<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:wfw="http://wellformedweb.org/CommentAPI/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	xmlns:slash="http://purl.org/rss/1.0/modules/slash/"
	>

<channel>
	<title>Noticias &#8211; Facultad de Derecho UAH</title>
	<atom:link href="https://derecho.uahurtado.cl/seccion/noticias/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://derecho.uahurtado.cl</link>
	<description>Universidad Alberto Hurtado</description>
	<lastBuildDate>Mon, 28 Sep 2026 12:59:31 +0000</lastBuildDate>
	<language>es</language>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	

<image>
	<url>https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/06/cropped-favicon-32x32.png</url>
	<title>Noticias &#8211; Facultad de Derecho UAH</title>
	<link>https://derecho.uahurtado.cl</link>
	<width>32</width>
	<height>32</height>
</image> 
	<item>
		<title>[Carta al director] Sumarios administrativos: una reforma pendiente, por Enrique Rajevic</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/carta-al-director-sumarios-administrativos-una-reforma-pendiente-por-enrique-rajevic/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 28 Sep 2026 12:59:31 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Enrique Rajevic]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80944</guid>

					<description><![CDATA[Publicada en La Tercera El reciente informe de Contraloría General de la República (CGR) que da cuenta de 485 funcionarios/as de la Administración Central suspendidos/as preventivamente en sumarios administrativos entre [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/carta-al-director-LT_Sumarios-administrativos_Enrique-Rajevic.pdf">Publicada en La Tercera</a></p>
<p>El reciente informe de Contraloría General de la República (CGR) que da cuenta de 485 funcionarios/as de la Administración Central suspendidos/as preventivamente en sumarios administrativos entre 2020 y marzo de 2026, en 13 casos por 4 o más años, pone de relieve tanto la extensa duración de los procesos disciplinarios en la Administración como la disfuncionalidad que puede tener la suspensión preventiva de los/as inculpados/as, particularmente porque siguen percibiendo su remuneración o, de haberse cerrado la investigación con propuesta de destitución, el 50%.</p>
<p>La demora reduce el efecto preventivo de estas indagaciones y dificulta su éxito, particularmente si no se logra reunir pruebas con rapidez, pero es frecuente si consideramos que cada sumario requiere comisionar personal para que se desempeñe como fiscal y actuario, manteniendo sus demás ocupaciones, y que el primero debe tener un rango equivalente al del inculpado. Agréguese que no siempre se cuenta con investigadores especializados y que se trata de un procedimiento rígido; dependiendo del caso, pueden requerirse múltiples diligencias. Cerrada la investigación, toca a la jefatura superior estudiar los antecedentes y tomar una decisión, susceptible de recursos. Y aunque hay plazos, se entiende que no son fatales. Iniciar otro procedimiento por las demoras es posible, pero a la vista del cuadro descrito suena a broma de mal gusto.</p>
<p>Simplificar y agilizar estos procedimientos requiere reformas legales y mejor gestión. El ideal sería contar con investigadores externos especializados y con dedicación exclusiva (labor que a veces realiza CGR), pero esto supone recursos adicionales o un mejor uso de los existentes. En el contexto de la transformación digital, convendría disponer de plataformas que faciliten la tramitación con trazabilidad y transparencia, cautelando la reserva cuando corresponda. La suspensión preventiva, debería ser fundada y con duración máxima. Los sumarios que involucren a personal de mayor jerarquía deberían resolverse por Contraloría (para evitar el conflicto de intereses que generan en la autoridad), que también podría sancionar directamente los casos de tardanza injustificada.</p>
<p>La propia CGR acaba de emitir hace pocos días un instructivo que, entre otros puntos, recuerda la necesidad de cumplir los plazos y el carácter excepcional y justificado de las suspensiones preventivas, generando un sistema para hacerles seguimiento. Un avance a destacar pero, que sin cambios legales, será insuficiente. Es de esperar que estos lleguen pronto porque casos como los descritos afectan, injustificadamente, el prestigio de nuestro sector público.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Sebastián Salazar publica artículo en revista francesa dedicada al Derecho Público comparado</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/sebastian-salazar-publica-articulo-en-revista-francesa-dedicada-al-derecho-publico-comparado/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 25 Sep 2026 18:30:54 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Investigación]]></category>
		<category><![CDATA[Sebastián Salazar]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80940</guid>

					<description><![CDATA[El docente de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado y coordinador académico del Núcleo Constitucional, Sebastián Salazar, publicó el artículo «Chile’s Consejo Fiscal Autónomo as Knights of [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El docente de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado y coordinador académico del Núcleo Constitucional, Sebastián Salazar, publicó el artículo <em><strong>«Chile’s Consejo Fiscal Autónomo as Knights of Fiscal Policy?»</strong></em> («¿El Consejo Fiscal Autónomo de Chile como caballero de la política fiscal?»), en la revista francesa <a href="https://publications-prairial.fr/droit-public-compare/index.php?id=140&amp;lang=en">Droit Public Comparé</a> (N°6), dedicada al derecho público comprado.</p>
<p><img fetchpriority="high" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80942 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/sebastian-salazar-articulo.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>En el <a href="https://publications-prairial.fr/droit-public-compare/index.php?id=869#quotation">artículo</a>, el autor analiza el Consejo Fiscal Autónomo (CFA) de Chile bajo el enfoque de Derecho y Economía Política, sosteniendo que funciona como un instrumento institucional de la ideología (neo)liberal autoritaria.</p>
<p>Basado en principios de autonomía, neutralidad tecnocrática y despolitización, el CFA incorpora una economía política neoliberal en la constitución material de Chile, operando así como una restricción estructural para las decisiones de política fiscal redistributiva.</p>
<p>A través de tres ejes analíticos —el (neo)liberalismo autoritario, el papel constitutivo del derecho en la organización económica y el déficit democrático—, el artículo examina la evolución y el desarrollo de las normas fiscales chilenas desde la dictadura militar hasta la actualidad.</p>
<p>Concluye que las reglas fiscales y el CFA conforman un arreglo institucional simbiótico que vacía de contenido la deliberación democrática en los órganos representativos, consolidando una transformación constitucional material que cierra la puerta a enfoques alternativos en la formulación de políticas fiscales.</p>
<h3><a href="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/droit-public-compare-869.pdf">Descarga el artículo (en inglés) aquí</a></h3>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>«Estar andando»: investigación respalda la movilidad como forma legítima de ocupación del territorio</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/estar-andando-investigacion-respalda-la-movilidad-como-forma-legitima-de-ocupacion-del-territorio/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 24 Sep 2026 19:52:04 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[catalina mansilla]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Investigación]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80931</guid>

					<description><![CDATA[Una nota publicada en Cooperativa Ciencia destacó el trabajo de la investigadora postdoctoral de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Catalina Mansilla, quien demostró que los constantes [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Una nota publicada en <a href="https://www.cooperativaciencia.cl/tendencias/2026/09/17/estudian-como-la-movilidad-entre-campo-y-ciudad-sostiene-el-territorio-aymara/">Cooperativa Ciencia</a> destacó el trabajo de la <strong>investigadora postdoctoral de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Catalina Mansilla</strong>, quien demostró que los constantes desplazamientos entre el campo y la urbe representan una estrategia activa y comunitaria para habitar, sostener y defender el territorio indígena.</p>
<p><img decoding="async" class="aligncenter wp-image-80936 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/catalina-mansilla-investigacion_2.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>Mansilla ha desarrollado durante varios años <strong>una investigación en el norte de Chile junto a mujeres aymara,</strong> constatando que mantienen sus vínculos territoriales mediante una intensa dinámica translocal, desplazándose periódicamente entre los centros urbanos y las zonas rurales para preservar la ganadería, las redes de cuidado y los lazos intergeneracionales.</p>
<p>Durante su trabajo de campo etnográfico, Mansilla identificó una expresión recurrente: <strong>«estar andando»</strong>.</p>
<p>Fue esta expresión la que utilizó Mansilla para respaldar que este <strong>tipo de movilidad es una forma legítima de ocupación ha permitido integrar la diversidad de movilidades en los marcos de gobernanza territorial y en los tribunales de justicia.</strong></p>
<p>Esto porque la institucionalidad chilena reconoce una movilidad más asociada a la trashumancia pastoral clásica, pero tiene más <strong>dificultades para considerar los flujos entre el campo y la ciudad como una forma de ocupación del territorio</strong>.</p>
<p>Fuente: <a href="https://www.cooperativaciencia.cl/tendencias/2026/09/17/estudian-como-la-movilidad-entre-campo-y-ciudad-sostiene-el-territorio-aymara/">cooperativaciencia.cl</a></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Académicos UAH participan en las VI Jornadas Nacionales de Derecho Probatorio</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/academicos-uah-participan-en-las-vi-jornadas-nacionales-de-derecho-probatorio/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 23 Sep 2026 15:33:27 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[diego dei vecchi]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[rodrigo coloma]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80924</guid>

					<description><![CDATA[Rodrigo Coloma y Diego Dei Vecchi, académicos de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, fueron parte de las VI Jornadas Nacionales de Derecho Probatorio que se realizaron [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Rodrigo Coloma y Diego Dei Vecchi, académicos de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, fueron parte de las <strong>VI Jornadas Nacionales de Derecho Probatorio</strong> que se realizaron en Valparaíso la última semana de agosto.</p>
<p><img decoding="async" class="aligncenter wp-image-80925 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/jornadas-probatorio-1.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>Las Jornadas Nacionales de Derecho Probatorio —organizadas por el Consorcio de Derecho Probatorio y la Facultad de Derecho de la Universidad de Valparaíso— buscan <strong>promover la investigación en derecho probatorio, difundir estudios originales sobre teoría y práctica de la prueba</strong>, favorecer el intercambio entre la academia y los operadores del sistema de justicia, y analizar los desafíos que enfrentan los distintos sistemas procesales en materia probatoria.</p>
<p>Además, es uno de los principales encuentros académicos especializados en derecho probatorio en Chile, y reúne a investigadores/as, profesores/as, jueces/zas, litigantes y estudiantes para debatir sobre los avances teóricos y prácticos de la prueba en el proceso judicial.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80928 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/jornadas-probatorio-5.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<h3>Consentimiento contractual</h3>
<p>En dicha instancia, <strong>el académico y director del Doctorado en Derecho UAH, Rodrigo Coloma</strong>, presentó la ponencia <em><strong>“¿Qué probamos cuando (decimos que) probamos el consentimiento contractual?”</strong></em>.</p>
<p>En su presentación, Coloma abordó el consentimiento como una pieza clave para otorgar el estatus de partes a dos o más sujetos que intervienen en la fase de negociación de un contrato.</p>
<p>“Al exigir su concurrencia se cautela que dichos sujetos han tenido agencia, lo que es importante para legitimar el cambio de posiciones jurídicas, es decir, pasan a ser titulares de derechos y obligaciones. Desde la perspectiva probatoria, esto supone un desafío difícil, pues requiere tomarse en serio la subjetividad de los sujetos, la cual nunca resulta directamente observable por terceros. Para ser agente debe experimentar como propia, en algún sentido, una conducta convencionalmente reconocida como expresiva de su voluntad”, aseguró.</p>
<p>El académico prestó especial atención a distintos reduccionismos en que se suele incurrir cuando se prueba el consentimiento contractual. Así, lo que constituye la prueba del consentimiento contractual no suele calzar con el fenómeno complejo que lo constituye. Además, aludió a algunos avances en neurociencia que asumen el carácter complejo de fenómenos como el otorgamiento del consentimiento.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80926 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/jornadas-probatorio-2.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<h3>“Absoluciones falsas”</h3>
<p>El <strong>académico UAH Diego Dei Vecchi</strong>, por su parte, realizó una conferencia plenaria titulada <em><strong>“‘Absoluciones falsas’. Errores materiales y estándares de prueba”</strong></em>.</p>
<p>“Es habitual tratar las “absoluciones falsas” —aquellas que favorecen a personas materialmente culpables— como la contracara de las “condenas falsas”, y considerar ambas como instancias de “error material” o “veredicto falso”. Este trabajo muestra que esa equiparación es engañosa. Solo algunas absoluciones en favor de culpables materiales pueden calificarse propiamente como falsas. Otras pueden ser erróneas, pero por razones distintas de la afirmación de una falsedad. Finalmente, se argumenta que algunas absoluciones en favor de culpables materiales son sencillamente correctas, por lo que contabilizarlas como errores no solo constituye una confusión conceptual, sino que puede tener consecuencias prácticas perjudiciales”, dijo.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80927 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/jornadas-probatorio-4.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>Además, el c<strong>andidato a doctor en Derecho UAH, Sebastián Sandoval</strong>, también participó en las Jornadas, con la ponencia <strong>“Un futuro (no tan) problemático. Sobre la prueba de hechos futuros y el problema de la incertidumbre”</strong>.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80929 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/jornadas-probatorio-3.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>&nbsp;</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Derecho UAH reconoce a 6 estudiantes con el premio “Tesina de Excelencia” 2025</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/derecho-uah-reconoce-a-6-estudiantes-con-el-premio-tesina-de-excelencia-2025/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 22 Sep 2026 19:33:22 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80909</guid>

					<description><![CDATA[El martes 22 de septiembre, autoridades, académicos y estudiantes de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado se reunieron en un almuerzo para premiar a las y los [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El martes 22 de septiembre, autoridades, académicos y estudiantes de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado se reunieron en un almuerzo para <strong>premiar a las y los autores de cuatro tesinas de grado, junto a sus respectivos profesores guías, por realizar trabajos sobresalientes.</strong></p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80912 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/tesinas-de-excelencia-1.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>El reconocimiento es liderado por la directora de Investigación de la Facultad, profesora Pamela Mendoza Alonzo, y busca destacar aquellas tesinas que van más allá del cumplimiento académico y que realizan una contribución genuina al campo jurídico. Es decir, <strong>un trabajo que demuestra autonomía intelectual, capacidad para construir una posición propia y fundada,</strong> <strong>y que trasciende los límites del ejercicio formativo,</strong> ya sea por la solidez de su argumentación, la relevancia de su pregunta o el alcance de sus conclusiones, para constituirse en un aporte real a la disciplina o a la sociedad.</p>
<p>Este año, 16 estudiantes postularon sus tesinas que durante el año académico 2025 fueron calificadas con nota igual o superior a 6,5. Para la selección, una comisión formada por académicos/as consideró los siguientes criterios: <strong>innovación, rigor y profundidad, aporte disciplinar o social, calidad metodológica y excelencia formal</strong>.</p>
<p>Así, luego de un riguroso proceso de revisión, la comisión decidió adjudicar el premio <strong>«Tesina de excelencia»</strong> a las y los siguientes estudiantes:</p>
<ul>
<li>
<h3><strong>Paloma Margarita Bahamondes Ríos</strong></h3>
</li>
</ul>
<p>Autora de la tesina <strong>“Terrorismo de Estado y Justicia Transicional: Un desafío para la democracia chilena tras el estallido social”</strong>. Profesores guías: Claudio Quintana Román y Hugo Rojas Corral.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80914 size-full" style="font-size: 14px; font-family: Roboto, Helvetica, sans-serif;" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/tesinas-de-excelencia-7.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>La investigación aborda las actuaciones estatales durante el estallido social de octubre de 2019. Es de este contexto que se abordan dos preguntas centrales: ¿El Estado de Chile actuó conforme el uso legítimo de la fuerza? y ¿el Estado de Chile ha realizado mecanismos de justicia transicional post periodo de conflicto social?<br />
A raíz del contexto social y las múltiples lesiones y vulneraciones a derechos humanos registrados por particulares y organizaciones políticas, como por ejemplo el Instituto Nacional de Derechos Humanos o Amnistía Internacional, es que se plantea, en primer lugar, la hipótesis donde se considera al Estado de Chile como autor material de violencia generalizada efectuada contra la población civil, en un modo alternativo de organización terrorista. En la dogmática penal esto se denomina “terrorismo de Estado”.</p>
<ul>
<li>
<h3>Ángel Bustamante Soto y Osvaldo Sepúlveda Rozas</h3>
</li>
</ul>
<p>Autores de la tesina <strong>“El cooperador eficaz en el crimen organizado: análisis de su nueva regulación en la Ley 21.694 y comparación con los ordenamientos jurídicos de Italia, Colombia y España”</strong>. Profesor guía: Rafael Blanco Suárez.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80915 size-full" style="font-size: 14px; font-family: Roboto, Helvetica, sans-serif;" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/tesinas-de-excelencia-5.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>La investigación analiza dogmática y críticamente la reconfiguración de la figura del cooperador eficaz en Chile, introducida por la reciente Ley N° 21.694. Históricamente, la justicia premial chilena operó mediante mecanismos dispersos y excepcionales, limitados a ilícitos específicos como el terrorismo (Ley N° 19.172) y el narcotráfico (Ley N° 20.000). Sin embargo, ante el avance y la creciente sofisticación de la criminalidad organizada, la nueva normativa traslada esta institución al Código Procesal Penal, dotándola de un carácter sistémico, transversal y de aplicación general para delitos de alta complejidad. El estudio examina el nuevo diseño orgánico de la cooperación, distinguiendo entre sus modalidades simple y calificada. Para dimensionar los alcances y los nudos críticos de esta reforma, el trabajo emplea el método comparado, contrastando el incipiente modelo chileno con las consolidadas jurisdicciones de Italia, España y Colombia.</p>
<ul>
<li>
<h3><strong>María José Godoy Lagos y Geraldine Aracelly Guerrero Morales</strong></h3>
</li>
</ul>
<p>Autoras de la tesina <strong>“Paternidad tras las rejas: el impacto del encarcelamiento en el rol paterno y derecho a la familia en Chile”</strong>. Profesor guía: Gonzalo García Pino.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80913 size-full" style="font-size: 14px; font-family: Roboto, Helvetica, sans-serif;" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/tesinas-de-excelencia-3.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>La investigación analiza el impacto del encarcelamiento en el ejercicio del derecho a la paternidad y del derecho a la familia en Chile, abordando una problemática escasamente desarrollada por la doctrina jurídica nacional. Su objetivo fue examinar si el marco normativo y las políticas penitenciarias vigentes garantizan el ejercicio de la paternidad en igualdad de condiciones para los padres privados de libertad, considerando los principios de igualdad ante la ley, protección de la familia e interés superior del niño. La investigación se desarrolló desde un enfoque interdisciplinario, integrando el análisis del Derecho Constitucional, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, la legislación chilena, doctrina especializada y estudios provenientes de la psicología y las ciencias sociales. En la misma línea, se realizó un examen crítico de la regulación penitenciaria chilena e internacional, identificando las diferencias existentes entre el tratamiento de la maternidad y la paternidad en contexto de reclusión y sus efectos sobre el mantenimiento de los vínculos familiares.</p>
<ul>
<li>
<h3><strong>Julián Enrique Santana Véliz</strong></h3>
</li>
</ul>
<p>Autor de la tesina <strong>“Tecnología persuasiva y su impacto en el consentimiento”.</strong> Profesor guía: Rodrigo Coloma Correa.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80916 size-full" style="font-size: 14px; font-family: Roboto, Helvetica, sans-serif;" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/tesinas-de-excelencia-9.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>La investigación aborda cómo la autonomía de la voluntad se ve profundamente afectada en los entornos digitales por los estímulos de diseño y el uso intensivo de datos personales. Problematiza la concepción clásica del consentimiento frente a estas nuevas influencias tecnológicas proponiendo una revisión crítica desde la dogmática jurídica para brindar protección ante estos fenómenos, priorizando ajustes interpretativos por sobre reformas legislativas. El problema central radica en que el mercado de consumo digital somete a tensiones la categoría tradicional del consentimiento, ello mediante el uso de tecnologías persuasivas, situación en que las plataformas utilizan el diseño de sus interfaces para modificar conductas e inducir decisiones sin apelar a la fuerza ni al engaño.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80917 size-full" style="font-size: 14px; font-family: Roboto, Helvetica, sans-serif;" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/tesinas-de-excelencia-10.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>«El premio Tesinas de Excelencia reconoce los mejores trabajos de nuestros estudiantes y celebra el rigor, la originalidad y la vocación jurídica. También reconoce y agradece el esmerado trabajo de los profesores guías. <strong>Como Facultad, nos sentimos muy orgullosos de estas tesinas, porque expresan la capacidad de formular preguntas complejas, investigar con profundidad y construir argumentos sólidos.</strong> Estás son competencias claves en la formación de buenos abogados y abogadas”, aseguró la decana de Derecho UAH, Miriam Henríquez Viñas.</p>
<p>La profesora Mendoza, por su parte, enfatizó que esta distinción es parte de un proceso de articulación entre la Dirección de Investigación y el pregrado, como un incentivo a las y los estudiantes de la carrera. “<strong>La Facultad valora la investigación jurídica como parte esencial de la formación de sus estudiantes y como expresión del compromiso institucional con el desarrollo del Derecho.</strong> Así, hoy celebramos el trabajo y esfuerzo de quienes han hecho de su tesina una experiencia de investigación rigurosa y significativa”, dijo.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>[COLUMNA] ¿Quién tiene derecho a sala cuna? por Miriam Henríquez</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/columna-quien-tiene-derecho-a-sala-cuna-por-miriam-henriquez/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 21 Sep 2026 13:30:58 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Miriam Henríquez]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80902</guid>

					<description><![CDATA[Publicada en La Tercera El debate sobre el proyecto de ley de sala cuna no amerita detenerse en el exabrupto del ministro del Trabajo, sino en la pregunta que le [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/Columna-LT_Quien-tiene-derecho-a-sala-cuna_Miriam-Henriquez.pdf">Publicada en La Tercera</a></p>
<p>El debate sobre el proyecto de ley de sala cuna no amerita detenerse en el exabrupto del ministro del Trabajo, sino en la pregunta que le dio origen: ¿quién es titular del derecho a sala cuna? El Senado aprobó que lo sean los niños y niñas menores de dos años, hijos de personas trabajadoras o bajo su cuidado personal. En cambio, el Ejecutivo defendió que la titularidad permanezca en la persona trabajadora y formuló reserva de constitucionalidad.</p>
<p>La diferencia no es semántica. Si el titular es quien trabaja, la sala cuna se vincula con un derecho laboral destinado a conciliar empleo y responsabilidad familiar. Si el titular es el niño o niña, el fundamento cambia y se relaciona con el cuidado, la protección de la infancia y su desarrollo integral.</p>
<p>Esta nueva perspectiva permite, además, revisar la forma en que el Derecho ha distribuido históricamente las tareas de cuidado. Durante décadas, el artículo 203 del Código del Trabajo ha asociado la sala cuna a empresas con veinte o más trabajadoras. Una norma concebida para proteger a las madres trabajadoras terminó reforzando la idea de que el cuidado corresponde principalmente a las mujeres, trasladando a su contratación un costo asociado a la maternidad. La reforma busca romper esa asociación, incorporando a padres o cuidadores y avanzar hacia una corresponsabilidad social del cuidado.</p>
<p>Pero reconocer al niño como titular implica un paso más. La sala cuna ya no existiría solo porque un progenitor necesita trabajar, sino porque los niños tienen necesidades de cuidado, atención y desarrollo que el ordenamiento decide proteger. Por eso esta discusión no es solo laboral ni de género. Es también un asunto sobre derechos de la infancia y cómo una sociedad distribuye la responsabilidad del cuidado.</p>
<p>Esa idea ha sido respaldada desde distintas posiciones políticas. Algunos parlamentarios la han defendido centrados en la infancia y el derecho al cuidado; otros, desde la libertad de las familias para decidir cómo ejercer un derecho del niño. Esa convergencia muestra que reconocer titularidad a los niños no supone ampliar las potestades del Estado sobre las familias.</p>
<p>Por ello carece de sustento en el texto aprobado afirmar, como lo sostuvo la senadora Kaiser, que este derecho permitiría al Estado “quitar” los hijos a sus padres. Ser titular de un derecho no significa estar obligado a ejercerlo. El texto no impone la asistencia a sala cuna ni autoriza a sustituir las decisiones de las familias; tampoco desplaza sus responsabilidades de cuidado ni el derecho preferente y deber de los padres de educar a sus hijos.</p>
<p>Pero la pregunta por la titularidad conduce a una segunda cuestión que la Cámara deberá considerar: si el derecho pertenece al niño, ¿por qué su ejercicio depende de que su padre, madre o cuidador tenga una vinculación laboral?</p>
<p>Corresponde a la Cámara continuar esta discusión junto con la del financiamiento. En el segundo trámite deberá responder, entonces, dos preguntas vinculadas: quién es titular del derecho a sala cuna y cuál es su alcance mientras su ejercicio sigue dependiendo de la situación laboral del padre, madre o responsable.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Tomás Pascual y Gonzalo García publican artículos en Cuadernos del Tribunal Constitucional</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/tomas-pascual-y-gonzalo-garcia-publican-articulos-en-cuadernos-del-tribunal-constitucional/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 17 Sep 2026 14:38:27 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
		<category><![CDATA[Investigación]]></category>
		<category><![CDATA[Tomás Pacual]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80898</guid>

					<description><![CDATA[Los académicos de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Tomás Pascual y Gonzalo García, participaron en un seminario, organizado por el Tribunal Constitucional y el Ministerio de [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Los académicos de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Tomás Pascual y Gonzalo García, participaron en un seminario, organizado por el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Relaciones Exteriores en mayo de 2025, <span style="font-size: 14px; color: #414141;">cuyas ponencias fueron recopiladas en el libro </span><strong style="font-size: 14px; color: #414141;">Diálogo sobre el Derecho Internacional, la Constitución y el Derecho Interno. Una visión nacional y comparada. Cuadernos del Tribunal Constitucional N° 78.</strong></p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80899 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/gonzalo-garcia-y-tomas-pascual-investigacion.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>Tomás Pascual fue parte del tercer panel «Mecanismos de cumplimiento de los tratados y de las decisiones de los órganos internacionales», con la exposición <em><strong>“Cumplimiento de decisiones internacionales de derechos humanos en Chile: tensiones, mecanismos e institucionalización”</strong> </em>(pp. 119-126).</p>
<p>Gonzalo García participó en el cuarto panel «Las sentencias estructurales y sus desafíos», donde presentó la exposición titulada <em><strong>“Sentencias estructurales y derechos humanos. Virtudes y tensiones. Una mirada nacional y experiencias comparadas”</strong></em> (pp. 156-169).</p>
<h3><a href="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/CUA-78_d.pdf">Accede al libro completo aquí</a></h3>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>[COLUMNA] Apuestas ilegales: el SII paga doble, por Gonzalo García</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/columna-apuestas-ilegales-el-sii-paga-doble-por-gonzalo-garcia/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 17 Sep 2026 12:12:06 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80884</guid>

					<description><![CDATA[Publicada en La Segunda Nunca se ha erradicado del todo el juego callejero de “Pepito paga doble”, una estafa de prestidigitación manual para incautos, donde a su alrededor se teje [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/Columna-LS_Apuestas-ilegales-el-SII-paga-doble_Gonzalo-Garcia.pdf">Publicada en La Segunda</a></p>
<p>Nunca se ha erradicado del todo el juego callejero de “Pepito paga doble”, una estafa de prestidigitación manual para incautos, donde a su alrededor se teje la burla popular al ingenuo, aunque bajo otro nombre. Sin embargo, siempre se sabe que el responsable era Pepito, quién sentía tras sus pasos el control policial o municipal.</p>
<p>¿Qué pasa cuando el acto ilegal viene de pepito-apuesta.com? La Corte Suprema terminó por declarar ilegales todas las apuestas en línea, salvo aquellas que tienen respaldo en leyes expresas (Polla, Lotería de Concepción y Teletrak). Se ha planteado un escenario de disputa económica y moral acerca de su prohibición, mientras un proyecto se tramita en el Congreso.</p>
<p>Sin embargo, hay una cuestión previa que está desnudando todo nuestro sistema jurídico. Hay fallos que no se están cumpliendo y pareciera que servicios públicos tienen derecho a interpretar libremente cuándo y cómo se cumple un fallo. Quiero recordar que la Constitución, frente a casos históricos de desacato judicial, impuso una norma taxativa que indica que para ejecutar sus resoluciones los tribunales pueden “impartir órdenes directas a la fuerza pública” (art. 76).</p>
<p>La Corte de Apelaciones de Santiago, en la ejecución de su fallo, le ordenó a la Subsecretaría de Telecomunicaciones bloquear sitios de apuestas ilegales. Subtel, previo chequeo con la Superintendencia de Casinos, definió el listado específico de éstos, y ordenó a las empresas proveedoras de Internet para restringir el acceso a estos sitios.</p>
<p>En horas se activaron sitios espejos que burlan abiertamente la acción judicial. Llegó el momento que la Corte imponga el derecho de hoy frente a tamaño desafío. El futuro de un hipotético proyecto de ley no puede operar como la sombra de la tolerancia actual. Si no se impone el derecho hoy, ¿de qué vale la certeza que el país reclama en otros sectores? Y creo que el Servicio de Impuestos Internos ha encontrado la solución.</p>
<p>Logró que varios sitios de apuestas ilegales paguen impuestos, en una interpretación abiertamente inconstitucional. Sin embargo, ahí está la respuesta. La vía de perseguir a Pepito virtual debe transformarse en perseguir al Pepito real. Sólo la retención de los dineros de los apostadores permitirá que esa actividad ilegal concluya. Es increíble que Subtel no pille, lo que el SII cobra. Los desaparecidos emprendedores aparecen como contribuyentes.</p>
<p>Es extraña tanta tolerancia por parte de la Corte de Apelaciones de Santiago. Tiene herramientas claras respecto de autoridades, empresas en línea y apostadores. La seriedad del país reside en cumplir sus leyes, aunque no gusten. Ojalá que esto no se transforme en una nueva apuesta, esta vez a Polymarket, para ver si se cumple esta predicción.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Género e infancias: candidata a doctora en Derecho UAH Valentina Silva organiza seminario sobre la importancia de fallar con perspectiva</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/genero-e-infancias-candidata-a-doctora-en-derecho-uah-valentina-silva-organiza-seminario-sobre-la-importancia-de-fallar-con-perspectiva/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 16 Sep 2026 15:27:47 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Doctorado]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80881</guid>

					<description><![CDATA[El 08 de septiembre, se realizó el seminario «¿Cómo fallar con perspectiva? Aportes desde el género, la interdisciplina y los derechos de la infancia», organizado por Valentina Silva de manera [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El 08 de septiembre, se realizó el seminario «<strong>¿Cómo fallar con perspectiva? Aportes desde el género, la interdisciplina y los derechos de la infancia»</strong>, organizado por Valentina Silva de manera remota.</p>
<p>En esta instancia presentaron cuatro especialistas: <strong>Verónica Wegner,</strong> doctora en Derecho PUCV y profesora asociada Facultad de Derecho UAI; ⁠⁠<strong>Claudia Toba</strong>, candidata a doctora de la Escuela de Criminología y Justicia Criminal, Griffith University (Queensland, Australia) e integrante del CEDEMI de la Universidad de Talca, participando en el Programa de Derechos de las minorías sexuales y género-afectivas; <strong>Pilar Maturana</strong>, doctoranda en Estudios Avanzados en Derechos Humanos por la Universidad Carlos III de Madrid y directora de la Asociación de Magistradas Chilenas; y <strong>Valentina Silva Berríos</strong>, candidata a doctora en Derecho de la Universidad Alberto Hurtado y Universidad de Génova. Además, estuvo moderada por el estudiante del Doctorado en Derecho UAH, <strong>Allan Gallardo</strong>.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80882 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/seminario-valentina-silva.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>Durante el seminario, la profesora Wegner presentó sobre la importancia de incluir la <strong>perspectiva de género en el Derecho de Famila </strong>a partir del análisis de casos de divorcio. Maturana abordó la importancia de incorporar <strong>perspectivas, como infancia y género,</strong> a partir de jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Toba expuso sobre la incorporación de la <strong>perspectiva de género en sede penal</strong>, a propósito del análisis de casos de violencia; y Silva se refirió a la <strong>justicia adaptada a la infancia como perspectiva aplicable</strong> a partir de la Convención de los Derechos del Niño.</p>
<p><iframe loading="lazy" title="YouTube video player" src="https://www.youtube.com/embed/OIxVHgm_Aw0?si=QLvrmF9j71OUoSaD" width="560" height="315" frameborder="0" allowfullscreen="allowfullscreen"></iframe></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Rosa María Olave en CNN Chile: «El diálogo nos invita a encontrarnos con personas que no necesariamente pensamos igual»</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/rosa-maria-olave-en-cnn-chile-el-dialogo-nos-invita-a-encontrarnos-con-personas-que-no-necesariamente-pensamos-igual/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 16 Sep 2026 12:02:08 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80876</guid>

					<description><![CDATA[La académica y directora del Programa de Mediación y Resolución de Conflictos de la Universidad Alberto Hurtado, Rosa María Olave, participó en el programa «Pares Impares» de CNN Chile del [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La académica y directora del Programa de Mediación y Resolución de Conflictos de la Universidad Alberto Hurtado, Rosa María Olave, participó en el programa <strong>«Pares Impares» de CNN Chile</strong> del 07 de septiembre, en el que se abordó el valor de los facilitadores del diálogo y que contó con diversos testimonios.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80878 size-medium" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/Captura-de-pantalla-2026-09-14-124653-680x386.png" alt="" width="680" height="386" srcset="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/Captura-de-pantalla-2026-09-14-124653-680x386.png 680w, https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/Captura-de-pantalla-2026-09-14-124653-1024x582.png 1024w, https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/Captura-de-pantalla-2026-09-14-124653.png 1385w" sizes="auto, (max-width: 680px) 100vw, 680px" /></p>
<p>Alfredo Zamudio explicó que «dialogar es una forma de comunicación que ofrece el tiempo y el espacio para que las personas puedan mostrar la complejidad de sus respectivas realidades. Es un espacio seguro para que tú puedas traer lo que tú quieres».</p>
<p>Mientras que la profesora Olave aclaró que <strong>«el diálogo nos invita a encontrarnos con personas que no necesariamente pensamos igual o que aparentemente podríamos pensar igual, pero que no necesariamente es así».</strong></p>
<p>Sobre la tarea de las y los facilitadores de diálogo, en el programa se planteó lo desafiante que es ese rol que busca «crear puntos de encuentro», como señala Zamudio, especialmente <span style="font-size: 14px;">cuando el diálogo navega en torno a temáticas más complejas.</span></p>
<p>«<strong>Una cualidad de los facilitadores es que logra sostener al grupo en distintos momentos de una conversación, sobre todo cuando hay grupos donde, por ejemplo, están en conflicto.</strong> Es muy difícil que un grupo que está en conflicto converse tranquilamente, sin que surjan emociones con cierta intensidad», afirmó Olave.</p>
<p><iframe loading="lazy" title="YouTube video player" src="https://www.youtube.com/embed/H69uqKZh9go?si=CJCT1urp9C46a5hE" width="560" height="315" frameborder="0" allowfullscreen="allowfullscreen"></iframe></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Candidata a doctora Bernardita Conley presentó investigación sobre el deber de confidencialidad contractual</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/candidata-a-doctora-bernardita-conley-presento-investigacion-sobre-el-deber-de-confidencialidad-contractual/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 15 Sep 2026 14:07:35 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Doctorado]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80872</guid>

					<description><![CDATA[El miércoles 9 de septiembre se realizó el “Seminario 3” de Bernardita Conley Garrido, candidata a doctora en Derecho por la Universidad Alberto Hurtado y profesora de la Universidad Autónoma [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El miércoles 9 de septiembre se realizó el “Seminario 3” de <strong>Bernardita Conley Garrido, candidata a doctora en Derecho por la Universidad Alberto Hurtado</strong> y profesora de la Universidad Autónoma de Chile, con la presentación titulada <em><strong>“Deber de confidencialidad contractual sobre la protección de información reservada sin regulación específica”</strong></em>.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80873 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/bernardita-conley-seminario-3_1.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>La actividad tuvo por objeto presentar y discutir los principales avances de su investigación doctoral en torno a la <strong>protección de aquella información reservada que, pese a carecer de un régimen legal específico de protección, es comu</strong>nicada entre las partes en el contexto de una relación contractual.</p>
<p>Durante su exposición, la candidata a doctora en Derecho abordó especialmente los mecanismos que permiten fundamentar jurídicamente su protección en el Derecho Civil chileno, distinguiendo entre la obligación de confidencialidad de fuente convencional, particularmente a través de los acuerdos de confidencialidad o NDA, y el deber secundario de confidencialidad que puede integrarse al contrato mediante el principio de buena fe.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80874 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/bernardita-conley-seminario-3_2.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>El seminario fue moderado por la profesora <strong>Pamela Mendoza Alonzo</strong> y contó con los comentarios de las profesoras <strong>Macarena Olea Jorquera y María Elisa Morales Ortiz,</strong> quienes formularon observaciones destinados a profundizar distintos aspectos de la investigación y contribuir al desarrollo del artículo presentado.</p>
<p>La instancia dio lugar a un enriquecedor espacio de discusión académica, con docentes y estudiantes, que permitió abordar tanto los fundamentos del deber de confidencialidad como los desafíos que plantea la protección de información reservada cuando no existe una regulación especial aplicable.</p>
<p>La actividad forma parte de los <strong>Seminarios de Discusión del Doctorado en Derecho de la Universidad Alberto Hurtado</strong>, que tiene como finalidad la presentación y discusión de los avances de investigación de sus estudiantes.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>[Carta al director] Reforma a la justicia civil, por Lorena Espinosa</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/carta-al-director-reforma-a-la-justicia-civil-por-lorena-espinosa/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 15 Sep 2026 12:01:02 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[lorena espinosa]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80869</guid>

					<description><![CDATA[Publicada en La Tercera Señor Director: El anuncio del gobierno de reactivar la postergada Reforma Procesal Civil vuelve a poner sobre la mesa una deuda pendiente de nuestro sistema. Entre [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://www.latercera.com/cartas-al-director/noticia/reforma-a-la-justicia-civil/">Publicada en La Tercera</a></p>
<p>Señor Director:</p>
<p>El anuncio del gobierno de reactivar la postergada Reforma Procesal Civil vuelve a poner sobre la mesa una deuda pendiente de nuestro sistema. Entre las razones que justifican su urgencia está el costo económico de la inacción. Un reciente estudio de Clapes UC estima que el país deja de percibir más de US$2.000 millones anuales por no reformar un sistema de justicia civil obsoleto. La cifra es elocuente, pero el impacto podría ser aún mayor: la OCDE estima que, en la mayoría de los países, la incapacidad de resolver problemas legales genera pérdidas de entre el 0,5% y el 3% del PIB.</p>
<p>Sin embargo, la urgencia de reemplazar un código de 1902 no es solo una cuestión de eficiencia económica. El acceso efectivo a la justicia civil es un pilar fundamental del Estado de Derecho, pues constituye una condición básica para hacer efectivos otros derechos. La justicia civil también habilita el desarrollo sostenible e inclusivo: sin acceso efectivo a ella, las metas en ámbitos como la salud y la vivienda resultan difíciles de alcanzar.</p>
<p>Ante todo, se trata de un imperativo democrático. Según la literatura, el acceso efectivo a la justicia es, en sí mismo, una forma de participación democrática, y el alejamiento de las personas de su propia ley no es solo un problema de política social, sino un fracaso de la democracia. En Chile, mientras los usuarios recurrentes del sistema —los “repeat players” de Galanter, como grandes empresas y el Estado— navegan el sistema con destreza, la ciudadanía se enfrenta a un modelo diseñado por y para abogados. A ello se suma que la evidencia muestra que los problemas legales se agrupan y desencadenan otros, generando círculos viciosos de necesidades jurídicas, económicas y sociales que afectan desproporcionadamente a los grupos más vulnerables de la población.</p>
<p>Pero el desafío es aún mayor. A nivel mundial, solo uno de cada diez conflictos legales llega a manos de jueces o abogados; cerca de la mitad no se resuelve y, entre los que sí se resuelven, apenas un 4% lo hace por decisión judicial. Esta brecha exige una arquitectura de cambio que trascienda los tribunales y el proceso judicial tradicional: una reforma que mire únicamente aquello que ocurre dentro de los tribunales seguirá dejando fuera del diseño de la justicia a cerca del 90% de la ciudadanía.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Gonzalo García en Cooperativa: «Se está utilizando la Constitución como arma arrojadiza»</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/gonzalo-garcia-en-cooperativa-se-esta-utilizando-la-constitucion-como-arma-arrojadiza/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 14 Sep 2026 12:03:08 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80866</guid>

					<description><![CDATA[El director del Núcleo Constitucional, Gonzalo García Pino, conversó con la periodista Paula Molina en el programa «Lo que queda del día» de Radio Cooperativa, sobre el primer policy brief [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[

El director del Núcleo Constitucional, Gonzalo García Pino, conversó con la periodista Paula Molina en el <a href="https://www.cooperativa.cl/noticias/pais/politica/constitucion/constitucion-como-arma-arrojadiza-estudio-revelo-que-se-han-ingresado/2026-09-10/195557.html" target="_blank" rel="noopener">programa «Lo que queda del día» de Radio Cooperativa</a>, sobre el <a href="https://www.uahurtado.cl/nucleo-constitucional-uah/">primer <em>policy brief</em> de <strong>«Cuestiones constitucionales»</strong> </a>en el que se muestra que en tres años se han ingresado 270 reformas constitucionales.

 

«Nosotros concentramos la mirada en qué es lo que ha pasado con proyectos de reforma constitucional presentados en el Congreso desde que se cerraron estos procesos el 17 de diciembre del 2023. <strong>Y nos hemos encontrado con sorpresas no menores y que explican alguna parte de las cosas que están pasando ahora»</strong>, dijo en la entrevista.

 

El académico explicó que, durante ese tiempo, <strong>se han presentado 270 proyectos de reforma constitucional, a un ritmo de 8 reformas por mes durante el gobierno de Boric, y de 9 reformas constitucionales al mes durante el actual gobierno.</strong> De los 270 proyectos, hay 260 que continúan en tramitación y solo cuatro se han convertido en ley.

 

«Esto es una cierta radiografía del nivel de la política entrampada en cuestiones menores. <strong>Ya no son los debates ideológicos de antaño, sino que es utilizar la Constitución como arma arrojadiza. Y, evidentemente, lo que va arrastrando es la devaluación de la propia idea de lo constitucional</strong>, lo que genera problemas porque, tarde o temprano, hay un deterioro de las reglas de convivencia», aseguró el académico.

 

<strong>«La cuestión constituyente en el Congreso vive una realidad que probablemente no es la misma que tiene la sociedad chilena»,</strong> afirmó, refiriéndose al volumen de proyectos que se encuentran en tramitación, entre los cuales, 68 buscan reexaminar el sistema político y electoral; 59 pretenden revisar cuestiones económicas, de propiedad y de tributos; 52 sobre aspectos de seguridad y crimen; y 46 son proyectos sobre derechos sociales.

 

Sobre la propuesta de reforma constitucional en temas de seguridad del actual gobierno, García dijo que «la cuestión de tener una Constitución para la seguridad ya está completa. Creo que no se sostiene ninguna norma constitucional más, porque la pregunta es: <strong>¿qué utilidad tiene alguna norma en este plano? Sus utilidades son simplemente para seguir deteriorando las reglas de convivencia»</strong>.

]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>[COLUMNA] El 11 y el gobierno: la conmemoración ausente, por Claudio Agüero</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/columna-el-11-y-el-gobierno-la-conmemoracion-ausente-por-claudio-aguero/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 11 Sep 2026 13:30:14 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[claudio agüero]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80862</guid>

					<description><![CDATA[Publicada en Ciper Chile Este viernes se cumplen 53 años del golpe de Estado y la fecha es importante porque será la primera conmemoración bajo la presidencia de José Antonio [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://www.ciperchile.cl/2026/09/11/el-11-y-el-gobierno-la-conmemoracion-ausente/">Publicada en Ciper Chile</a></p>
<p>Este viernes se cumplen 53 años del golpe de Estado y la fecha es importante porque será la primera conmemoración bajo la presidencia de José Antonio Kast. El primer presidente, desde el retorno a la democracia, que llega a La Moneda sin haber hecho un gesto de distanciamiento respecto de la dictadura del general Pinochet. Gesto que la derecha de la transición sí hizo.</p>
<p>A principios de esta semana, el gobierno anunció que no habrá actividades oficiales. Según informa la prensa, ese día el Presidente estará en una gira por la región de Los Ríos, y a los partidos de gobierno se les comunicó en el comité político ampliado que no se contemplan ceremonias. Desde la oposición, la senadora Paulina Vodanovic pidió al menos un pronunciamiento del ministro de Justicia y Derechos Humanos. En este contexto, la pregunta que quiero responder es esta: ¿qué tipo de política de la memoria es la de un gobierno que decide no hacer ninguna ceremonia?</p>
<h3>Un marco</h3>
<p>Para responder la pregunta planteada usaré el capítulo de Maria Mälksoo sobre política iliberal de la memoria, incluido en el Oxford Handbook of Illiberalism (2023-2024). Ella define la política iliberal de la memoria como una política estatal de la memoria, antipluralista y excluyente, que surge como reacción a una experiencia previa de política liberal de la memoria y a la desilusión con ella. Por eso la califica de postliberal: una política iliberal de la memoria no es cualquier manipulación del pasado, sino que es una respuesta a algo que estuvo vigente.</p>
<p>Del capítulo de Mälksoo me interesan tres distinciones. Primero, la autora formula dos tipos ideales: la política liberal y la política iliberal de la memoria. Segundo, la coerción no sirve como criterio para distinguir una de otra, porque los Estados liberales también prohíben discursos de memoria. Como ejemplos, cita las leyes que criminalizan la negación del Holocausto en Alemania, Francia y Bélgica. Tercero, la iliberalidad puede alojarse en los fines de una política o en sus medios. De este modo, no basta con observar qué se dice defender al ejecutar una política de memoria, lo que hay que mirar es qué se busca, con qué instrumentos se pretende conseguir y con qué efectos.</p>
<p>En ese marco la autora describe y analiza acciones estatales: leyes de memoria, currículos escolares, museos, monumentos, conmemoraciones patrocinadas por el Estado y causas judiciales contra historiadores revisionistas. Por ello, la unidad de análisis es un Estado que hace algo con el pasado. A partir de esa unidad de trabajo, Mälksoo describe cómo el Estado intenta instalar lo que ella denomina, siguiendo a Jennifer Dixon, una state story. Una traducción imperfecta puede ser “relato del estado”: una narración uniforme, protegida y vigilada. Por supuesto, Mälksoo no estudia a Chile. Todo lo que sigue es mi aplicación al caso chileno y corre por mi cuenta.</p>
<h3>¿Cuándo el silencio cuenta como una conducta?</h3>
<p>Callar no equivale a afirmar algo, y el silencio no es una omisión. Solo cabe hablar de omisión en sentido fuerte cuando se incumple una norma que impone el deber de hacer eso que no se hizo. Por eso, una omisión adquiere significado político cuando existe la expectativa de que cierta práctica social se produzca. Esa práctica y esas expectativas existen porque, desde el retorno a la democracia, todos los antecesores del presidente Kast hicieron algo en esta fecha, con distintos énfasis y distintos grados de compromiso y, a veces, de incomodidad. Sobre ese trasfondo, no hacer nada es una decisión: la decisión es omitir. Hasta aquí todo lo dicho puede afirmarse a partir del comportamiento del gobierno sin forzar ninguna interpretación. Ahora bien, que la decisión de omitir la ceremonia sea una decisión deliberada no la vuelve automáticamente una decisión iliberal.</p>
<h3>Una lectura benévola</h3>
<p>El silencio del gobierno puede interpretarse de forma caritativa. Mälksoo reconoce que hay un continuo interno al liberalismo entre dos extremos. Por un lado, hay un liberalismo hands-off, poco intervencionista que deja hacer a la sociedad. Y, por otro lado, hay un liberalismo coercitivo que está dispuesto a proteger su núcleo usando normas jurídicas. Podría argumentarse que el gobierno se sitúa deliberadamente en el primer extremo y, entonces, argüir que la decisión de omitir la ceremonia se sostiene en una idea simple, una especie de subsidiariedad de la memoria: al Estado no le correspondería prescribir cómo debe recordar el pasado. La conmemoración pertenecería a la sociedad, a los cuerpos intermedios, a los partidos, a las agrupaciones de víctimas y otras organizaciones civiles.</p>
<p>Bajo esta lectura caritativa, el silencio, la retirada y la omisión de la ceremonia no achican el espacio de la memoria, sino que lo agrandan. Este argumento tiene respaldo en la literatura. Lea David (2020) ha mostrado que los mandatos externos de recuerdo, impuestos como estándares que fijan la manera correcta de enfrentar el pasado, con frecuencia producen el efecto contrario al buscado. Esto no demuestra que la abstención estatal sea preferible. Pero permite construir la mejor versión de un supuesto argumento del gobierno: quizás no hacer una conmemoración evite que el Estado prescriba una versión oficial de ella. La pregunta es si esta lectura caritativa calza con los hechos.</p>
<h3>El problema del silencio selectivo</h3>
<p>Esta lectura no encaja con los hechos. La razón es que el liberalismo hands-off exige un fuerte estándar en el silencio estatal. Un Estado que se retira de una fecha, de una conmemoración, debe retirarse por completo. Y eso no es lo que está ocurriendo. El ministro de Seguridad Pública habló sobre el 11 de septiembre y dijo que está bien manifestarse pacíficamente y conmemorar, y que una cosa distinta es la violencia y el ataque a los cuarteles policiales. Dijo, también, que Carabineros y la PDI estarán preparados frente a potenciales actos violentos.</p>
<p>No es posible objetar que el ministro se ocupe del orden público en una fecha que todos los años tiene manifestaciones. El problema es que parece ser la única autoridad gubernamental que habla sobre esta fecha. En cambio, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, a quien la oposición ha pedido pronunciarse, no comparece ante la prensa. Entonces, la lectura de liberalismo hands-off se cae, porque la ausencia del Estado no es completa. Las declaraciones del ministro de Seguridad Pública terminan produciendo otro efecto: redefinir o reetiquetar una fecha que es molesta para el gobierno. El 11 de septiembre parece que deja de ser un asunto de memoria y derechos humanos, y pasa a ser tratado como un asunto policial, donde el único problema estatal sería asegurar el orden público.</p>
<p>Aquí conviene precisar algo: el gobierno no es toda la derecha política. Los partidos de la coalición oficialista sí hablaron y lo hicieron en términos democráticos: el presidente de la UDI llamó a reflexionar sobre lo que estuvo en peligro y el timonel de Evópoli llamó a sacar lecciones sobre por qué Chile perdió la democracia y cómo la recuperó. La abstención es del gobierno, no de la derecha. Es una omisión específicamente estatal.</p>
<h3>¿Qué se evita cuando no se conmemora?</h3>
<p>Una conmemoración no es solo un par de números rojos en un calendario. Una ceremonia oficial obliga a quien ejerce el poder político a hablar públicamente de aquello sobre lo que, quizás, preferiría callar. Una ceremonia crea, además, una instancia de rendición de cuentas, porque obliga a dar razones sobre qué ocurrió, quiénes fueron las víctimas, qué se condena y qué no. Una ceremonia tiene la virtud de exigir respuestas al poder político y permite comparar lo que dicen los gobernantes en ceremonias anteriores. Poco a poco, se estable una expectativa social y un deber de coherencia. En palabras simples, una tradición.</p>
<p>Mi hipótesis es que la omisión del gobierno tiene menos que ver con una doctrina sobre el papel del Estado en la memoria y más con evitar una ocasión de interpelación pública. Porque sin ceremonia no hay una tribuna, sin una tribuna no hay prensa, sin prensa no hay preguntas y sin preguntas el gobierno no tiene que decir, en un lenguaje que no admite ambigüedades, qué es lo que cree sobre el golpe de Estado de 1973, sobre las violaciones a los derechos humanos, sobre los diecisiete años que siguieron y sobre las causas judiciales pendientes, entre otros asuntos.</p>
<p>Lo que he afirmado en el párrafo anterior es una hipótesis y conviene tratarla como tal, es decir, con condiciones de refutación. Si se tratase de una convicción de principio, creo que deberíamos observar una abstención simétrica en otras fechas cargadas de significado (por ejemplo, el 12 de octubre) y una justificación pública del criterio de actuación gubernamental. Porque un gobierno que cree que el Estado no debe conmemorar ninguna fecha debería poder explicar su criterio de actuación. Si, en cambio, estamos ante la política de la avestruz, lo que deberíamos observar es un silencio selectivo y ningún criterio explicitado. La diferencia es observable y no depende de la adivinación de las intenciones detrás de las conductas.</p>
<p>Aquí conviene ser preciso con las palabras. Marlies Glasius (a quien Mälksoo cita) hace una distinción útil: llama prácticas iliberales a las que erosionan la autonomía y la dignidad de las personas y llama prácticas autoritarias a las que sabotean la rendición de cuentas y con ella el acceso de las personas a la información y a formarse una opinión. La omisión del gobierno no restringe la libertad de expresión de nadie ni censura interpretaciones rivales, de modo que no es una práctica iliberal. Pero la omisión del gobierno sí evita la rendición de cuentas, porque impide someter al escrutinio público la posición del gobierno sobre el golpe militar. En términos de Glasius, esta omisión encaja mejor como una práctica autoritaria que como una práctica iliberal.</p>
<p>El Estado chileno tiene una memoria institucional bien sedimentada sobre el periodo 1973-1990. Está en los informes Rettig y Valech, en los sitios de memoria, en el Plan Nacional de Búsqueda y en el currículo escolar. Un gobierno puede modificar legítimamente los énfasis, el lenguaje y ciertas prioridades. Es verdad que la ceremonia conmemorativa es la capa más visible de la política de memoria, pero no necesariamente es la capa más importante de la política pública de memoria del Estado de Chile.</p>
<p>A mí, personalmente, la omisión del gobierno no me preocupa demasiado en sí misma, si se cumple una condición: que se mantengan estables las instituciones que gestionan la política de la memoria que el Estado ha construido desde el retorno a la democracia. Si ellas siguen operando, con financiamiento estable y con sus mandatos jurídicos intactos, la abstención del viernes habrá sido pura prudencia o simple cálculo político. Pero si el gobierno comienza a recortar los presupuestos, alterar los mandatos o revisar los relatos institucionales asentados, la omisión de ceremonia habrá sido solo el primer movimiento de otra cosa. El asunto se resolverá mirando las decisiones del gobierno, por eso, este viernes no habrá que observar sólo lo que el gobierno diga, que seguramente será muy poco. Lo que hay que analizar es qué preguntas dejarán de formularse porque no habrá nadie obligado a responderlas.</p>
<h3>Fuentes y bibliografía</h3>
<ul>
<li>Dixon, Jennifer M. Dark Pasts: Changing the State&#8217;s Story in Turkey and Japan. Ithaca, NY: Cornell University Press, 2018.</li>
<li>Mälksoo, Maria. «Illiberal Memory Politics». En Marlene Laruelle (ed.), The Oxford Handbook of Illiberalism, Oxford University Press, 2023 (online) / 2024 (impresa), pp. 415-432. DOI: 10.1093/oxfordhb/9780197639108.013.13.</li>
<li>Glasius, Marlies. «Illiberal Practices». En A. Sajó, R. Uitz y S. Holmes (eds.), Routledge Handbook of Illiberalism, Routledge, 2021, pp. 339-350.</li>
<li>David, Lea. The Past Can&#8217;t Heal Us: The Dangers of Mandating Memory in the Name of Human Rights. Cambridge University Press, 2020.</li>
<li>Mannheim, Karl. Man and Society in an Age of Reconstruction. Harcourt, Brace, 1940.</li>
<li>Fuentes, Cristóbal. «Oposición presiona al gobierno para pronunciarse por el 11 de septiembre». La Tercera, 7 de septiembre de 2026.</li>
</ul>
<p><strong>Nota:</strong> las categorías atribuidas expresamente a Maria Mälksoo proceden del capítulo citado. Su aplicación al caso chileno, la hipótesis sobre la abstención gubernamental y las conclusiones son de responsabilidad del autor. Mälksoo no analiza Chile.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>[COLUMNA] Los documentos secretos de la planificación del golpe de Estado, por Pablo Seguel</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/columna-los-documentos-secretos-de-la-planificacion-del-golpe-de-estado-por-pablo-seguel/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 10 Sep 2026 15:20:39 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[pablo seguel]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80858</guid>

					<description><![CDATA[Columna publicada en Ciper Chile En las fojas 2.509 a 2.517, tomo III de la causa rol nº 1-73 de la Fiscalía de Aviación se conserva un documento excepcional. Es [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://www.ciperchile.cl/2026/09/09/antes-del-11-de-septiembre-los-documentos-secretos-de-la-planificacion-del-golpe-de-estado/">Columna publicada en Ciper Chile</a></p>
<p>En las fojas 2.509 a 2.517, tomo III de la causa rol nº 1-73 de la Fiscalía de Aviación se conserva un documento excepcional. Es la defensa escrita del coronel en retiro de la Fuerza Aérea Pedro Guerrero Rojas, procesado por “traición a la patria” en el mismo Consejo de Guerra que juzgó al general Alberto Bachelet junto con un centenar de integrantes de la institución y civiles.</p>
<p>Guerrero no era un opositor al golpe, pero fue detenido el 13 de diciembre de 1973 y procesado. Su delito: supuestamente haber facilitado secretos militares a una familiar militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). En su escrito de defensa se declara leal a las Fuerzas Armadas, reivindica el “pronunciamiento” y sostiene que su trabajo fue indispensable para su éxito. Precisamente por eso su testimonio tiene un valor singular.</p>
<p>Durante 1973, Guerrero se desempeñó como jefe del Departamento de Operaciones del Estado Mayor de la Defensa Nacional (EMDN). Desde ese puesto tuvo acceso a la documentación secreta de la defensa nacional y la seguridad interior: el Plan de Guerra Nacional, el Plan de Guerra de las Fuerzas Armadas, los planes de guerra de cada rama y el Plan Nacional de Seguridad Interior, entre otros. Según declara, aquella planificación estaba bajo su custodia, debía ser revisada y modificada por él, y luego elevada al jefe del EMDN.</p>
<p>Su afirmación más relevante señala a foja 2.509: “Durante 1973, prácticamente desde marzo de ese año, inició la preparación de la planificación para la toma del Poder Político por parte de las Fuerzas Armadas”. Guerrero sitúa así el golpe de Estado como el resultado de una planificación institucional desarrollada durante varios meses en el principal organismo de conducción estratégica de las Fuerzas Armadas, descartando así que se tratara de una reacción improvisada ante los acontecimientos del 11 de septiembre o de una coordinación definida pocos días antes.</p>
<p>El ex coronel identifica los productos de ese trabajo, tales como una Directiva de Seguridad elaborada aproximadamente en julio; Directivas de Orden Interno de agosto; y el Plan Lautaro, fechado en septiembre de 1973 y firmado, según su testimonio, por los comandantes en jefe de las tres ramas. Este último habría establecido “los lineamientos y disposiciones generales para el Pronunciamiento Militar”. También consigna el radiograma enviado a las 7:30 del 11 de septiembre a los comandantes de las Áreas Jurisdiccionales de Seguridad Interior (CAJSI), ordenándoles asumir la responsabilidad política, económica y militar de sus respectivas regiones.</p>
<p>La declaración aporta detalles concretos de cómo se planificó estratégicamente el golpe de Estado y cómo operacionalmente se puso en marcha la acción. Semanas antes del golpe ─afirma Guerrero─ se instalaron en su oficina del EMDN equipos de emergencia de Radio Nacional y Radio Agricultura. Estas emisoras debían encabezar la transmisión cuando fueran silenciadas las demás radios y difundir los bandos de la Junta Militar. También, señala que la Central de Operaciones de las Fuerzas Armadas (COFFAA) fue constituida con antelación para coordinar las operaciones, distribuir información y producir análisis diarios de la situación. Consumado el golpe, él asumió su jefatura bajo dependencia directa del jefe y del subjefe del EMDN.</p>
<p>Su testimonio es elocuente en señalar que las modificaciones al Plan de Seguridad Nacional “Lautaro” y al Plan de Seguridad Interior “Hércules” quedaron contenidas en las directivas del EMDN. Allí, escribe, se dispuso el traspaso del poder político a las Fuerzas Armadas, la coordinación operacional de la COFFAA y la instalación de una Junta de Comandantes en Jefe. Las disposiciones abarcaban comunicaciones, asignación de fuerzas y selección de objetivos. Lautaro también habría fijado que, desde el “día D”, Chile pasaría del tiempo de paz al “tiempo de guerra” y se establecerían los tribunales militares correspondientes.</p>
<p>El documento debe leerse con cautela, ya que Guerrero escribió para defenderse de una acusación grave y buscaba demostrar que no había entregado información al “enemigo”. Tenía, por tanto, un interés evidente en magnificar su lealtad a la Junta Militar y su importancia en el golpe de Estado. Además, denunció haber prestado declaraciones después de sufrir torturas y presiones. Una fuente judicial producida en esas condiciones no puede aceptarse de manera aislada ni literal. No obstante, en la investigación doctoral que efectué corroboré que sus afirmaciones tenían sustento. Parte de esa investigación recientemente la publiqué como un artículo académico.</p>
<p>Como mostré en estos trabajos, sus afirmaciones coinciden con documentación institucional conservada en la misma causa y con reglamentos obtenidos mediante solicitudes de acceso a la información en el marco de la investigación doctoral que financió el Ministerio de Ciencias de Chile. El Reglamento Orgánico y de Funcionamiento del EMDN, DN L-201, aprobado en 1960, asignó a este organismo la elaboración de los Documentos Primarios de la Seguridad Nacional y de los Documentos Secundarios de la Defensa Nacional. Sus departamentos de Operaciones e Inteligencia debían preparar planes conjuntos, producir apreciaciones de situación, organizar la contrainteligencia y mantener sistemas de control sobre entidades y personas consideradas sospechosas.</p>
<p>El reglamento confirma que la inteligencia militar llevaba su propio registro de personas consideradas “subversivas” y “antichilenas”. El art. 34 de la Sección II-B de contrainteligencia señala como función el “Planificar la investigación de las actividades de subversión, sabotaje y espionaje, contrarias a los intereses nacionales o militares, que se desarrollan en territorio nacional o extranjero y proponer las medidas para su eliminación o neutralización”. Se señala además, en la letra C, la misión de “Establecer y mantener al día el sistema de control de entidades y personas que desarrollen actividades antichilenas o sospechosas de hacerlo, dentro y fuera del territorio nacional”.</p>
<p>En la misma investigación doctoral, mostré algunos de los contenidos de estas herramientas de la defensa y seguridad nacional, los que desde finales de la década de 1960 se abocaron hacia el problema de la “subversión”. A foja 3.567 del tomo XIII de la Causa Rol 1-73, el Estado Mayor General de la Fuerza Aérea informó mediante Oficio Reservado N°40/17-173/012/141 del 17 de junio de 1974, que las planificaciones de seguridad interior de las Fuerzas Armadas desde 1969 tuvieron una “clara reorientación para afrontar acciones subversivas”. Informando que en caso de que “durante la vigencia del Estado de Sitio, las Fuerzas Armadas deben [sic]operar contra fuerzas rebeldes organizadas, ya sean urbanas o rurales, el Comandante General de Guarnición del Correspondiente CAJSI, será designado Comandante en Jefe de las Fuerzas de la jurisdicción y entrarán en vigencia los Tribunales Militares de Tiempo de Guerra, en conformidad a los artículos 72 y 73 del Código de Justicia Militar”.</p>
<p>Esta orientación quedó estructurada como un criterio general de acción de las fuerzas armadas. Como mostré en otra investigación publicada, desde el fallido intento de golpe de Estado de junio de 1973 conocido como el Tanquetazo, las fuerzas armadas ajustaron el conjunto de su planificación de guerra y sus planes de defensa interior. Así lo informó el general de División Herman Brady, Jefe del EMDN en 1974, al general de brigada (A) Juan Soler Manfredini quien presidía el Consejo de Guerra de la Fuerza Aérea. En este oficio el general Brady informó que el 20 de julio de 1973 se adoptó en el EMDN la “Directiva de Actualización del Plan Ejecutivo de Seguridad Interior” y el 24 de agosto de 1973 el “Plan Antisubversivo Lautaro”. Cada uno de estos planes implicó “medidas a ejecutarse por los Jefes de Áreas Jurisdiccionales de Seguridad Interior, a través de los mandos institucionales” (6).</p>
<p>El golpe utilizó, por consiguiente, una arquitectura que no nació en septiembre de 1973. La infraestructura que se utilizó desde la década de 1960 para hipótesis de conflicto interno en 1973 fue actualizada para una finalidad distinta: tomar el poder en una situación de crisis. Si bien esta afirmación ha sido comentada desde la década de 1990 por testimonios de oficiales golpistas, el valor de esta documentación es histórica ya que permite analizar en concreto cómo sucedió este proceso.</p>
<p>Pero además, el testimonio de Guerrero agrega algo que esos documentos, leídos por separado, no decían: sitúa el comienzo de la planificación específica para la toma del poder en marzo de 1973 e identifica al Departamento de Operaciones del EMDN como uno de sus centros de elaboración. Es decir, sin vinculaciones con el general del Ejército Augusto Pinochet Ugarte. Esta documentación contradice sus afirmaciones en las que se atribuye la elaboración estratégica del golpe como indicó a mediados de la década de 1970.</p>
<p>Guerrero afirma que el EMDN al trabajar en esa planificación, buscó información sobre la izquierda que luego fue incorporada a informes de Operaciones e Inteligencia elaborados desde julio y que al momento del golpe de Estado se transformaron en los bandos militares que la Junta utilizó para detener a los militantes de organizaciones sociales y políticas considerados “subversivos”.</p>
<p>Este hallazgo permite distinguir dos temporalidades. La primera es la construcción de larga duración de un dispositivo de seguridad interior: normas de excepción, doctrinas contrasubversivas, inteligencia militar, cadenas de mando y jurisdicciones territoriales. La segunda corresponde a la preparación operacional del golpe: la adaptación de esos instrumentos para tomar el poder, neutralizar opositores, controlar las comunicaciones, ocupar el territorio y activar la justicia militar. La existencia de la primera no demuestra por sí sola una conspiración. El ejercicio interpretativo es más fino.</p>
<p>El testimonio y los planes elaborados en 1973 permiten documentar el tránsito entre ambas dimensiones y reformular una pregunta histórica conocida. El estudio de la planificación del golpe de Estado no se agota en establecer cuándo cada comandante decidió sumarse a la conspiración ni en identificar a los civiles que la promovieron. Revisitar históricamente el quiebre de la democracia en Chile exige analizar cómo una decisión política se convirtió en un conjunto de órdenes ejecutables a escala nacional.</p>
<p>La investigación que he desarrollado durante la última década ha intentado aportar a esa respuesta, mostrando cómo la materialización del golpe requirió una estructura operativa mucho más compleja que la voluntad de los mandos institucionales comprometidos en la conjura. Su ejecución demandó planes, enlaces de comunicaciones, información de inteligencia, unidades preparadas, objetivos previamente seleccionados y autoridades territoriales en condiciones de asumir el mando.</p>
<p>El 11 de septiembre fue posible porque esos elementos habían sido ensamblados previamente, en un dispositivo de seguridad nacional que se desarrolló sin control civil y que nos alerta de los riesgos para una democracia cuando los estados de excepción se tornan norma y se involucra a las fuerzas armadas en labores para lo que no han sido creadas constitucionalmente.</p>
<p>La investigación nos abre una interrogante histórica y un debate que otros países han abordado con altura de miras.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Equipo de NuestramemoIA expone en seminario internacional UC “Sitios de memoria, archivos y humanidades digitales”</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/equipo-de-nuestramemoia-expone-en-seminario-internacional-uc-sitios-de-memoria-archivos-y-humanidades-digitales/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 10 Sep 2026 12:04:28 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Investigación]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80847</guid>

					<description><![CDATA[Las tecnologías como una herramienta a disposición de procesos de búsqueda de justicia y memoria histórica: este es el tema en torno al cual se presentaron las exposiciones de diversos [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Las tecnologías como una herramienta a disposición de procesos de búsqueda de justicia y memoria histórica: este es el tema en torno al cual se presentaron las exposiciones de diversos expertos y expertas en el <strong>seminario internacional “Sitios de memoria, archivos y humanidades digitales”</strong> realizado en el Auditorio de la Facultad de Historia, Geografía y Ciencia Política de la Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC) por NuestramemorIA.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80848 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/nuestramemoria.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>El encuentro reunió a cerca de 80 participantes, quienes fueron recibidos por Valeria Herskovic, Directora del Departamento de Ciencias de la Computación PUC, quien enfatizó el rigor ético que requiere el uso de las diferentes tecnologías, y Claudio Rolle, Director del Instituto de Historia PUC, que resaltó el valor humanista de situar la dignidad de las personas en el centro de las investigaciones, y dio partida a las actividades con la canción “Cuando amanece el día”, de Ángel Parra.</p>
<h3>Archivos de la dictadura en tiempos de la IA</h3>
<p>Uno de los puntos más relevantes para el grupo de investigación NuestramemorIA es la confianza que se genera con las organizaciones que custodian los archivos que se convierten en la parte central de los estudios. Es por esto que Stephan Ruderer, del Instituto de Historia e investigador de NuestramemorIA, agradeció la presencia de los representantes de las diferentes instituciones que han puesto a disposición los diversos archivos que permiten realizar estos trabajos.</p>
<p>Domingo Mery, académico del Departamento de Ciencias de la Computación (DCC) de la PUC, presentó el trabajo que se ha realizado en el proyecto NuestramemorIA en torno al desarrollo de algoritmos de reconocimiento facial e índices de similitud. El investigador detalló que la lógica tras los métodos de visión por computador que se están usando es algo que suena bastante simple: “uno primero tiene que detectar dónde están las caras de las personas y de ahí, a partir de las caras, cruzar la información de los rostros de la foto con las 3.000 fotos que tenemos en nuestra base de datos y ver dónde hay índices de similitud que sean razonablemente altas”. Los resultados han sido muy exitosos para las personas con alta representación de imágenes, que son personajes conocidos de la época, como Victor Jara y Salvador Allende.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80849 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/nuestramemoria-1.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>La revisión y conocimientos de las personas como centro del trabajo, es uno de los focos en los que hace énfasis el trabajo de Jocelyn Dunstan, académica del Instituto de Ingeniería Matemática y Computacional (IMC) y DCC PUC, además de investigadora de NuestramemorIA y Memorias del Sur. “Nosotros podríamos proponer soluciones y métodos y sistemas, pero sin las personas de historia, de ciencias sociales, de derecho, no podríamos llegar a buen puerto; si no son validadas, no sirven para nada”, señaló. La complementariedad entre la inteligencia artificial y la validación humana es indispensable para el estudio de archivos de derechos humanos.</p>
<p>“El análisis automatizado de expedientes judiciales en casos de violaciones a los derechos humanos permite ordenar y procesar masivamente miles de fojas, facilitando la identificación de patrones procesales, testimonios clave y redes de actuación que contribuyen a los procesos de verdad, justicia y a la labor de los tribunales”, destacó Hugo Rojas, académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado (UAH) y de la Universidad Católica del Uruguay (UCU), investigador de NuestramemorIA, Memorias del Sur y VioDemos.</p>
<p><iframe loading="lazy" title="YouTube video player" src="https://www.youtube.com/embed/MyFicjANwvk?si=Eckz9xjV2hV8drjg" width="560" height="315" frameborder="0" allowfullscreen="allowfullscreen"></iframe></p>
<p>En el segundo bloque, las presentaciones iniciaron con Pablo Seguel, investigador postdoctoral UAH, de NuestramemorIA y Memorias del Sur, quién está aplicando metodologías de análisis de datos e IA para reconstruir trayectorias de represión y patrones institucionales en casos complejos de violaciones a los derechos humanos, optimizando la búsqueda de información crítica en fondos documentales de gran escala. “La integración de la inteligencia artificial para el análisis documental y la investigación histórica nos abre una oportunidad inédita para abordar fondos documentales masivos y complejos de violaciones a los derechos humanos, optimizando tiempos y permitiendo conectar evidencia que antes resultaba inabarcable de forma manual”, destaca el historiador, autor del libro Soldados de la Represión.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80850 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/nuestramemoria-3.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>Desde el Laboratorio de Historia Digital PUC, Nicole Larrondo destacó que “el verdadero desafío en la era de la inteligencia artificial es compartido: implica preguntarnos quién decide sobre el archivo, mantener el control y la supervisión humana en todo momento (human in the loop) y evitar que los algoritmos reemplacen la curaduría ética, social y la memoria colectiva de las comunidades”.</p>
<p>El proyecto transmedia “Vestigios: menores de edad víctimas de desaparición forzada”, fue presentado por Viviana Flores, directora del Laboratorio Digital UDP. Este aborda la memoria histórica de niños, niñas y adolescentes víctimas de desaparición forzada durante la dictadura militar en Chile: “Combina la digitalización y el procesamiento de fuentes primarias (expedientes, fotografías y testimonios) para abordar una de las aristas más sensibles y menos visibilizadas de la represión en Chile, generando un espacio de reparación simbólica y sensibilización social”.</p>
<p>Finalmente, Carlos Sanz, Director del Departamento de Historia de la Universidad Complutense de Madrid, dictó la conferencia magistral “Inteligencia artificial, archivos y verdad histórica: experiencias española y europeas”. Hizo énfasis en el objetivo de su trabajo, que es analizar las lecciones y buenas prácticas del uso de IA en archivos europeos, demostrando cómo la tecnología permite conectar y hacer interrogables fondos documentales masivos, siempre manteniendo la responsabilidad de la interpretación histórica en manos humanas.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80851 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/nuestramemoria-2.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>Sobre el trabajo de NuestamemorIA, señaló que “Destacaría ideas que me parecen muy convergentes con las conclusiones de este seminario: la pregunta no es qué hacemos con las humanidades digitales o con la IA, sino qué problemas históricos, archivísticos y de derechos humanos queremos resolver. La IA amplía nuestra capacidad para leer el pasado, pero la responsabilidad de interpretarlo sigue siendo nuestra. Es un centro de referencia y una iniciativa fundamental para convertir los archivos en herramientas de verdad, justicia y reparación”.</p>
<p>Uno de los puntos más comentados de la presentación de Sanz fue la cartografía de la memoria desarrollada en España a través de mapa de fosas, “una herramienta pública y digital que permite georreferenciar, sistematizar y poner a disposición de la ciudadanía la información sobre los lugares de enterramiento de las víctimas del franquismo, demostrando cómo la tecnología y los datos abiertos se convierten en un servicio público para la reparación e investigación histórica”.</p>
<p>El encuentro concluyó reforzando el compromiso de trabajo colaborativo entre las universidades, agrupaciones de memoria, laboratorios e instituciones como el INDH, Londres 38, el Museo de la Memoria, Villa Grimaldi, la Vicaría de la Solidaridad y el Colectivo de Memoria y DDHH UC.</p>
<p><strong>Fuente</strong>: <a href="https://nuestramemoria.ing.uc.cl/noticia/exitoso-seminario-internacional-sitios-de-memoria-archivos-y-humanidades-digitales-en-la-uc/">nuestramemoria.ing.uc.cl</a></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Tráfico de migrantes: Juan Pablo Castillo expone en la Comisión de Constitución de la Cámara</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/trafico-de-migrantes-juan-pablo-castillo-expone-en-la-comision-de-constitucion-de-la-camara/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 09 Sep 2026 20:26:47 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Juan Pablo Castillo]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80855</guid>

					<description><![CDATA[El martes 08 de septiembre, el académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Juan Pablo Castillo, fue invitado como experto a la Comisión de Constitución, Legislación, [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El martes 08 de septiembre, el académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Juan Pablo Castillo, fue invitado como experto a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados y Diputadas, para realizar un <strong>análisis crítico del proyecto de ley que busca ampliar las hipótesis de tráfico de migrantes</strong> (<a href="https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=18991&amp;prmBOLETIN=18315-07">Boletín N° 18.315-07 refundido con proyecto de ley N° 16.948-07</a>), que se encuentra en primer trámite constitucional.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80856 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/juan-pablo-castillo-camara-de-diputados.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>El académico, y coordinador del <a href="https://postgrados.uahurtado.cl/programa/magister-derecho-penal_sinc/">Magíster en Derecho Penal UAH</a>, concentró su intervención en cuatro puntos: 1) realizó una lectura general de la reforma al 411 bis; 2) analizó la estructura típica del nuevo 411 bis A y su tensión con la falta de omisión de socorro del artículo 494 N° 14; 3) revisó el riesgo de superposición con el delito de trata de personas del artículo 411 quater; 4) presentó dos problemas dogmáticos de fondo: la homologación de formas de intervención delictiva y el eventual quiebre del principio de culpabilidad en la agravante por minoridad de la víctima.</p>
<p>Como primera observación, Castillo precisó que el Mensaje —que sustituye la expresión “la entrada ilegal al país” por “la entrada o salida ilegal del país— no ofrece cifras propias sobre la magnitud del fenómeno de salida ilegal facilitada desde Chile, sino que se limita a describir, en términos generales, que las estructuras delictivas “no operan de forma unidireccional”.</p>
<p>De acuerdo con el criterio del académico, que esa afirmación no venga acompañada de un diagnóstico empírico específico debilita la fundamentación del principio de necesidad de pena para su ampliación. <strong>“No se trata de objetar la bidireccionalidad en sí, sino de advertir que el legislador está extendiendo el ámbito de punibilidad de un tipo penal sin el mismo nivel de sustento empírico que exhibe para la otra mitad de la reforma”</strong>, aclaró.</p>
<h3>Cinco recomendaciones al proyecto</h3>
<p>Si bien Castillo <strong>valora de manera favorable la orientación general del proyecto</strong>, es decir, la ampliación bidireccional del 411 bis y la tipificación del traslado interno, que responden a un vacío real en la legislación, identifica cinco puntos que requieren corrección antes de su aprobación:</p>
<ol>
<li>Incorporar una cláusula de excepción o atenuación para la asistencia humanitaria y de emergencia, que evite desincentivar el auxilio a personas en riesgo.</li>
<li>Resolver expresamente el concurso entre el nuevo 411 bis A y el delito de trata de personas del 411 quater, mediante una cláusula de subsidiariedad expresa.</li>
<li>Revisar la homologación de las formas de intervención delictiva, considerando una atenuante para los aportes de menor entidad.</li>
<li>Reformular la calificante del funcionario público para que exija abuso o exceso de la función, y no su mero desempeño regular, resguardando así la certeza jurídica de quienes actúan legítimamente en el marco de sus atribuciones.</li>
<li>El punto que considera más urgente: exigir explícitamente el conocimiento o la posibilidad de conocer la minoridad de la víctima como presupuesto de la agravante correspondiente, para no comprometer el principio de culpabilidad.</li>
</ol>
<p><iframe loading="lazy" title="YouTube video player" src="https://www.youtube.com/embed/dEJonbZvlgg?si=uO5diKNr4jqzasiF" width="560" height="315" frameborder="0" allowfullscreen="allowfullscreen"></iframe></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Académica UAH María Elisa Morales dicta conferencia en microcredencial internacional sobre contratos y sostenibilidad</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/academica-uah-maria-elisa-morales-dicta-conferencia-en-microcredencial-internacional-sobre-contratos-y-sostenibilidad/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 09 Sep 2026 14:05:57 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[maria elisa morales]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80828</guid>

					<description><![CDATA[El lunes 24 de agosto, se realizó la microcredencial internacional “Consumo sustentable y durabilidad de productos. Aportes de la Unión Europea y su proyección hacia Latinoamérica”, organizada por la Facultad [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El lunes 24 de agosto, se realizó la <strong>microcredencial internacional “Consumo sustentable y durabilidad de productos. Aportes de la Unión Europea y su proyección hacia Latinoamérica”</strong>, organizada por la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Chile, instancia en la que participó la académica de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, María Elisa Morales.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80841 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/nota-maria-elisa-morales-consumo.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>La <a href="https://www.uautonoma.cl/noticias/internacional-consumo-sustentable/?utm_source=chatgpt.com">microcredencial reúne a cerca de 140 participantes de distintos países</a> y contempla ocho sesiones online a cargo de especialistas nacionales e internacionales. La iniciativa forma parte de la agenda académica del <strong>Módulo Jean Monnet “Sustainable Consumption and European Law”</strong> y del proyecto Fondecyt Regular N.º 1261807 liderado por la profesora Érika Isler, de la Universidad Autónoma de Chile, y en el cual la profesora Morales participa como coinvestigadora.</p>
<p>La académica UAH dictó la <strong>conferencia “Derecho Privado, Contratos y Sostenibilidad”</strong>, en la cual abordó la relación entre Derecho Privado, contratos y sostenibilidad, examinando cómo las exigencias contemporáneas de sostenibilidad están incidiendo en categorías tradicionalmente vinculadas al Derecho Privado. En particular, analizó los desafíos que la sostenibilidad plantea para principios clásicos como la autonomía privada y la libertad contractual, especialmente cuando las decisiones privadas generan efectos que trascienden los intereses de las partes y pueden proyectarse sobre intereses colectivos, ambientales y de las generaciones futuras.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80844 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/nota-maria-elisa-morales-consumo-2.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>«La idea central fue mostrar cómo la sostenibilidad está llevando al Derecho Privado a reconsiderar algunos de sus fundamentos tradicionales y a preguntarse en qué medida instituciones como el contrato deben incorporar intereses que exceden a quienes participan directamente en la relación jurídica», aseguró la profesora Morales.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Calendario de Evaluaciones Solemnes / 2° Semestre 2026</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/calendario-de-evaluaciones-solemnes-2-semestre-2026/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 08 Sep 2026 17:58:39 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80830</guid>

					<description><![CDATA[Estimadas y estimados estudiantes: Aquí encontrarán el calendario de las evaluaciones solemnes para el Segundo Semestre 2026, por año académico. Les deseamos mucho éxito. 1ER AÑO SOLEMNES 2.2026 2DO AÑO [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Estimadas y estimados estudiantes: Aquí encontrarán el calendario de las evaluaciones solemnes para el Segundo Semestre 2026, por año académico. Les deseamos mucho éxito.</p>
<p><a href="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/1ER-ANO-SOLEMNES-2.2026.pdf">1ER AÑO SOLEMNES 2.2026</a></p>
<p><a href="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/2DO-ANO-SOLEMNES-2.2026.pdf">2DO AÑO SOLEMNES 2.2026</a></p>
<p><a href="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/3ER-ANO-SOLEMNES-2.2026.pdf">3ER AÑO SOLEMNES 2.2026</a></p>
<p><a href="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/4TO-ANO-SOLEMNES-2.2026.pdf">4TO AÑO SOLEMNES 2.2026</a></p>
<p><a href="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/5TO-ANO-SOLEMNES-2.2026.pdf">5TO AÑO SOLEMNES 2.2026</a></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Núcleo Constitucional UAH y Hacsfera 2030 lanzan Observatorio Legislativo</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/nucleo-constitucional-uah-y-hacsfera-2030-lanzan-observatorio-legislativo/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 07 Sep 2026 15:36:10 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Gonzalo García]]></category>
		<category><![CDATA[Miriam Henríquez]]></category>
		<category><![CDATA[Núcleo Constitucional UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Sebastián Salazar]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80815</guid>

					<description><![CDATA[Según el informe del Núcleo Constitucional de la Universidad Alberto Hurtado — presentado en un conversatorio en el que participaron Carolina Tohá, Roberto Gargarella, Sebastián Soto y Miriam Henríquez —, [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Según el informe del <strong>Núcleo Constitucional de la Universidad Alberto Hurtado</strong> — presentado en un conversatorio en el que participaron Carolina Tohá, Roberto Gargarella, Sebastián Soto y Miriam Henríquez —, desde el 17 de diciembre de 2023 se han ingresado 270 proyectos que buscan modificar la Constitución, de los cuales 3 están archivados, 3 fueron retirados, 4 ya son ley y 260 están en tramitación.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80816 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/NUCLEO-CONSTITUCIONAL-1.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>A cuatro años del plebiscito más significativo de este siglo en Chile, el del 4 de septiembre de 2022, el <a href="https://www.uahurtado.cl/nucleo-constitucional-uah/">Núcleo Constitucional de la Universidad Alberto Hurtado</a> reunió a líderes de opinión y académicos para debatir en torno a una pregunta clave en tiempos de reformas y propuestas legislativas: <strong>¿estamos viviendo un retorno constituyente?</strong></p>
<p>La exministra del Interior <strong>Carolina Tohá</strong>; el constitucionalista <strong>Roberto Gargarella</strong>; el investigador del Centro de Estudios Públicos <strong>Sebastián Soto</strong>; y la decana de la Facultad de Derecho UAH <strong>Miriam Henríquez</strong>, conversaron sobre los errores y las lecciones pendientes de un proceso que, según coincidieron los cuatro, difícilmente puede darse por cerrado.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80817 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/NUCLEO-CONSTITUCIONAL-7.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>La instancia fue inaugurada por la <strong>vicerrectora de Investigación e Innovación UAH, Aisén Etcheverry</strong>, quien aseguró que «cuando nos tomamos en serio el objetivo de generar conocimiento y ponerlo a disposición de las políticas públicas, el impacto que podemos tener es gigantesco».</p>
<p>En este contexto, <strong>el Núcleo Constitucional y el proyecto Hacsfera 2030 de la UAH presentaron una nueva iniciativa: el Observatorio Legislativo</strong>, que hará seguimiento —mediante un reporte mensual— a los proyectos de ley y reformas en discusión en el Congreso Nacional. A esto se suman los policy briefs de la serie <strong>«Cuestiones constitucionales»</strong>, que abordarán temas como migración, seguridad e independencia del Poder Judicial, entre otros.</p>
<p><iframe loading="lazy" title="YouTube video player" src="https://www.youtube.com/embed/7BYVKEcjtr8?si=1w-wj1JxYjR3Wj4O" width="560" height="315" frameborder="0" allowfullscreen="allowfullscreen"></iframe></p>
<h3>Tohá: «No me arrepiento, pero no voté contenta a favor»</h3>
<p>En su intervención, la exministra del Interior, Carolina Tohá, fue categórica al referirse al pasado proceso constituyente. «Me atrevo a afirmar categóricamente que nunca en la historia de Chile había habido condiciones tan favorables para que transversalmente nos pusiéramos de acuerdo en tres cosas en las que no nos pusimos de acuerdo y definitivamente ese momento pasó», dijo, en alusión a tres definiciones sobre el texto constitucional: que debía generarse de manera democrática, que debía reconocer de forma prioritaria los derechos sociales y que debía propender a una mayor distribución del poder.</p>
<p>«Yo no soy de las que se arrepienten, pero yo no voté contenta a favor», admitió Tohá. «Voté con la impresión de que el proceso había renunciado a este esfuerzo de mayor diálogo, voté consciente de que el texto tenía una serie de reiteraciones y excesos. Decía de dos mil maneras cosas que había que decir una vez de manera limpia, porque eso es lo que genera un equilibrio», explicó.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80818 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/NUCLEO-CONSTITUCIONAL-2.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>«Al fracasar ese proceso, lo que iba a venir era una regresión. Y es exactamente lo que sigue pasando. Hoy día, ya no solo nadie pretende tener una Constitución pactada, sino que se pretenden hacer cambios que van en el sentido contrario, sin el más mínimo interés de acordarlo con el otro sector», enfatizó. Y añadió: «Creo que Chile puede quedar trabado en una espiral de deterioro que hay que visibilizar a tiempo y que hay que poner arriba de la mesa la discusión que está planteada hoy día».</p>
<h3>Gargarella: «Si se quiere hacer una reforma se requiere un gran acuerdo y no oportunismo»</h3>
<p>Roberto Gargarella, representante consular del constitucionalismo latinoamericano, académico de la Universidad de Buenos Aires y de la Universidad Torcuato Di Tella, analizó los fallidos plebiscitos de 2022 y 2023 a la luz de la historia de estas reformas en Latinoamérica.</p>
<p>«Como punto de partida, ambos eventos —y en particular el primero— fueron muy criticados por su carácter extremo, ajenos a la historia, muy radical. Desde una perspectiva vinculada con la historia constitucional latinoamericana, yo diría lo contrario; ambos procesos, por razones distintas, estaban muy vinculados con la historia constitucional regional y eran reprochables por lo poco novedosos y desafiantes, más que por lo contrario», afirmó al inicio de su intervención.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80819 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/NUCLEO-CONSTITUCIONAL-5.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>Para el experto, con el primer proceso se buscó acercar la discusión a las formas clásicas del liberalismo constitucional latinoamericano. «Yo diría que fue un intento atractivo, y lo criticaría por modesto. Fue un intento de vincularse con esa historia que todos los países latinoamericanos han abrazado de un modo u otro», comentó.</p>
<p>Respecto al proceso actual que vive Chile, Gargarella hizo una recomendación: «Mi consejo para el futuro sería que, si queremos seguir tocando los nervios sensibles del constitucionalismo democrático […], se requiere un gran acuerdo y no oportunismo, no la velocidad de tiempo y no la iniciativa que se le impone al bando contrario».</p>
<h3>Soto: «Los representantes de hoy no motivan que la salida de estos momentos de crisis sea pactada»</h3>
<p>Sebastián Soto, académico de la Pontificia Universidad Católica de Chile e investigador del Centro de Estudios Públicos, analizó las lecciones que dejó el proceso constituyente de cara al futuro. A su juicio, hay que poner en duda la idea de que son los momentos de crisis los que abren la puerta a un proceso constituyente. «Hoy, ya sea por motivos de polarización o porque el contexto motiva retóricas refundacionales, pareciera que los contextos propios de los momentos constituyentes conspiran para escribir constituciones que nazcan de ciertos acuerdos sustantivos», dijo.</p>
<p>En esa línea, llamó a revisitar nociones teóricas como la relación entre poder constituyente y poder constituido, en un escenario donde —planteó— la polarización y los aires refundacionales no motivan a que las crisis se resuelvan por la vía de los acuerdos.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80820 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/NUCLEO-CONSTITUCIONAL-8.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<h3>Henríquez: «Se cerró un ciclo de reemplazos constitucionales, pero lo constitucional no ha dejado de estar en el centro de la disputa política»</h3>
<p>La decana de la Facultad de Derecho e investigadora del Núcleo Constitucional UAH, Miriam Henríquez, centró su reflexión en la pregunta que convocó el encuentro: «Yo diría que después de los plebiscitos se instaló una conclusión bastante compartida, de que el ciclo constituyente terminó. Pero esta afirmación requiere una precisión: lo que parece haberse cerrado es un ciclo de reemplazos constitucionales. No existe una voluntad política significativa de iniciar un tercer proceso para sustituir íntegramente la Constitución, pero eso no significa que lo constitucional haya dejado de estar en el centro de la disputa política».</p>
<p>Así, para ejemplificar esta tesis, la académica analizó el proyecto de reforma constitucional sobre seguridad, anunciado por el gobierno del presidente José Antonio Kast, que crea un nuevo estado de excepción constitucional.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80821 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/NUCLEO-CONSTITUCIONAL-9.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<h3>Un Observatorio Legislativo al servicio de la ciudadanía</h3>
<p>Durante el conversatorio, <strong>Gonzalo García Pino, director del Núcleo Constitucional</strong>, presentó el Observatorio Legislativo, una iniciativa que abre una nueva etapa para este centro de incidencia pública de la Universidad Alberto Hurtado.</p>
<p>Se trata de un <strong>reporte mensual del seguimiento legislativo</strong> que —según explicó— «permite aproximar la lectura de algo que es bastante difícil». El académico acotó que, «si bien hay información pública sobre el Congreso Nacional en sus boletines, lo cierto es que se podrá identificar y aislar al interior de este boletín las urgencias y las prioridades» <a href="https://publiccl1.fidelizador.com/uahinterno/public/campaign/browser/1065A80BGF405547AHF4D15FACE3J1065A80B9211889D86F1688166FC7B">(ver el reporte)</a>.</p>
<p>Este reporte alimenta un segundo trabajo que es <em><strong>Cuestiones constitucionales</strong></em>, un<em> policy brief</em> que busca ofrecer un análisis constitucional breve, riguroso y fundado sobre un problema público actual. García inauguró el primer texto titulado <strong>“Reformas Constitucionales Post Constituyentes”</strong> <a href="https://www.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/UAH_Nucleo-Constitucional_Cuestiones-constitucionales_N1.pdf">(ver el informe)</a>, que revela algunos datos interesantes.</p>
<p><strong>«Uno hubiese pensado que el 17 de diciembre de 2023 cerró la puerta de las cuestiones constitucionales en el ámbito constituyente, pero este informe registra 270 proyectos que se han ingresado con posterioridad al cierre de los procesos constituyentes. De ellos, hay 260 en tramitación y 4 ya son reformas constitucionales», detalló.</strong></p>
<p>«Aquellos que están en tramitación representan una mirada oportunista, moralista, muy compleja desde el punto de vista de la polarización, y una cierta desatención sobre el sentido normativo constitucional», concluyó.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80822 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/NUCLEO-CONSTITUCIONAL-10.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Justificación de inasistencia a clases / 2° Semestre 2026</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/justificacion-de-inasistencia-a-clases-2-semestre-2026/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 01 Sep 2026 21:02:16 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80804</guid>

					<description><![CDATA[Estimados/as estudiantes: El propósito de este formulario es registrar sus ausencias en las asignaturas que requieren asistencia, ya sea por motivos médicos, laborales o familiares. En caso de ser necesario, [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Estimados/as estudiantes: El propósito de este formulario es registrar sus ausencias en las asignaturas que requieren asistencia, ya sea por motivos médicos, laborales o familiares.</p>
<p>En caso de ser necesario, la Coordinación Académica solicitará el certificado médico o laboral correspondiente en formato físico, o se programará una entrevista en caso de que la ausencia sea por razones familiares.</p>
<p>Los cursos de Inglés II, Clínica Jurídica II, OFT y OFG, se justifican ante las Coordinaciones Académicas de las áreas correspondientes.</p>
<h3><a href="https://forms.cloud.microsoft/pages/responsepage.aspx?id=hqNJ4BwNMkazHcYnyM0H6aCAvMfhxuJAnjycFPq7rF5UNlBONFIwWEpESzMyRjNaR0dDRTdVQVQzRy4u&amp;route=shorturl">Accede al formulario aquí</a></h3>
<p><strong>Importante: El formulario tiene como cierre el 04 de diciembre (último día de clases en la Universidad)</strong></p>
<p>Ante situaciones complejas que afecten de manera permanente o periódica su asistencia a clases, lo recomendable es ponerse en contacto con la Coordinación Académica:</p>
<ul>
<li>Ciclo Básico: Vinicius Nunes (vnunes@uahurtado.cl)</li>
<li>Ciclo de Profundización: Solimar Garcia (sgarcia@uahurtado.cl)</li>
</ul>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Reforma constitucional al gobierno judicial: Miriam Henríquez participa en coloquio junto al ministro de Justicia y DD.HH.</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/reforma-constitucional-al-gobierno-judicial-miriam-henriquez-participa-en-coloquio-junto-al-ministro-de-justicia-y-dd-hh/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 01 Sep 2026 15:06:39 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Miriam Henríquez]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80799</guid>

					<description><![CDATA[El 26 de agosto, la profesora y decana de la Facultad de Derecho, Miriam Henríquez Viñas, participó en el coloquio “Reforma constitucional al Gobierno Judicial”, organizado por el Programa de [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El 26 de agosto, la profesora y decana de la Facultad de Derecho, Miriam Henríquez Viñas, participó en el coloquio <strong>“Reforma constitucional al Gobierno Judicial”</strong>, organizado por el Programa de Reformas Procesales y Litigación de la Universidad Diego Portales.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80801 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/coloquio-reforma-constitucional-miriam-1.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>La actividad reunió a autoridades y académicos para analizar los alcances y desafíos de las reformas actualmente en discusión sobre gobierno judicial y, particularmente, sobre el sistema de nombramiento de jueces.</p>
<p>El panel estuvo integrado por <strong>Fernando Rabat Celis</strong>, ministro de Justicia y Derechos Humanos; <strong>Hernán Larraín Fernández</strong>, exministro de Justicia y Derechos Humanos; y <strong>Cristián Riego Ramírez</strong>, director de Clínicas Jurídicas UDP. A la discusión se sumó también <strong>Jaime Gajardo Falcón</strong>, académico de la UDP y exministro de Justicia y Derechos Humanos.</p>
<p>En su intervención,<strong> la académica UAH abordó especialmente los desafíos que supone la creación de un Consejo de Nombramientos Judiciales desde la perspectiva de la independencia judicial</strong>. Advirtió que la creación de un órgano de esta naturaleza no asegura por sí sola la despolitización de los nombramientos y que el diseño institucional debe considerar mecanismos capaces de reducir tanto la influencia política como los márgenes de discrecionalidad.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80802 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/coloquio-reforma-constitucional-miriam-3.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p><strong>“Un Consejo Judicial no despolitiza por sí mismo los nombramientos judiciales. La influencia política no desaparece; eventualmente, lo que ocurre es que se desplaza”, señaló.</strong></p>
<p>Henríquez destacó así la importancia de examinar no solo la composición del futuro órgano, sino también sus procedimientos de selección y decisión y las garantías necesarias para resguardar su independencia.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80800 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/09/coloquio-reforma-constitucional-miriam-2.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p>Desde el <a href="https://derecho.udp.cl/reforma-al-gobierno-judicial-autoridades-y-academicos-debatieron-sus-alcances-en-derecho-udp/">Programa de Reformas Procesales y Litigación UDP</a> destacaron la relevancia de generar un diálogo permanente entre el mundo político y la academia en torno a las reformas al gobierno judicial, con el propósito de aportar antecedentes y perspectivas especializadas al debate legislativo y a la formulación de políticas públicas.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>[COLUMNA] La trampa del dilema seguridad versus libertad, por Lieta Vivaldi</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/columna-la-trampa-del-dilema-seguridad-versus-libertad-por-lieta-vivaldi/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 31 Aug 2026 16:08:12 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Lieta Vivaldi]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80796</guid>

					<description><![CDATA[Publicada en El Mostrador En agosto de 2026 el Presidente José Antonio Kast ingresó al Senado, con suma urgencia, una reforma constitucional que crea un nuevo estado de excepción de [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://www.elmostrador.cl/noticias/opinion/columnas/2026/08/29/la-trampa-del-dilema-seguridad-versus-libertad/">Publicada en El Mostrador</a></p>
<p>En agosto de 2026 el Presidente José Antonio Kast ingresó al Senado, con suma urgencia, una reforma constitucional que crea un nuevo estado de excepción de seguridad pública y consecuencias severas para condenados por crimen organizado.</p>
<p>El proyecto establece que la condena por crimen organizado inhabilita por 15 años para acceder a prestaciones de salud, educación, trabajo y seguridad social —y, si se están recibiendo, se pierden de pleno derecho—. Esto incluso vulnera la prohibición de discriminación arbitraria y, literalmente, lo que retira es, como señaló Hannah Arendt, el derecho a tener derechos.</p>
<p>Cuando una reforma constitucional establece que ciertas personas, por quince años después de cumplir su condena, quedarán fuera del acceso a la salud, la educación y la previsión social, está haciendo exactamente lo que Arendt describía: fabricando una categoría de personas colocadas fuera de la comunidad de derechos. El apátrida, esta vez, no cruza ninguna frontera. Se produce dentro, por la vía de una ley.</p>
<p>Arendt escribió esta frase pensando en los refugiados y apátridas de la Europa de entreguerras. Observó algo que parecía un contrasentido: el drama de quien pierde su país no es que lo traten mal, sino que deja de existir para la ley. No es que sea desigual ante la norma; es que ya no hay ninguna norma que lo contemple. No es que lo opriman; es que nadie quiere siquiera oprimirlo. Queda reducido a pura vida biológica, un cuerpo sin lugar en la comunidad. El “derecho a tener derechos”, para Arendt, era justamente eso: el derecho a pertenecer, a ser parte de un mundo común donde las palabras y las acciones de uno tengan algún peso.</p>
<p>Kast la firmó con una consigna: “sin seguridad no hay libertad”, es decir, que la seguridad es la condición de la libertad. Foucault, sin embargo, mostró lo contrario: “nunca como en nuestra época la seguridad de la vida exige masacres de vida”. Esto es porque la seguridad erigida en valor supremo no es la condición de la libertad: es la lógica que produce vidas prescindibles.</p>
<p>La reforma introducida traza un binomio: por un lado, las vidas protegibles —el ciudadano cuyo derecho a la seguridad el Estado debe garantizar—; por el otro lado, las vidas prescindibles —aquellas sobre las que se descarga la fuerza y a las que se les quita el acceso a lo común—. Esa línea no la traza un criterio natural ni un juicio imparcial: la traza el poder.</p>
<p>El proyecto entrega al Presidente la facultad de declarar que una agrupación es organización terrorista o de crimen organizado. Es la definición soberana del enemigo que se sitúa en el centro de la política: el soberano es quien decide la excepción y quien determina al otro. A esto se suma un estado de excepción de hasta 240 días con control parlamentario acotado, y la interceptación de comunicaciones sin autorización judicial: es la fantasía del control soberano recuperado —negar la vulnerabilidad propia— produciendo vulnerabilidad extrema en los otros.</p>
<p>Y este binomio no opera solo con el “enemigo interno”. Es la misma lógica que, en el discurso anti “ideología de género”, coloca a las mujeres y las disidencias del lado de la amenaza. Los derechos que dependen de reconocer la interdependencia —los sociales, los sexuales y reproductivos, el cuidado— son los primeros en volverse prescindibles cuando el criterio es la seguridad del sujeto soberano. La frontera entre protegibles y no-protegibles es la misma; solo cambia sobre qué cuerpo se traza.</p>
<p>La pandemia, el cambio climático, la precariedad económica nos recuerdan a diario hasta qué punto dependemos de otros y de un mundo que no gobernamos. La promesa de seguridad absoluta es la negación de esa dependencia. Niega la propia vulnerabilidad y, para poder negarla, necesita producir vulnerabilidad extrema en otro cuerpo, en el que se proyecta todo lo que se teme.</p>
<p>Podemos fundar el derecho excluyendo, trazando líneas cada vez más rígidas entre las vidas que cuentan y las que no. O podemos partir de lo que efectivamente somos: seres frágiles y mutuamente dependientes, cuya libertad no se protege negando esa fragilidad, sino reconociéndola como el terreno común que compartimos. La disputa de fondo, detrás del articulado y los quórums, es esa: sobre qué sujeto, y qué vidas, se levanta nuestra Constitución.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Pablo Seguel publica artículo que analiza el dispositivo militar del golpe de Estado en Chile</title>
		<link>https://derecho.uahurtado.cl/noticias/pablo-seguel-publica-articulo-que-analiza-el-dispositivo-militar-del-golpe-de-estado-en-chile/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[María Paz Valdivieso]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 27 Aug 2026 21:07:59 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Académicos UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho UAH]]></category>
		<category><![CDATA[Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado]]></category>
		<category><![CDATA[Investigación]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://derecho.uahurtado.cl/?p=80787</guid>

					<description><![CDATA[El postdoctorando de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Pablo Seguel, publicó el artículo «El dispositivo militar del golpe de Estado en Chile: arquitectura de mando, inteligencia [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El postdoctorando de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Pablo Seguel, publicó el artículo<em><strong> «El dispositivo militar del golpe de Estado en Chile: arquitectura de mando, inteligencia y seguridad interior, 1973–1974»</strong></em>, en la <a href="https://historia-actual.org/">revista Historia Actual Online</a> (N° 70), con categoría Scopus Q2.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-80788 size-full" src="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/08/pablo-seguel-investigacion.png" alt="" width="680" height="437" /></p>
<p><a href="https://historia-actual.org/Publicaciones/index.php/hao/article/view/2686">Este artículo</a> examina la dimensión militar del golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973 como problema organizacional: arquitectura de mando, planificación e inteligencia orientadas al control territorial y a la represión inicial (1973–1974).</p>
<p>El autor sostiene que la intervención militar en tareas policiales respondió a una racionalidad burocrática y doctrinaria de seguridad interior desarrollada en un dispositivo represivo previo formado en el siglo XX.</p>
<p>A partir de reglamentos, decretos, actas, causas judiciales y testimonios, reconstruye la gobernanza centralizada del sector defensa, el rol del Estado Mayor de la Defensa Nacional y la articulación territorial entre Fuerzas Armadas y policías bajo estados de excepción.</p>
<h3><a href="https://derecho.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2026/08/El-dispositivo-militar-del-golpe-de-Estado-en-Chile_Pablo-Seguel.pdf">Descarga el artículo completo aquí</a></h3>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
	</channel>
</rss>
