height="529" srcset="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/05/Culebra-o-gekko_Gonzalo-Garcia_La-Segunda_page-0001_v1-1024x771.jpg 1024w, https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/05/Culebra-o-gekko_Gonzalo-Garcia_La-Segunda_page-0001_v1-680x512.jpg 680w, https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/05/Culebra-o-gekko_Gonzalo-Garcia_La-Segunda_page-0001_v1-1536x1156.jpg 1536w, https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/05/Culebra-o-gekko_Gonzalo-Garcia_La-Segunda_page-0001_v1-2048x1542.jpg 2048w" sizes="auto, (max-width: 702px) 100vw, 702px" /></p>
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			</item>
		<item>
		<title>[COLUMNA] El precio de deportar, por Gonzalo García</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/columna-el-precio-de-deportar-por-gonzalo-garcia/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 09 Apr 2026 16:26:34 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
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					<description><![CDATA[Publicada en La Segunda En 2022, distintos países de la Unión Europea decretaron casi medio millón de órdenes de expulsiones de extranjeros, pero solo un 23% se cumplió. Uno de [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Publicada en La Segunda</strong></p>
<p>En 2022, distintos países de la Unión Europea decretaron casi medio millón de órdenes de expulsiones de extranjeros, pero solo un 23% se cumplió. Uno de los motivos centrales era carecer de la identidad exacta de la persona: bastaba que los países de origen la desconocieran para tornar imposible la devolución.</p>
<p>Entre los extranjeros que ingresaron irregularmente a Chile parecen estar más insertos en nuestra sociedad los que se empadronaron que aquellos que no. Pero, vaya paradoja, estos últimos tienen más opciones de quedarse por carecer de datos de su identidad real.</p>
<p>Eso dificulta las expulsiones administrativas, las que sólo se ejecutan por la vía ejemplar. Estas cumplen otras funciones, como “calmar a la opinión pública, desincentivar futuras llegadas y presionar a los migrantes para que regresen voluntariamente a sus países de origen” (Sáinz de la Maza, 2015). Y, por ende, tratan como real, lo simbólico. Bajo esta premisa, por alguna razón extraña, el eje de estos debates no reside en los derechos de las personas, sino que en los costos de deportar. Y en esa dimensión simbólica se ha dado un paso más: que los costos de la repatriación los soporten los que se van y que los extranjeros financien su propia salida.</p>
<p>Las ideas han brotado de fuentes oficiales (Migraciones y Presidencia): que paguen con sus cotizaciones previsionales; con sus bienes retenidos que irán a remate; mediante multas o a través de la recuperación del desembolso público de esos costos. ¿Eso es constitucional?</p>
<p>Las cotizaciones previsionales no pueden ser objeto de sanción (art. 19, N° 7, letra h de la Constitución). Los bienes no pueden ser objeto de confiscación, salvo el comiso de aquellos efectos con los cuales se cometió un delito (art. 19, N° 7 letra g de la Constitución).</p>
<p>Pero nada de estos bienes son propios de un comiso, salvo que se pruebe penalmente que un grupo específico de migrantes sea una asociación ilícita. No se puede tratar los bienes de los migrantes como un patrimonio disponible y menos pueden ser llevados a remate. Eso es confiscar, precedente peligroso e inconstitucional.</p>
<p>Distintas son las multas, que están reguladas, pero al revés: no pueden salir del país hasta pagar (art. 30 L. 21.325). Pero hay una alternativa: conmutar la multa no pagando, pero quedando con prohibición de reingreso a Chile durante un año o hasta dieciocho meses. En consecuencia, las multas no sirven para financiar estos costos.</p>
<p>El reembolso de los costos fiscales (retención de crédito fiscal, de subsidios o de devolución de impuestos), es una posibilidad. Pero ello demostraría que se le pretende cobrar a extranjeros que tienen una plena integración en nuestra sociedad y cumpliendo el ordenamiento. Castigar al que cumple y no al que incumple.</p>
<p>En síntesis, la dimensión simbólica radicalizada de la política no puede servir para deteriorar las reglas que nos sirven para convivir. Ya no convence.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-79694 " src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/04/El-precio-de-deportar_La-Segunda.jpg" alt="" width="683" height="487" srcset="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/04/El-precio-de-deportar_La-Segunda.jpg 2480w, https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/04/El-precio-de-deportar_La-Segunda-680x484.jpg 680w, https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/04/El-precio-de-deportar_La-Segunda-1024x729.jpg 1024w, https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/04/El-precio-de-deportar_La-Segunda-1536x1094.jpg 1536w, https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/04/El-precio-de-deportar_La-Segunda-2048x1458.jpg 2048w, https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/04/El-precio-de-deportar_La-Segunda-269x192.jpg 269w" sizes="auto, (max-width: 683px) 100vw, 683px" /></p>
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			</item>
		<item>
		<title>UAH impulsa la digitalización del Diccionario Constitucional con una plataforma web y un chatbot jurídico</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/uah-impulsa-la-digitalizacion-del-diccionario-constitucional-con-una-plataforma-web-y-un-chatbot-juridico/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 08 Apr 2026 21:02:55 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
		<category><![CDATA[Investigación]]></category>
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					<description><![CDATA[A diez años de su creación, el Diccionario Constitucional Chileno da un paso hacia su transformación digital con el apoyo del Fondo de Fomento de la Investigación Interdisciplinaria Aplicada (FIIA). [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>A diez años de su creación, el Diccionario Constitucional Chileno da un paso hacia su transformación digital con el apoyo del Fondo de Fomento de la Investigación Interdisciplinaria Aplicada (FIIA).</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-78761 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/09/fiia-gonzalo-garcia.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p><a href="https://www.uahurtado.cl/extension/noticias-universitarias/uah-impulsa-la-digitalizacion-del-diccionario-constitucional-con-una-plataforma-web-y-un-chatbot-juridico/" target="_blank" rel="noopener">Nota publicada en uahurtado.cl</a></p>
<p>A una década de su primera edición, el Diccionario Constitucional Chileno, que reúne más de 500 conceptos presentes en la Constitución, inicia una nueva etapa marcada por su digitalización. El proyecto, liderado por <strong>Gonzalo García, investigador de la Facultad de Derecho UAH</strong>, en colaboración con <strong>Cristóbal Arrieta, académico de la Facultad de Ingeniería (FIN)</strong>, busca transformar este referente en una plataforma web abierta y accesible para distintos públicos.</p>
<p>La iniciativa, que también cuenta con la participación del <strong>especialista en IA y Ciencia de Datos, Germán Mondragón, y del estudiante de la Facultad de Ingeniería UAH, Ricardo Pessoa</strong>, contempla el desarrollo de una plataforma web que permitirá a los usuarios <strong>buscar y navegar entre conceptos de manera similar a una enciclopedia digital,</strong> junto con la incorporación de un chatbot que facilitará la comprensión de la jurisprudencia asociada a cada término.</p>
<p>“Con el FIIA estamos dando un nuevo paso hacia la digitalización de este diccionario. El proyecto nos permitirá desarrollar una plataforma web que profundiza y permite anclar los mismos desarrollos conceptuales, pero agregando jurisprudencia”, explica García.</p>
<p>Sobre su funcionamiento, Arrieta destaca que “la plataforma ofrece dos modalidades de uso, una con un formato similar a Wikipedia donde el usuario puede hacer una búsqueda, navegar y leer los conceptos. La otra consiste en un chatbot con el que puedes revisar las definiciones dentro del diccionario y lo que hay detrás, pero también pedirle que te explique cómo estos conceptos se llevan a la práctica”.</p>
<h2>El valor del trabajo interdisciplinario</h2>
<p>Junto con el financiamiento, uno de los principales aportes del Fondo de Fomento de la Investigación Interdisciplinaria Aplicada (FIIA) ha sido promover la colaboración entre distintas disciplinas dentro de la Universidad Alberto Hurtado. En este proyecto, ello se tradujo en la articulación de un equipo que integró a expertos de las áreas del derecho y la ingeniería, permitiendo desarrollar la plataforma desde una perspectiva tanto conceptual como tecnológica.</p>
<p>“Promover el trabajo interdisciplinario es un aporte muy relevante del FIIA. Muchas de las cosas que hemos logrado en este proyecto no habrían sido posibles sin la colaboración con Cristóbal y los demás integrantes del equipo”, afirma Gonzalo García.</p>
<h2>Proyección y próximos pasos</h2>
<p>El equipo proyecta continuar perfeccionando la plataforma, ampliando la base de conceptos (la versión digital cuenta actualmente con 100 de los 500 conceptos que contiene el diccionario físico) y fortaleciendo sus funcionalidades, con miras a postular a nuevos fondos que permitan escalar el desarrollo de la herramienta. También se contempla la incorporación de nuevos módulos, como una sección de noticias que vincule los conceptos del diccionario con la actualidad jurídica.</p>
<p>“Durante estos seis meses de trabajo hemos logrado desarrollar una plataforma abierta, lo más completa posible. Esta primera versión ofrece una plataforma base que vamos a ir incrementando en el tiempo”, comenta el académico de la Facultad de Derecho.</p>
<h2>FIIA extiende su proceso de postulación</h2>
<p>La Dirección de Innovación y Transferencia anunció que el proceso de postulación al FIIA 2026 se extenderá hasta el viernes 17 de abril. Las y los interesados en participar pueden revisar las bases del concurso.</p>
<p>Para solicitar apoyo en el proceso de postulación, deben escribir a: innovacionytransferencia@uahurtado.cl</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>“Inclinaciones autoritarias”: expertos debaten sobre los riesgos democráticos en la Constitución chilena</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/inclinaciones-autoritarias-expertos-debaten-sobre-los-riesgos-democraticos-en-la-constitucion-chilena/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 18 Oct 2025 12:31:19 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
		<category><![CDATA[Núcleo Constitucional UAH]]></category>
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					<description><![CDATA[En un contexto global de erosión democrática y tensiones institucionales, el Departamento de Estudios Políticos de la Facultad de Gobierno de la Universidad de Chile, junto al Instituto de Ciencias [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>En un contexto global de erosión democrática y tensiones institucionales, el Departamento de Estudios Políticos de la Facultad de Gobierno de la Universidad de Chile, junto al Instituto de Ciencias Sociales (ICSO) de la UDP y el Núcleo Constitucional de la Universidad Alberto Hurtado, organizaron la discusión <strong>“Inclinaciones autoritarias: ¿Qué espacios otorgan la Constitución y las leyes?”</strong>.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-78978 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/10/2-4.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>Fuente: <a href="https://gobierno.uchile.cl/noticias/233274/inclinaciones-autoritarias-expertos-debaten-sobre-la-constitucion" target="_blank" rel="noopener">Facultad de Gobierno U. de Chile</a></p>
<p>El pasado viernes 3 de octubre en el Auditorio de la sede Santa Lucía 240 de la Facultad de Gobierno, se llevó a cabo el evento “Inclinaciones autoritarias: ¿Qué espacios otorgan la Constitución y las leyes?”, que reunió a destacados cientistas políticos y constitucionalistas, quienes analizaron cómo el marco constitucional chileno puede —intencional o inadvertidamente— abrir espacio a tendencias autoritarias.</p>
<p>El panel estuvo integrado por Claudia Heiss, académica del Departamento de Estudios Políticos de la Facultad de Gobierno de la Universidad de Chile; Viviana Ponce de León, profesora de la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales; y Gonzalo García, académico de la Universidad Alberto Hurtado y exministro del Tribunal Constitucional. La conversación fue moderada por Hugo Frühling, académico de la Facultad de Gobierno, y contó con los comentarios de Flavio Quezada, profesor de la Universidad de Tarapacá y exintegrante de la Comisión Experta del proceso constitucional 2023.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-78974 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/10/4-5.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>El diálogo abordó distintos frentes desde los cuales la democracia puede verse erosionada: los resquicios institucionales, el uso político del gasto social y las tensiones entre autonomía y control en los órganos del Estado.</p>
<h3>La erosión democrática y sus “arbotantes”: la mirada de Claudia Heiss</h3>
<p>La politóloga Claudia Heiss abrió el seminario situando el debate en una perspectiva comparada. Según explicó, los regímenes autoritarios del siglo XXI no emergen necesariamente mediante golpes de Estado, sino que “erosionan” la democracia desde dentro, utilizando las propias reglas del sistema: “La erosión se produce cuando todo el terreno circundante a las instituciones, cede frente al autoritarismo”, señaló la académica.</p>
<p>Heiss distinguió tres momentos en la historia constitucional chilena: el constitucionalismo autoritario de 1980, la transición con desmantelamiento parcial de sus enclaves en 2005, y el ciclo de crisis y procesos constituyentes que comenzó en 2019.</p>
<p>Si bien reconoció avances, advirtió sobre señales contemporáneas de “retorno a una democracia protegida” bajo discursos de seguridad y conservadurismo cultural.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-78979 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/10/3-5.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>“Por mucho que reforcemos por ejemplo la autonomía del poder judicial, si no tenemos un sustento que no es solamente institucional, sino también desde la sociedad, desde la cultura política, (&#8230;) vamos a ver que las instituciones democráticas ceden, como está ocurriendo hoy día en muchos países”, concluyó.</p>
<p>Heiss subrayó que la defensa democrática no depende únicamente de los frenos institucionales, sino también de los “arbotantes sociales”: involucramiento cívico, cultura política y confianza en las instituciones.</p>
<h2>La “irrelevancia” institucional y la necesidad de demócratas: la visión de Gonzalo García</h2>
<p>El exministro del Tribunal Constitucional Gonzalo García, introdujo un enfoque centrado en los climas de polarización que habilitan las derivas autoritarias. A su juicio, la erosión democrática no tiene signo político: “puede provenir de cualquier sector cuando los límites institucionales se debilitan”.</p>
<p>García identificó tres condiciones que, en su opinión, alimentan estos procesos:</p>
<ul>
<li>La fragmentación de las redes sociales, que amplifica minorías extremas.</li>
<li>Las “guerrillas culturales”, donde los conflictos de identidad reemplazan al debate político.</li>
<li>El populismo de continuidad, que instala un estado de campaña política permanente.</li>
</ul>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-78975 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/10/5-3.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>“Cuando uno trae la exageración, lo que está haciendo es habilitando espacios de tolerancia muy amplios para cuestiones muy graves”, advirtió, aludiendo al uso del miedo o la crisis como justificación de restricciones institucionales a los derechos de las personas.</p>
<p>El exministro alertó sobre la fragilidad de los órganos institucionales de control frente a estas dinámicas. Señaló que la Corte Suprema necesita recuperar legitimidad interna, que el Tribunal Constitucional vive “una etapa de irrelevancia jurídica y política”, y que la Contraloría General enfrenta el desafío de equilibrar su creciente uso de auditorías con un control de legalidad orientado a la pedagogía democrática.</p>
<h3>El gasto social como herramienta autoritaria: la advertencia de Viviana Ponce de León</h3>
<p>Por su parte, Viviana Ponce de León abordó el gasto social como instrumento de control político. Su presentación, titulada “El gasto social como arma de erosión democrática”, argumentó que la Constitución chilena contiene más restricciones al exceso de gasto que al recorte estratégico, abriendo un espacio para la exclusión institucionalizada.</p>
<p>“La Constitución abriría cierto espacio para que el presidente disminuya el gasto social prospectivamente, en el proyecto de ley de presupuestos, al margen del Congreso”, alertó la académica.</p>
<p>Ponce de León explicó que, en contextos autoritarios, tanto el aumento como la disminución del gasto pueden ser utilizados políticamente: uno para consolidar apoyo, la otra para castigar o marginar sectores opositores.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-78976 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/10/6-3.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>El riesgo chileno, sostuvo, radica en la iniciativa exclusiva presidencial sobre el presupuesto y en la regla que impone la vigencia automática del proyecto del Ejecutivo si el Congreso no lo aprueba en 60 días. Esa combinación puede convertir el presupuesto en una herramienta discrecional de exclusión de ciertas agendas: “No se trata solo de una opción fiscal, sino potencialmente de una forma de represión institucionalizada”, afirmó.</p>
<p>La experta llamó a debatir los mecanismos de control preventivo y a fortalecer la transparencia y la deliberación parlamentaria sobre las partidas sociales, especialmente aquellas que dependen de programas administrativos sin protección legal permanente.</p>
<h3>Flavio Quezada: una Constitución “vacía” y flexible</h3>
<p>El comentarista del seminario, Flavio Quezada, cerró el encuentro advirtiendo sobre el riesgo de que la Constitución chilena, tras los procesos fallidos de cambio, se transforme en una “forma vacía”, susceptible de ser reinterpretada sin necesidad de modificar su texto: “Hoy en día se leen en la Constitución cosas que no se habían leído antes”, señaló, destacando la reinterpretación judicial de principios como la sostenibilidad ambiental.</p>
<p>A su juicio, la rebaja de los quórums para modificar las leyes orgánicas constitucionales abre un espacio peligroso para alteraciones institucionales profundas por mayorías circunstanciales. “La organización y atribuciones de los tribunales, del servicio electoral, justicia electoral, en educación, son leyes orgánicas y las leyes orgánicas hoy en día se pueden reformar por mayoría absoluta (&#8230;) Las leyes orgánicas constitucionales eran muy difíciles de cambiar. La mayoría de ellas fueron establecidas en la dictadura. Hoy en día es muchísimo más fácil cambiar aquello. Es decir, la deriva autoritaria puede ir sin cambiar una coma a la Constitución y eso requiere un quórum menor. Lo que afecta la independencia del Tribunal Constitucional y del sistema electoral.”, enfatizó.</p>
<p>Quezada además llamó la atención sobre la función de la Contraloría, señalando que su actual orientación fiscalizadora —centrada en pequeñas irregularidades administrativas— podría terminar “coincidiendo” con discursos políticos de austeridad, desviando la mirada de los verdaderos focos de corrupción estructural.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-78977 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/10/7-3.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<h3>Un debate urgente en tiempos de desafección democrática</h3>
<p>El seminario dejó en evidencia que los riesgos autoritarios no provienen únicamente de la concentración de poder, sino también de la fragilidad social, institucional y presupuestaria que puede habilitar decisiones discrecionales.</p>
<p>Desde distintos enfoques, los panelistas coincidieron en que la defensa de la democracia requiere más que reglas formales: necesita actores comprometidos, deliberación pública y una ciudadanía vigilante.</p>
<p>En un momento en que Chile debate el sentido y los límites de su institucionalidad, la Facultad de Gobierno de la Universidad de Chile, junto al ICSO y la UAH, vuelven a situar la pregunta de fondo: ¿Qué tipo de democracia queremos proteger y con qué herramientas?</p>
<p><iframe loading="lazy" title="YouTube video player" src="https://www.youtube.com/embed/Jc2m2I0QIg4?si=sxb-sQStTt061RbR" width="560" height="315" frameborder="0" allowfullscreen="allowfullscreen"></iframe></p>
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		<title>Gonzalo García aborda el proyecto de ley de Financiamiento para la Educación Superior en Cooperativa</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/gonzalo-garcia-aborda-el-proyecto-de-ley-de-financiamiento-para-la-educacion-superior-en-cooperativa/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 08 Oct 2025 12:03:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
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					<description><![CDATA[El académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Gonzalo García, quien también es investigador del Centro Interdisciplinar de Políticas Públicas de la Universidad Alberto Hurtado, conversó [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Gonzalo García, quien también es investigador del <a href="https://cippuahurtado.cl/">Centro Interdisciplinar de Políticas Públicas de la Universidad Alberto Hurtado</a>, conversó son Cooperativa sobre el proyecto de ley de Financiamiento para la Educación Superior (FES) que se plantea como un reemplazo para el Crédito con Aval del Estado (CAE).</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-78895 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/10/ggarcia-en-cooperativa.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>El experto participó este lunes de un coloquio sobre el tema y reflexionó en Lo que Queda del Día que “el problema del CAE es que tiene que ver con el incumplimiento, lo que es terrible para las personas porque les comienza a generar efectos sobre impedimento de acceso al mercado de capitales, y para el Estado es muy central el hecho de que está destinando fondos en un tipo de educación que ya genero problemas en la oferta».</p>
<p>«Entonces, la modalidad FES no es solo un sistema de cambio de un régimen de financiamiento, también una cierta mirada sobre los deberes que uno tiene con la sociedad», planteó, y agregó que resolvería el problema y le pondría un techo a la gratuidad, porque esta «ha generado costos superlativos y hay un gran debate sobre desde dónde ahorrar”.</p>
<p>Asimismo, señaló que “es un proyecto que tiene un sistema de justicia distributiva y este país sería de los primeros en el mundo en tener un modelo de esta naturaleza. Pero muchos otros están migrando hacia esta idea, están mirando desde este siglo modalidades de financiamiento. Entre otras cosas porque los créditos comienzan con el grave problema del incumplimiento, y con esto comienza el sistema a decaer”.</p>
<p>Fuente: <a href="https://www.cooperativa.cl/noticias/pais/educacion/admision-universitaria/experto-en-educacion-otros-paises-buscan-opciones-de-financiamiento/2025-09-30/174435.html" target="_blank" rel="noopener">Cooperativa.cl</a></p>
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		<title>Equipo interdisciplinario de Derecho e Ingeniería se adjudica Fondo de Investigación Interdisciplinaria Aplicada UAH</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/equipo-interdisciplinario-de-derecho-e-ingenieria-se-adjudica-fondo-de-investigacion-interdisciplinaria-aplicada-uah/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 11 Sep 2025 12:03:39 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
		<category><![CDATA[Investigación]]></category>
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					<description><![CDATA[El director del Núcleo Constitucional, Gonzalo García, y el académico de Ingeniería, Cristóbal Arrieta, se adjudicaron el Fondo de Investigación Interdisciplinaria Aplicada (FIIA) de la Universidad Alberto Hurtado, que busca [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El <strong>director del Núcleo Constitucional, Gonzalo García, y el académico de Ingeniería, Cristóbal Arrieta</strong>, se adjudicaron el <strong>Fondo de Investigación Interdisciplinaria Aplicada (FIIA) de la Universidad Alberto Hurtado</strong>, que busca promover la investigación aplicada y el trabajo interdisciplinario entre académicas y académicos de distintas facultades y áreas del conocimiento.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-78761 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/09/fiia-gonzalo-garcia.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>Se trata del proyecto<strong> “Plataforma para la difusión y la reflexión acerca de conceptos constitucionales para la justicia”</strong>, que permitirá conformar un equipo interdisciplinario de abogados/as, ingenieros/as, informáticos/as y estudiantes de Derecho en torno a la justicia constitucional y herramientas tecnológicas.</p>
<p><strong>“La interdisciplina es desafiante y este proyecto nos permite actuar con la inteligencia artificial de un modo práctico y aplicable a la realidad cotidiana”</strong>, dice García, quien además asegura que la iniciativa les “permitirá profundizar los lazos con universidades que se han interesado en el trabajo de delinear conceptos constitucionales de un modo técnico”.</p>
<p>El académico explica que el proyecto les permitirá avanzar en tres objetivos: “Primero, seguir actualizando conocimientos y jurisprudencia esencial de las Cortes y el Tribunal Constitucional en cuestiones esenciales de nuestros derechos fundamentales. En segundo lugar, facilitar el acceso a la justicia con herramientas que permitan procesar amplios volúmenes de jurisprudencia. Y tercero, desarrollar un proyecto piloto que le permita a usuarios habituales (jueces) y eventuales (abogados y estudiantes) a interactuar en un contexto constitucional, acerca de las decisiones que se derivan de la jurisprudencia previa, sus tendencias y posibilidades, mediante un chat dedicado y profundizado en estas materias”.</p>
<p>Para la decana de la Facultad de Derecho UAH, la adjudicación de este innovador proyecto es una excelente noticia: “Refleja la calidad del trabajo del Núcleo Constitucional UAH y de su director, Gonzalo García. Esta plataforma permitirá acercar conceptos constitucionales complejos a la ciudadanía y a los actores del sistema de justicia, fortaleciendo así el vínculo entre la investigación académica interdisciplinaria y los desafíos concretos de nuestra sociedad. <strong>Todo ello está en plena consonancia con la misión de nuestra Facultad de Derecho que, a partir de este proyecto, se suma a un trabajo mancomunado con la Facultad de Ingeniería”</strong>, comentó.</p>
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		<item>
		<title>Miriam Henríquez y Gonzalo García participan en seminario del Tribunal Constitucional a 20 años de la reforma</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/miriam-henriquez-y-gonzalo-garcia-participan-en-seminario-del-tribunal-constitucional-a-20-anos-de-la-reforma/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 09 Apr 2025 15:02:09 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[decana Miriam Henriquez]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
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		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
		<category><![CDATA[Miriam Henríquez]]></category>
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					<description><![CDATA[El pasado viernes 04 de abril se realizó el seminario “Avances y desafíos de la Justicia Constitucional a 20 años de la Reforma” organizado por el Tribunal Constitucional (TC), que [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El pasado viernes 04 de abril se realizó el <strong>seminario “Avances y desafíos de la Justicia Constitucional a 20 años de la Reforma” organizado por el Tribunal Constitucional (TC)</strong>, que buscó reflexionar en torno a la reforma constitucional de 2005 que radicó la acción de inaplicabilidad en el TC. Instancia en la que participaron autoridades y ministros/as del TC, decanos de diversas Facultades de Derecho y académicos y académicas.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-77387 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/04/seminario-TC-2.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>Así, el <strong>panel “Cuestiones sustantivas y adjetivas de la inaplicabilidad tras la reforma del 2005”</strong> -moderado por la ministra Catalina Lagos Tschorne- estuvo compuesto por la Mesa 1, en la que expuso la decana de la Facultad de Derecho UAH, Miriam Henríquez; la profesora investigadora del Centro de Justicia Constitucional de la Facultad de Derecho UDD, Catalina Salem Gesell; el profesor de Derecho Constitucional UCN, Gonzalo Cortés Moreno; y el profesor de Derecho Constitucional U. de Atacama, Emilio Garrote Campillay; y que abordó <em>“Cuestiones sustantivas y adjetivas de la inaplicabilidad tras la reforma del 2005. Análisis dogmático y jurisprudencial del diseño de la acción”</em>.</p>
<p>Durante dicha discusión, <strong>la decana Miriam Henríquez enfocó su ponencia en un elemento que ha servido para caracterizar a la acción de inaplicabilidad en estos últimos 20 años: su carácter concreto</strong>. “Más precisamente el objetivo de la presentación fue responder si en todos los supuestos se trata de un control concreto, sobre todo cuando le corresponde al Tribunal Constitucional resolver sobre los vicios formales o de procedimiento, infracciones al principio de legalidad material, o contradicciones manifiestas a la Constitución. Mi conclusión es que, a 20 años de la vigencia de la acción de inaplicabilidad, es necesario distinguir dos tipos de exámenes. Un control de los efectos inconstitucionales que un precepto legal, no afectado por un vicio de inconstitucionalidad, genera por su aplicación en una gestión judicial específica. Y otro, de un precepto legal que necesariamente producirá efectos inconstitucionales porque es inconstitucional. El primero conduce a un control concreto y el segundo a un control abstracto de constitucionalidad”, aseguró la académica.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-77385 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/04/seminario-TC-3.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>La Mesa 2 del mismo panel, <em>“Desafíos de la acción de inaplicabilidad, ¿hacia dónde debe avanzar?”</em>, estuvo compuesta por la ministra del Tribunal Constitucional, Marisol Peña Torres; y el director del Núcleo Constitucional UAH y ex ministro del TC, Gonzalo García Pino.</p>
<p><strong>“Los 20 años de la acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad es un escenario de consolidación de esta acción en nuestro ordenamiento constitucional. Ello no impide que necesite algunas reorientaciones partiendo del supuesto que no ocupemos ni el poder constituyente ni el legislativo para ajustar algunas de sus reglas”, dijo el profesor García.</strong></p>
<p>Y explicó: “Enfrentado el TC a sus desafíos de mejora creo que tiene deberes por cumplir en todas las fases de la jurisdicción (conocer, juzgar y ejecutar lo juzgado). Para mejor conocer, debe saber difundir su jurisprudencia. Para ello, se impone cambiar su web vigente y volver a la anterior o salir del jardín secreto que dificulta mucho encontrar su jurisprudencia. También parece importante reivindicar las inaplicabilidades judiciales por sobre las particulares mediante algún acuerdo de preferencia en su tratamiento y litigación”.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-77389 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/04/seminario-TC-1.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>“Para mejor juzgar, es relevante ingresar en una especie de constitucionalismo dialógico con el Congreso con ocasión de las inaplicabilidades acogidas. Hay que mejorar ese diálogo que se trasunta en las actuales comunicaciones al Congreso y las cuentas públicas sin examen específico de los asuntos. Y, finalmente, para ejecutar lo juzgado, el TC debe mejorar su poder de imperio sobre la base de trabajar el cumplimiento de sus resoluciones y sentencias. Hay múltiples normas desde la Constitución hasta su ley orgánica que le permiten actuar frente a los que desconocen sus mandatos, incluyendo sus efectos retroactivos definidos en el propio artículo 94 de la Constitución”, finalizó.</p>
<p><iframe loading="lazy" title="YouTube video player" src="https://www.youtube.com/embed/xL4ace5tgBU?si=MqXC-fclohKfLItU" width="560" height="315" frameborder="0" allowfullscreen="allowfullscreen"></iframe></p>
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		<title>Roberto Gargarella visita la Facultad de Derecho UAH</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/roberto-gargarella-visita-la-facultad-de-derecho-uah/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 21 Mar 2025 20:29:37 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
		<category><![CDATA[hugo rojas]]></category>
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					<description><![CDATA[El jueves 13 y viernes 14 de marzo, el experto constitucionalista argentino Roberto Gargarella estuvo en Santiago de Chile invitado por la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El jueves 13 y viernes 14 de marzo, el experto constitucionalista argentino <strong>Roberto Gargarella</strong> estuvo en Santiago de Chile invitado por la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado y participó en diversas actividades y lanzamientos de libros de académicos UAH.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-77029 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/03/9.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>El académico de la Universidad de Buenos Aires fue el encargado de dictar la <strong>lección inaugural del año académico 2025 del Doctorado en Derecho UAH</strong>, con la charla «La difícil relación entre el principio de separación de poderes y el principio democrático», a la que asistieron académicas y académicos, estudiantes de postgrado y autoridades de la Facultad.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-77031 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/03/2-1.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-77045 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/03/1-2.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-77033 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/03/3-1.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>Gargarella también participó en el lanzamiento del libro <strong>«Teoría Crítica del Derecho y Justicia Social en las Américas»</strong>, editado por Hugo Rojas (académico UAH) y Sheila Vélez Martínez (académica de la Universidad de Pittsburgh) y publicado por Ediciones Universidad Alberto Hurtado, y comentó algunos aspectos del texto junto a la profesora de la Universidad de Chile, Dra. Marianne González <a href="https://derecho.uahurtado.cl/noticias/presentacion-del-libro-teoria-critica-del-derecho-y-justicia-social-en-las-americas/" target="_blank" rel="noopener">(ver noticia)</a>.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-76933 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/03/libro-hugo-3.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>Asimismo, comentó la reciente publicación del profesor Gonzalo García Pino <strong>«El postconstitucionalismo chileno: una radiografía del estado actual de la Constitución» </strong>(DER Ediciones) junto a la Decana de Derecho UAH Miriam Henríquez, en un auditorio repleto de estudiantes, docentes de diversas disciplinas e invitados especiales.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-77037 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/03/5-1.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-77039 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/03/6-1.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-77035 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/03/4-1.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>Además, <strong>el académico se reunió con estudiantes del Magíster de Derecho Público, programa del cual será profesor invitado desde 2025</strong>. En esa ocasión tuvo oportunidad de compartir con la cohorte 2024 y estudiantes que se incorporarán este año, además del director del programa Gonzalo García, el coordinador académico Sebastián Salazar y la decana Miriam Henríquez.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-77041 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/03/7.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-77043 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/03/8.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<h4>Entrevista en La Tercera</h4>
<p>En su paso por Chile, gracias a la invitación de la Facultad de Derecho UAH, el experto tuvo la oportunidad de dar una entrevista en La Tercera, en la que se refirió al presente argentino, criticando a Javier Milei por nominar a dos jueces de la Corte Suprema con una herramienta que transgrede la Carta Magna.</p>
<p><a href="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/03/21.03.2025_Entrevista-Roberto-Gargarella-LT.pdf" target="_blank" rel="noopener">Puedes leer la entrevista completa aquí</a></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>[COLUMNA] Gonzalo García se refiere al apagón eléctrico “como ataque o como calamidad pública”</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/columna-gonzalo-garcia-se-refiere-al-apagon-electrico-como-ataque-o-como-calamidad-publica/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 10 Mar 2025 21:17:03 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
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					<description><![CDATA[En una columna enviada a «El Mercurio Legal» el exmagistrado plantea, entre otras cosas, que «es muy previsible que este incidente nos alerte de cómo se pueden topar los diversos [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>En una columna enviada a <a href="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/03/Ex-ministro-del-TC-Gonzalo-Garcia-se-refiere-al-apagon-electrico-como-ataque-o-como-calamidad-publica_03.03.2025.pdf" target="_blank" rel="noopener">«El Mercurio Legal»</a> el exmagistrado plantea, entre otras cosas, que «es muy previsible que este incidente nos alerte de cómo se pueden topar los diversos métodos de cautela del control interno de las operaciones interconectadas, respecto de la función pública que pretende precaver el daño externo a la infraestructura crítica»</strong>.</p>
<p>Siendo las 15:16 del martes 25 de febrero aconteció el apagón eléctrico más significativo de los últimos 15 años. Alcanzó a 14 regiones del país y duró larguísimas horas hasta el completo restablecimiento de la electricidad. Pasadas las 16:30 horas, la ministra del Interior y Seguridad Pública, Carolina Tohá, declaró que “no hay ninguna razón para pensar o suponer que detrás de esto hay algún ataque”.</p>
<p>Descartar el ataque suponía que las circunstancias que regula el artículo 32, numeral 21, de la Constitución, esto es, la protección de la infrestructura crítica no procedía. Eliminar la intervención de terceros, ajenos al sistema de coordinación eléctrica, suponía desechar la hipótesis de que existiera un “peligro grave o inminente a su respecto”.</p>
<p>No podemos especular, pero sí examinar el efecto. Si la crisis se hubiese producido por un atentado en contra de esta infraestructura, pocas veces podríamos describir tantísimos daños: el sistema eléctrico cayó en cadena, desde una específica línea de transmisión entre Nueva Maitencillo y Nueva Pan de Azúcar, hasta un generalizado apagón sobre todas las líneas de transmisión. Millones de habitantes sin electricidad afectando su vida laboral y personal. Además, golpeó otros sistemas, como las telecomunicaciones, la conexión ferroviaria y subterránea. Se saturó el transporte terrestre en una tarde noche infernal. Con afectaciones en servicios de salud y con lamentables muertes de personas electrodependientes que se investigan, en medio de múltiples otros inconvenientes. En consecuencia, en principio, un acto ajeno a terceros generó aquello que la Constitución pretende evitar, otorgándole esa atribución nueva al Presidente de la República vigente desde hace dos años.</p>
<p>Desestimar un atentado supone eliminar la hipótesis de ataque hoy. Nos alerta que el sistema de control externo no fue el problema, por ahora; pero es indicio suficiente de su vulnerabilidad. Nos obliga a preguntarnos acerca de que si hubiera funcionado un régimen preventivo (“peligro grave o inminente”), y que se materializara en alguna protección razonable sobre esa línea de transmisión. Además, debemos cuestionarnos acerca de si la protección militar de sus instalaciones físicas es una cuestión auténticamente preventiva.</p>
<p>Las lecciones “como amenaza virtual” que “como riesgo tecnológico” son relevantes de examinar porque su frontera no resulta nítida bajo ningún aspecto. La dimensión del artículo 32 número 21 de protección de la infraestructura crítica parece asumir la noción de una fortaleza interna bajo peligro, pero ¿ qué pasa cuando tu infraestructura carece de esa fortaleza?</p>
<p>El Gobierno, actuando sobre los hechos que conocía, lejos de esta disquisición asumió declarar estado de “catástrofe”, por cuanto había acontecido una “calamidad pública”. Más allá del déficit comunicacional que el propio apagón generó, dictó el decreto supremo N° 66, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, con fecha 25 de febrero del año en curso, declarando tal estado por tres días.</p>
<p>De este modo, la “calamidad pública” se extiende a hechos que superan un desastre natural (terremotos, maremotos, aluviones, avalanchas, inundaciones, sequías, nevazones, erupciones volcánicas, etc. ), por los cuales distintos gobiernos habían declarados estados de catástrofe en su momento. Por cierto, la gran excepción de hechos que tenían un componente de responsabilidad humana dice relación con los incendios que en múltiples ocasiones ha llevado a declarar un estado similar.</p>
<p>Lo cierto es que el “uso quirúrgico de la excepción” por parte del Gobierno llevó a derogar al día siguiente indicando que, según lo informado por “el Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, casi la totalidad de las regiones afectadas ya se encuentra con estado de reposición mayoritaria del servicio eléctrico; mientras que la totalidad de los servicios de emergencia de dichas regiones se encuentran operando con normalidad. A su vez, según lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, el 99,3 % de las personas del país ya contaba con servicio eléctrico normal antes del mediodía del 26 de febrero de 2025”. En consecuencia, dicho estado de catástrofe fue dejado sin efecto por el decreto supremo número 68 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de fecha 26 de febrero de 2025.</p>
<p>La participación militar tenía por objeto poner en ejecución de un modo creíble y efectivo un toque de queda que permitiera seguridad y orden básico en medio de oscuridades y penumbras. Esa participación fue tan cautelosa como efectiva.</p>
<p>No obstante, la calificación como “calamidad pública” de un desentendimiento institucional del sistema público/privado de transmisión de energía es una cuestión que seguirá dando que hablar hasta verificar la completa responsabilidad de todos los actores involucrados en prevenir, evitar, paliar, mitigar y responder frente a esas consecuencias en caso como el apagón aludido.</p>
<p>Detrás de una calamidad uno puede encontrar diversos enfoques. El de la amenaza externa (art. 32 número 21 de la Constitución) o el de control interno del sistema eléctrico (principios de la coordinación de la operación de instalaciones eléctricas interconectadas que deben conectarse que se regula en los artículos 72-1 y siguientes de la Ley General de Servicios Eléctricos).</p>
<p>Sin embargo, lo central será poner el enfoque de la ciudadanía, como usuarios necesarios de estas infraestructuras indispensables para la vida común. Si la Constitución las pone en ese nivel es por su relevancia de interés público, sea que puedan caer por un ataque, como por un riesgo tecnológico.</p>
<p>Es muy previsible que este incidente nos alerte de cómo se pueden topar los diversos métodos de cautela del control interno de las operaciones interconectadas, respecto de la función pública que pretende precaver el daño externo a la infraestructura crítica.</p>
<p>Actualmente, la Ley de Servicios Eléctricos obliga a una planificación cuidadosa de la transmisión eléctrica, logrando “la minimización de los riesgos en el abastecimiento, considerando eventualidades, tales como aumento de costos o indisponibilidad de combustibles, atraso o indisponibilidad de infraestructura energética, desastres naturales o condiciones hidrológicas extremas”. Entre otras tantas previsiones legales que sería largo enumerar.</p>
<p>El punto central es que se toparán con la exigencia constitucional de desarrollar la “ley (que) regulará las obligaciones a las que estarán sometidos los organismos públicos y entidades privadas a cargo de la infraestructura crítica del país, así como los criterios específicos para la identificación de la misma”.</p>
<p>Ese proyecto de ley ingresó en agosto de 2023 y continúa en el primer trámite constitucional en el Senado. En septiembre de 2024 se reingresó un paquete de indicaciones que sustituyó el proyecto las que se examinan en la Comisión de Defensa Nacional.</p>
<p>Este proyecto de ley tiene por objetivo “establecer los criterios específicos para la identificación y determinación de la infraestructura crítica del país; definir los instrumentos de planificación y gestión para su protección; establecer las atribuciones de los organismos de la Administración del Estado a cargo de su protección; orientar la coordinación entre los distintos actores; establecer las obligaciones de las instituciones públicas y privadas operadoras de infraestructura crítica incluidas en el catálogo nacional que define la presente ley. Asimismo, fijar las atribuciones y deberes de las Fuerzas Armadas cuando deban proteger dicha infraestructura ante un peligro grave o inminente a su respecto” (art. 1).</p>
<p>Más allá del grado de avance del proyecto de ley, cabe entender que el sector eléctrico se encuentra expresamente dentro de los sectores estratégicos del país que este cuerpo legal regula. Obliga a generar un plan nacional y regional sobre las infraestructuras críticas, y, en particular, un catálogo nacional de infraestructura crítica con sus respectivos operadores y niveles de alerta. En la definición de esas infraestructuras críticas será tarea de la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI) recopilar esos antecedentes.</p>
<p>En particular, le compete a la ANI definir el criterio de “criticidad” de una infraestructura a partir de los siguientes factores: seguridad; resilencia; vulnerabilidad e interdependencia, con lo cual se pretende medir el resguardo físico de las instalaciones; la capacidad de recuperación y continuidad del servicio; sus debilidades existentes en sus intalaciones y sistemas, así como el grado de incidencia de un sector estratégico sobre otros.</p>
<p>Hace años Ulrich Beck nos alertó de la sociedad del riesgo y José Esteve Pardo nos recordaba cómo se transitó en la sociedad postindustrial del peligro al riesgo, modificando las funciones de la Administración del Estado hacia una posición de garante. En sus términos, “la gran decisión que corresponde ahora adoptar a las instancias públicas con respecto a los riesgos es la determinación del riesgo permitido, el riesgo que se acepta. No es posible en nuestra sociedad el riesgo cero: ello supondría el total desmantelamiento del tejido industrial del que la ha dotado el progreso científico y que tanto confort y beneficios le reporta, para volver al estado de naturaleza y a enfrentarse crudamente con los peligros (que no riesgos) naturales. La imposibilidad del riesgo cero no es, por lo demás, un mero dato técnico (…)” (Esteve, El Estado garante, 2013, INAP, p. 31).</p>
<p>Al final, parece ser que el apagón como ataque termina uniéndose al apagón como riesgo, en los cuerpos legales que pretenden regular el modo en que se evitan estos riesgos en la medida de lo posible. La única diferencia hoy en Chile es que las normas legales para resolver la crisis generada por el apagón están vigentes en el ámbito de la coordinación eléctrica y en espera de las grandes decisiones legislativas en cuanto protección de su infraestructura crítica.</p>
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		<title>Profesor UAH Gonzalo García presenta su libro “El postconstitucionalismo chileno” en ICON-S Chile 2025</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/profesor-uah-gonzalo-garcia-presenta-su-libro-el-postconstitucionalismo-chileno-en-icon-s-chile-2025/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 29 Jan 2025 19:54:25 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
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					<description><![CDATA[El lunes 13 de enero se realizó la primera de dos jornadas de ICON-S Chile 2025, en las dependencias de la Universidad del Desarrollo, día en que también se realizó [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El lunes 13 de enero se realizó la primera de dos jornadas de ICON-S Chile 2025, en las dependencias de la Universidad del Desarrollo, día en que también se realizó la presentación del libro <strong>“El postconstitucionalismo chileno: una radiografía del estado actual de la constitución” del docente y director del Núcleo Constitucional UAH Gonzalo García.</strong></p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-76633 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/01/garcia-libro-icons-2.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>En la presentación participaron los académicos <strong>Sergio Verdugo (U. del Desarrollo</strong>) y <strong>Yanira Zúñiga (U. Austral de Chile)</strong>, y fue moderado por <strong>Sebastián Salazar (UAH)</strong>, quienes se refirieron en profundidad sobre el texto.</p>
<p>“Fue un placer leer el libro, se lee bastante rápido. Es un libro provocador sobre la desconstitucionalización y sobre el estado actual de la Constitución chilena, que es algo que necesitamos, hay un vacío que es importante tomarse en serio”, aseguró Verdugo durante su intervención. “Hay varias personas que están escribiendo sobre el tema, pero el libro de Gonzalo es uno de los primeros en tratar de sistematizar el problema, y ese es un gran punto de partida para la academia”, añadió.</p>
<p>A pesar de que Verdugo aseguró tener “muchas discrepancias con partes específicas del libro”, dijo que es bastante riguroso, “es consciente de los límites que pueden hacer sus argumentos, y tiene la pretensión de ser completo, en el sentido de abarcar procesos de índole importante y todos los mecanismos de desconstitucionalización que el autor propone”.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-76631 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/01/garcia-libro-icons-1.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>Por su parte, la profesora Zúñiga afirmó que el título de la obra es expresivo de su contenido. “Este texto es, efectivamente, una radiografía, una imagen sintética de la estructura interna del constitucionalismo chileno de las últimas décadas; que a partir de los resultados de los recientes plebiscitos constituyentes, examina su devenir y el porvenir”, dijo.</p>
<p>Y añadió: “El profesor García revela, a veces, con precisión quirúrgica la relación entre normas, procesos sociales y prácticas interpretativas, y las causas de ciertas patologías que vienen afectando al constitucionalismo chileno. Examina la aplicación y ensanchamiento de la Constitución, así como las prácticas de elusión, tergiversación o instrumentalización de su texto, las que el autor engloba bajo la etiqueta de “deslealtad constitucional”, entre otras, la profusión de las acusaciones constitucionales”.</p>
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		<title>7 docentes de Derecho UAH participan en exitosa III Conferencia de ICON-S Chile</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/6-docentes-de-derecho-uah-participan-en-exitosa-iii-conferencia-de-icon-s-chile/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 20 Jan 2025 17:22:10 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Ariel Pérez]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
		<category><![CDATA[Lieta Vivaldi]]></category>
		<category><![CDATA[Miriam Henríquez]]></category>
		<category><![CDATA[Sebastián Salazar]]></category>
		<category><![CDATA[Victoria Martínez]]></category>
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					<description><![CDATA[Entre el 13 y 14 de enero, más de 130 expositores, abogados y profesores de 25 universidades se dieron cita en la Facultad de Derecho de la Universidad del Desarrollo [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Entre el 13 y 14 de enero, más de 130 expositores, abogados y profesores de 25 universidades se dieron cita en la Facultad de Derecho de la Universidad del Desarrollo para participar de la <strong>III Conferencia Anual del Capítulo Chileno de la International Society of Public Law, ICON-S Chile</strong>, organizado junto al Centro de Justicia Constitucional UDD.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-76419 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/01/5.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>La charla inaugural estuvo a cargo del Dr. Sergio Verdugo Ramirez, Profesor de IE Law School y de la Universidad del Desarrollo, Co-presidente de International Society of Public Law, titulada «De la democracia digital a la ilusión de la representación política».</p>
<p><strong>En esta instancia se desarrollaron 30 paneles y dos plenarios en que se presentaron 150 ponencias sobre función judicial y otra serie de temas relevantes y actuales del Derecho Público.</strong> Destacaron las sesiones plenarias sobre sistema de nombramiento de jueces, que contó con la participación de Rodrigo Correa, Catalina Salem, José Francisco García e Isabel Aninat; y sobre independencia judicial y gobierno judicial, con la presentación de Adelita Ravanales, Juan Enrique Vargas, Javier Mora y Marisol Peña.</p>
<p><strong>Asimismo, la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado tuvo una</strong><strong> destacada participación en este encuentro con una delegación de siete profesoras y profesores</strong>.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-76417 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/01/4.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-76425 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/01/3.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p><strong>La decana de Derecho UAH y docente Miriam Henríquez</strong> presentó las ponencias <em>“El estatus de las leyes preconstitucionales y su relación con las normas derogatorias constitucionales”</em> e <em>“Implementación de la reforma judicial en México desde el régimen transitorio”</em>.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-76427 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/01/6.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p><strong>El director del Núcleo Constitucional UAH y docente Gonzalo García</strong> presentó su último libro «El postconstitucionalismo chileno: una radiografía del estado actual de la Constitución» <a href="https://www.derediciones.com/products/preventa-el-postconstitucionalismo-chileno-una-radiografia-del-estado-actual-de-la-constitucion-entrega-a-partir-del" target="_blank" rel="noopener">(DER Ediciones, 2025)</a> y realizó las presentaciones <em>“Las vías troncales y secundarios del cambio normativo: el caso de la Ley de Presupuestos como ley ómnibus”</em> y <em>“La reforma constitucional de los jueces en México: ni elecciones ni Estado de Derecho”</em>.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-76431 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/01/8.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p><strong>El coordinador académico del Núcleo Constitucional UAH y docente Sebastián Salazar</strong> moderó el panel que comentó el libro del profesor García, compuesto por los académicos Sergio Verdugo (UDD) y Yanira Zúñiga (U. Austral de Chile); y presentó la ponencia <em>“Una paradojal continuidad de la reciente década de cambio constitucional: el diseño institucional de la Constitución Económica”</em>, en el panel Economía Política Constitucional.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-76429 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/01/7.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p><strong>La directora del Programa Derecho y Cuidados UAH Victoria Martínez</strong> realizó la presentación <em>“La economía política constitucional de los cuidados”</em>, mientras que <strong>la directora del Programa Género, Derecho y Justicia Social UAH Lieta Vivaldi</strong> presentó la ponencia <em>“Acoso y violencia en las Universidades: aproximaciones desde los cuidados y los afectos”</em>.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-76423 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/01/2.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>El docente <strong>Tomás Jordán</strong> expuso en el panel <strong>«¿Reforma Política o Electoral?»</strong>, donde examinó críticamente el proyecto de reforma constitucional que introduce reformas al sistema político y electoral.</p>
<p>Y, por último, <strong>el Secretario Ejecutivo de ICON-S Chile y docente Ariel Pérez</strong> presentó <em>“Conflictos de legalidad y conflictos de constitucionalidad en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional”</em> y <em>“El derecho al recurso y la acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional”</em>.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-76433 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/01/9.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>La jornada finalizó con la <strong>charla de clausura «Proyecto de reforma constitucional al gobierno judicial y al sistema de nombramiento de jueces»</strong>, a cargo del ministro de Justicia y Derechos Humanos Jaime Gajardo Falcón, con comentarios de Marisol Peña y Eduardo Aldunate.</p>
<p>En el cierre del evento se dio a conocer el recientemente electo Consejo Directivo de ICON-S Chile y se renovó el mandato de los Co-presidentes Miriam Henríquez y Eugenio García Huidobro.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-76421 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2025/01/1.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
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		<title>Gonzalo García en Emol TV: “Las prioridades sociales no se transmiten a través del sistema regular de legislación”</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/gonzalo-garcia-las-prioridades-sociales-no-se-transmiten-a-traves-del-sistema-regular-de-legislacion/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Jan 2025 12:35:22 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
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					<description><![CDATA[El académico de Derecho UAH y autor del libro «Postconstitucionalismo chileno. Una radiografía del estado actual de la Constitución» (DER Ediciones), Gonzalo García Pino, abordó en una entrevista con Emol [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El académico de Derecho UAH y autor del libro <a href="https://www.derediciones.com/products/preventa-el-postconstitucionalismo-chileno-una-radiografia-del-estado-actual-de-la-constitucion-entrega-a-partir-del" target="_blank" rel="noopener">«Postconstitucionalismo chileno. Una radiografía del estado actual de la Constitución»</a> (DER Ediciones), Gonzalo García Pino, abordó en una entrevista con <a href="https://tv.emol.com/detail/20241216090823137/en-vivo-ex-ministro-del-tc-gonzalo-garcia-aborda-el-debate-constitucional" target="_blank" rel="noopener">Emol TV</a> los desafíos que enfrenta el sistema político chileno en medio del debate presupuestario y los procesos constitucionales.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-76263 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2024/12/postconstitucionalismo-gonzalo-garcia.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>Según García, “hay un problema de que las prioridades sociales no se transmiten a través del sistema regular de legislación, por eso no hay una sensación de un cierre de ciclo”. En su análisis, destacó que los procesos constitucionales recientes han carecido de un proyecto claro que permita una reflexión sobre el rumbo del país, limitándose a procedimientos que no logran convocar grandes mayorías ni consolidar un marco constitucional robusto.</p>
<p>García subrayó la importancia de establecer reglas claras que permitan la fluidez del sistema político y económico. “Tenemos que llegar a acordar cuáles son esas reglas del juego que nos permitan participar ampliamente”, señaló. Asimismo, planteó que su concepto de “postconstitucionalismo” responde a la necesidad de enfrentar los dilemas no resueltos del actual régimen constitucional, que no ha logrado adaptarse ni a modelos identitarios ni a los de corte liberal.</p>
<p><iframe loading="lazy" title="YouTube video player" src="https://www.youtube.com/embed/Zjzg6PpAuzo?si=MYYsLxrb6mKKckbz" width="560" height="315" frameborder="0" allowfullscreen="allowfullscreen"></iframe></p>
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		<item>
		<title>[COLUMNA] Interés penal tributario, interés de recargo y ley penal más favorable, por Patricia Toledo y Gonzalo García</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/columna-interes-penal-tributario-interes-de-recargo-y-ley-penal-mas-favorable-por-patricia-toledo-y-gonzalo-garcia/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 17 Dec 2024 11:04:39 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
		<category><![CDATA[patricia toledo]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
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					<description><![CDATA[Publicada en El Mercurio Legal La Ley 21.713, publicada el 24 de octubre de 2024 en el Diario Oficial, relativa a la dictación de normas destinadas a asegurar el cumplimiento [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2024/12/12.12.2024_Interes-penal-tributario-interes-de-recargo-y-ley-penal-mas-favorable_Patricia-Toledo-y-Gonzalo-Garcia.pdf" target="_blank" rel="noopener">Publicada en El Mercurio Legal</a></p>
<p>La Ley 21.713, publicada el 24 de octubre de 2024 en el Diario Oficial, relativa a la dictación de normas destinadas a asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias dentro del Pacto por el crecimiento económico, el progreso social y la responsabilidad fiscal, contiene normas que no solo tienden a profundizar un modelo de cumplimiento, sino que en algún caso supone una reducción de un duro estándar normativo previo.</p>
<p>Este es el ejemplo de la reforma del inciso tercero del artículo 53 del Código Tributario que regula el monto del interés penal del 1,5% mensual por cualquier clase de deuda tributaria que se tenga con el fisco. Se trata de una regla con una finalidad disuasoria y se basa en la necesidad de asegurar el pronto pago de los tributos que se adeudan al fisco, pero se traduce en una tasa altísima del 18% anual.</p>
<p>El Código Tributario de 1960 (DFL 190 de 1960) había fijado el monto de dicho interés tributario en 2,5 % mensual. El Código de 1974 (DL 830 de 1974) lo fijó en 1,5 % mensual y la Ley 18.110 lo volvió a situar en 2,5 %. Será la Ley 18.682, de 1987, la que repuso la cifra anterior en 1,5 % mensual hasta esta reforma legislativa que, para este efecto, entrará en vigencia a contar del 1 de enero de 2025.</p>
<p>Con la presente reforma se elimina el establecimiento de un monto fijo, a cambio de una evolución de las tasas de interés a las que se les aplicaría un recargo de un 3,5 % en total (“El contribuyente estará afecto además a un interés penal diario, en caso de mora en el pago del todo o de la parte que adeude de cualquier clase de impuestos o contribuciones. El interés penal será determinado a partir de la tasa de interés corriente aplicable a operaciones a un año o más, reajustables en moneda nacional, inferiores o iguales al equivalente de 2.000 unidades de fomento, publicada por la Comisión para el Mercado Financiero, incrementada en 3,5%. Este interés se calculará sobre valores reajustados en la forma señalada en el inciso primero y se determinará por cada día de retraso”).</p>
<p>La regla no tiene una explicación circunstanciada1. Asimismo, esta regla se excluye del régimen sancionatorio cuando se trate de acuerdos anticipados. En principio, se trata de un tipo de regla que viene a modularse con la evolución de la economía imponiendo un impuesto adicional de retardo, que es el efecto disuasivo que refuerza la noción de cumplimiento.</p>
<p>El modelo anterior fue cuestionado constitucionalmente desde el requerimiento presentado por Guillermo Piedrabuena ante el Tribunal Constitucional (STC 1951/2011). La impugnación constitucional de un marco de interés penal rígido tenía varias dimensiones de cuestionamiento por parte de quienes han alegado en contra de esta regla. El Tribunal Constitucional ha acogido requerimientos declarando inaplicable el precepto ya derogado en las causas que se indican (STCs 1951-11; 3440-17;4170-17; 4623-18; 6082-19; 6866-19; 7864-19; 8458-20; 9503-20; 12020-21 y 13411-22). Por el contrario, hay una decena de requerimientos rechazados frente a esta impugnación (STCs 2489-13; 3079-16; 8606-20; 13252-22; 13.769 -22; 13.985 -23; 13986-23; 14114-23; 14.115 -23 y 14737-23).</p>
<p>El fundamento del reclamo constitucional consistiría en que un interés penal de esa magnitud vulnera el derecho de igualdad ante la ley porque da el mismo tratamiento a un contribuyente cuya morosidad es reprochable que al contribuyente moroso por causas que no le son imputables como, por ejemplo, que la morosidad se produzca por la tardanza de los tribunales de justicia en resolver el reclamo del contribuyente.</p>
<p>Además, se sostiene que vulnera el derecho a un procedimiento justo y racional porque implicaría un impedimento de acceso a la justicia, porque su reclamo no suspende los efectos del tiempo que, en la medida que crecen tornan sustancialmente más caro el derecho a impugnar una decisión administrativa que establece un tributo o impone una sanción. Asimismo, el efecto antitutela judicial se produciría en los casos de lenidad por tramitaciones jurisdiccionales extensas sin límite temporal razonable.</p>
<p>El tribunal en los casos de acogimiento, junto con examinar el efecto monetario del retardo, recogía que había tres efectos centrales detrás de esta norma. Uno era que los intereses eran un efecto accesorio de la deuda principal a la cual debía estar sometido en su totalidad. Lo segundo es que los intereses se imponen de un modo automático lesionando derechos procesales como el acceso a la justicia y tercero, que eran una sanción propiamente tal, la que se imponía sin forma de juicio de un modo autoritativo sin proceso alguno.</p>
<p>Por el contrario, esta regla era susceptible de ser tenida por constitucional por cuanto si bien su nombre la identificaba como interés penal, era una institución propiamente civil a la que accedía. Segundo, que no podía confundirse el interés de retardo con una sanción administrativa ni con el interés de recargo tributario.</p>
<p>Más allá de esta jurisprudencia constitucional, los términos en que parece esta regla tienen relación con un interés penal aparentemente más favorable. La pregunta es si los casos vigentes pueden acceder a esa interpretación aplicándose retroactivamente. Para asumir, el efecto retroactivo hay que estar al examen de las normas transitorias.</p>
<p>Por lo mismo, solo cabe citar el artículo primero transitorio que dispone que “las modificaciones incorporadas en los artículos 3,53 y 55 entrarán en vigencia a partir del 1 de enero de 2025”. Esto viene acompañado de una regla temporal especial que indica que “cuando por aplicación de las nuevas disposiciones corresponda determinar intereses por periodos anteriores al segundo semestre de 2002 será aplicable, respecto a dichos periodos la tasa de interés que corresponda al segundo semestre de 2002”.</p>
<p>¿Cómo entender la combinación de la regla general, la norma especial anterior al 2002, el interregno entre el 2002 y el 2025 y el ciclo en régimen que abre la ley? Todo ello importa la tarea de cómo los tribunales de justicia interpretarán y aplicarán esta regla. En cualquier caso, es evidente que las determinaciones administrativas previas no lograrán cerrar en el casuismo significativo de asuntos que se abrirá. En cualquier caso, se trata de una norma benigna para los contribuyentes.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>[COLUMNA] Democracia chilena, temporada de precuela, por Gonzalo García</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/columna-democracia-chilena-temporada-de-precuela-por-gonzalo-garcia/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 16 Nov 2024 11:03:11 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
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					<description><![CDATA[Publicada en Revista Mensaje Los jóvenes votan por primera vez en octubre en elecciones locales y regionales con voto obligatorio real, cuestión que solo pasó en los plebiscitos constituyentes de [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Publicada en Revista Mensaje</p>
<p>Los jóvenes votan por primera vez en octubre en elecciones locales y regionales con voto obligatorio real, cuestión que solo pasó en los plebiscitos constituyentes de 2022-2023. Con ello, la política se les vuelve una decisión inescapable. La principal decisión es ser ciudadano protagonista u objeto de la política.</p>
<p>Pero esto se da en un contexto preocupante de descreimiento juvenil en la democracia, una tendencia que se está manifestando en Europa y también Sudamérica. «Para buena parte de los jóvenes la política no tiene capacidad para cambiar las cosas, para mejorar sus vidas o para posibilitarles un futuro mejor».</p>
<p><a href="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2024/11/Revista-Mensaje-Nov-2024_Democracia-chilena-temporada-de-precuela_Gonzalo-Garcia.pdf" target="_blank" rel="noopener">LEE la columna completa aquí</a></p>
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		<title>El «Diccionario Constitucional Chileno» cumple 10 años y proyecta su 3° edición para 2025</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/el-diccionario-constitucional-chileno-cumple-10-anos-y-proyecta-su-3-edicion-para-2025/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 04 Nov 2024 12:02:27 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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		<category><![CDATA[diccionario constitucional]]></category>
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					<description><![CDATA[En una columna publicada en El Mercurio Legal, los autores y docentes Gonzalo García y Victoria Martínez (UAH) y Pablo Contreras (UCEN) destacan los logros del «Diccionario Constitucional Chileno» que [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>En una columna publicada en El Mercurio Legal, los autores y docentes Gonzalo García y Victoria Martínez (UAH) y Pablo Contreras (UCEN) destacan los logros del <strong>«Diccionario Constitucional Chileno»</strong> que este 2024 cumple 10 años desde su publicación.</p>
<p><a href="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2024/10/Diez-anos-del-Diccionario-Constitucional-chileno_Martinez-y-Garcia.pdf" target="_blank" rel="noopener">Puedes leer la columna completa aquí</a></p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-74981 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2024/10/diario_constitucional_chileno_10_anos.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>En el mes de octubre de este año la sentencia Rol N° 15.036 -2023 del Tribunal Constitucional, sobre vacunación obligatoria, cita al <a href="https://www.diccionarioconstitucional.com/" target="_blank" rel="noopener">Diccionario Constitucional Chileno</a> respecto de la libertad de elección del sistema de salud. Esta cita indica la vigencia del diccionario, que este 2024 cumple 10 años desde la publicación de su primera edición.</p>
<p>El décimo aniversario de este libro parece una buena oportunidad para destacar algunos de sus logros. La primera edición, publicada por el Tribunal Constitucional (Cuaderno N° 55), contó con mil copias de distribución gratuita. Además, esta versión se encuentra disponible online en el sitio web del tribunal, donde ha sido descargada miles de veces. La segunda edición fue publicada por Hueders en el año 2016, con 4 mil copias impresas. Es un libro de más de mil páginas, con más de 500 entradas que explican alrededor de 440 conceptos. Todos ellos parten desde el texto constitucional y se complementa con aquellos que provienen de la teoría política, la filosofía del derecho, el derecho internacional de los derechos humanos y distintas disciplinas, como el derecho civil, penal, laboral y tributario, entre otras.</p>
<p>Uno de los objetivos iniciales de este proyecto era explicar toda la Constitución, incluyendo los puntos ciegos que se producen en la misma, con muchísimos artículos, preceptos o incisos que se alejan de la macro explicación del constitucionalismo, pero que están más cerca de nuestras prácticas normativas. Las cuestiones constitucionales son mucho más que la teoría de la separación de poderes y su carta de derechos fundamentales, aunque estas siguen siendo centrales en toda la arquitectura del derecho. Sin embargo, hay una completa descripción de múltiples problemas normativos que justifican su incorporación y que exigen su uso.</p>
<p>Durante esta década, el Diccionario se ha convertido en un texto ampliamente usado por estudiantes de pregrado, abogados/as y jueces. Particularmente, es un texto apreciado en el examen de grado de Derecho Constitucional en diversas facultades, por reunir en su seno una de las expresiones más sintéticas del derecho vigente. Es citado en publicaciones académicas nacionales e internacionales, en sentencias y escritos judiciales, y en textos de divulgación. Se encuentra en los catálogos de bibliotecas institucionales y universitarias, en librerías jurídicas y generales y en múltiples sitios web. También lo hemos hallado en bibliotecas relevantes del mundo en Derecho Comparado, como la Comisión de Venecia, el Max Planck o en tribunales constitucionales, como el de España.</p>
<p>Durante el primer proceso constituyente, liderado por la Presidenta Michelle Bachelet en el año 2016, el diccionario fue incluido como material educativo para los diálogos ciudadanos. Posteriormente, la Biblioteca del Congreso Nacional utilizó los conceptos definidos por el Diccionario para sistematizar los registros de los encuentros locales autoconvocados. En el año 2017, tres conceptos del Diccionario fueron incluidos en el Diccionario Panhispánico del Español Jurídico, bajo el alero de la Real Academia Española.</p>
<p>Los presupuestos teóricos que impulsaron la creación del Diccionario se mantienen vigentes, a pesar de los vaivenes constitucionales de los últimos años. La Constitución es fundamental para el sistema normativo y debe estudiarse de forma completa, incluyendo todas sus cláusulas y disposiciones transitorias. La Constitución debe ser observada como un sistema, en el cual cada norma y cada concepto debe ser adecuadamente conectado. Se trata de un texto vivo que dialoga y se actualiza por la actividad de las y los legisladores y de la jurisprudencia.</p>
<p>Es evidente que se abre una nueva etapa para un libro de esta naturaleza. Está actualizado hasta el 31 de diciembre de 2015, con tan solo 38 leyes de reforma constitucional, en circunstancias que hoy hay 72 leyes que han reformulado ampliamente el texto fundamental. Su modo de seguir colaborando al sentido del derecho vivo y vigente es trabajar por ese ciclo que se abrió en 2016 y que, más allá de sus fracasos, implicó cambios que son parte de nuestro ordenamiento y que son centrales de analizar.</p>
<p>En esos años hay jurisprudencia de nuestros tribunales superiores de justicia ordinaria y constitucional que han aplicado criterios nuevos sobre la Constitución. Se han dictado decenas de leyes que concretan mandatos constitucionales, y las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos han definido condenas a nuestro país y configurado nuevas tendencias interpretativas que es necesario recoger, como el efecto de tutela directa sobre derechos sociales.</p>
<p>En fin, el sentido de conmemorar un libro no tiene un sentido laudatorio, sino que solo adquiere valor por el compromiso que supone volver a situar la alternativa de una tercera versión renovada, ampliada y corregida. Esperamos que el 2025 podamos cumplir esa promesa.</p>
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		<title>Núcleo Constitucional UAH expone sus iniciativas en el Grupo de Interés de ICON•S</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/nucleo-constitucional-uah-expone-sus-iniciativas-en-el-grupo-de-interes-de-icons/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 25 Oct 2024 12:08:21 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
		<category><![CDATA[Núcleo Constitucional UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Sebastián Salazar]]></category>
		<category><![CDATA[Victoria Martínez]]></category>
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					<description><![CDATA[El miércoles 22 de octubre, Sebastián Salazar (coordinador) y Victoria Martínez (investigadora) expusieron representando al Núcleo Constitucional UAH en el Grupo de Interés de ICON•S sobre conceptos en derecho comparado, [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El miércoles 22 de octubre, Sebastián Salazar (coordinador) y Victoria Martínez (investigadora) expusieron representando al Núcleo Constitucional UAH en el Grupo de Interés de ICON•S sobre conceptos en derecho comparado, ante una audiencia de académicas y académicos desde Australia, Argentina, Brasil, Chile, Egipto, Inglaterra, Alemania, Israel, Italia, Japón, México, Portugal, Suecia, Turquía y de los Estados Unidos.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-74843 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2024/10/nucleo_exposicion_icons_1.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>El profesor UAH Sebastián Salazar expuso las actividades y publicaciones del Núcleo Constitucional UAH, especialmente durante los procesos constituyentes en Chile. Destacó el trabajo sostenido durante ambos procesos, lo que incluye investigaciones, clases abiertas, seminarios e iniciativas populares de normas.</p>
<p>La profesora UAH Victoria Martínez abordó la metodología de desarrollo del <strong><em>Diccionario Constitucional Chileno</em></strong> escrito por los profesores UAH Gonzalo García y Victoria Martínez, y por el profesor Pablo Contreras de la Universidad Central. Explicó el contexto que dio origen a este libro, sus objetivos y la organización del trabajo.</p>
<p>Asimismo, detalló algunos de los logros del Diccionario Constitucional Chileno: la publicación de dos ediciones (2014, 2016) con alrededor de 5,000 copias impresas, y su difusión gratuita en el sitio web del Tribunal Constitucional. Resaltó su valor formativo y su incorporación en instancias públicas, como los Diálogos Ciudadanos de 2016 y como herramienta de análisis en la Biblioteca del Congreso Nacional.</p>
<p>El <a href="https://www.icon-society.org/concept-integration/" target="_blank" rel="noopener">Grupo de Interés de ICON•S</a> sobre conceptos en derecho comparado apoya la colaboración entre académicos/as interesados/as en la comparación, integración y aplicación sistemática de conceptos en derecho comparado. Esto, a través de la formación de una comunidad académica de diversos campos y regiones; reuniones colaborativas que permitan a los participantes presentar sus investigaciones y compartir datos, métodos y mejores prácticas en concepto y diseño de investigación en derecho comparado; la creación de un repositorio público de conceptos de derecho comparado para proporcionar una base para la integración de conceptos en diversos grupos de investigación a nivel mundial, y la puesta en común de nuevas herramientas digitales que busquen conceptos en ontologías y documentos relacionados, como leyes, fallos judiciales y constituciones.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-74845 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2024/10/nucleo_exposicion_icons_2.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
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		<title>Gonzalo García: “No veo una condición objetiva para que la acusación constitucional prospere”</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/gonzalo-garcia-no-veo-una-condicion-objetiva-para-que-la-acusacion-constitucional-prospere/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 02 Oct 2024 16:25:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
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					<description><![CDATA[Entrevista en Radio Cooperativa El director del Núcleo Constitucional de la Universidad Alberto Hurtado, Gonzalo García, cuestionó el sustento de la acusación constitucional contra la ministra del Interior, Carolina Tohá, [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://www.cooperativa.cl/noticias/pais/politica/camara-baja/academico-retroceso-en-acusacion-a-boric-deja-sin-sustento-la-de-toha/2024-10-01/204118.html" target="_blank" rel="noopener">Entrevista en Radio Cooperativa</a></p>
<p>El director del Núcleo Constitucional de la Universidad Alberto Hurtado, Gonzalo García, cuestionó el sustento de la acusación constitucional contra la ministra del Interior, Carolina Tohá, luego que Renovación Nacional bajara el intento de libelo contra el Presidente Gabriel Boric.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-74444 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2024/10/gonzalo_garcia_cooperativa.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>En <a href="https://www.litoralpress.cl/sitio/RadioTV_Detalles.cshtml?LPKey=75JTIMOLIG25L7Z2ROMCGF5ZCPRLP6RTZTIY23ZWJ6TVCOECJCXDZ5DTFSAGJA5TVSVTK7A34SOAW" target="_blank" rel="noopener">conversación con Cooperativa</a>, el académico explicó «en términos estrictos, realmente no hay escenario jurídico para ser presentada» una acusación constitucional contra el Mandatario, y reflexionó que «esto es simplemente un intento de un cambio de escenario que al final no resultó».</p>
<p>En esta línea, indicó que «el solo anuncio de presentarlo contra el Presidente de la República, termina dejando sin sustento la sola pretensión de la acusación constitucional en contra de la ministra del Interior. Las causales son prácticamente las mismas, entonces cuando tú retiras esa solicitud de acusación constitucional, en la práctica, estás también soslayando o retirando o creyendo que no tiene mérito una acusación constitucional en contra de la ministra del Interior».</p>
<p>«Y además -continuó-, creo que no tiene por qué tenerla, porque los únicos elementos adicionales de las causales en contra de un ministro tienen que ver con el hecho de que infrinja la Constitución o las leyes o haya dejado sin ejecución las leyes en términos generales».</p>
<p>Asimismo, destacó que «más allá de que uno pueda tener apreciaciones críticas respecto de la gestión del Ministerio del Interior, lo cierto es que cuesta mucho encontrar un Ministerio del Interior que haya enviado más proyectos de ley, que haya reformulado las reglas y muchas normativas en materia de seguridad. Y justamente se trata aquí de lo contrario: ¿cuáles son las que ha dejado de ejecutar? Muchas de ellas todavía simplemente se están debatiendo en el Parlamento».</p>
<p>«Todavía no veo ninguna condición objetiva para que una acusación de esa naturaleza prospere», subrayó.</p>
<h4>ACUSACIONES CONTRA LOS SUPREMOS SÍ TIENEN SUSTENTO</h4>
<p>Por otro lado, respecto a las acusaciones constitucionales contra los ministros de la Corte Suprema, Ángela Vivanco, Sergio Muñoz y Jean Pierre Matus, el profesor de derecho señaló que las acusaciones constitucionales contra los ministros de la Corte Suprema Ángela Vivanco, Sergio Muñoz y Jean Pierre Matus sí «necesitan ser analizadas en su mérito», ya que «ahí hay problemas completamente reales, no me parece que sean un invento o que sean una excusa», como las de Tohá y Boric.</p>
<p>«Me parece que éstas sí tienen sustento para analizarse abiertamente, sin ninguna duda», remarcó.</p>
<p>Finalmente, analizó que los libelos contra ministros de Estado buscan hacer efectiva la responsabilidad política, «sea que resulte o no en su destitución, y ese yo creo que es el principal problema», porque se establece «un incentivo perverso, se está mal utilizando (el recurso), la progresión de uso es extraordinariamente radical».</p>
<p>«Ha sido un instrumento evidente de polarización y necesita ser reexaminado. No me parece razonable que una medida de ultima ratio como esta termine teniendo tan pocos requisitos, menos que una interposición de una interpelación o una comisión de investigadores», cerró.</p>
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