En una columna publicada en El Mercurio Legal, los autores y docentes Gonzalo García y Victoria Martínez (UAH) y Pablo Contreras (UCEN) destacan los logros del «Diccionario Constitucional Chileno» que este 2024 cumple 10 años desde su publicación.
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En el mes de octubre de este año la sentencia Rol N° 15.036 -2023 del Tribunal Constitucional, sobre vacunación obligatoria, cita al Diccionario Constitucional Chileno respecto de la libertad de elección del sistema de salud. Esta cita indica la vigencia del diccionario, que este 2024 cumple 10 años desde la publicación de su primera edición.
El décimo aniversario de este libro parece una buena oportunidad para destacar algunos de sus logros. La primera edición, publicada por el Tribunal Constitucional (Cuaderno N° 55), contó con mil copias de distribución gratuita. Además, esta versión se encuentra disponible online en el sitio web del tribunal, donde ha sido descargada miles de veces. La segunda edición fue publicada por Hueders en el año 2016, con 4 mil copias impresas. Es un libro de más de mil páginas, con más de 500 entradas que explican alrededor de 440 conceptos. Todos ellos parten desde el texto constitucional y se complementa con aquellos que provienen de la teoría política, la filosofía del derecho, el derecho internacional de los derechos humanos y distintas disciplinas, como el derecho civil, penal, laboral y tributario, entre otras.
Uno de los objetivos iniciales de este proyecto era explicar toda la Constitución, incluyendo los puntos ciegos que se producen en la misma, con muchísimos artículos, preceptos o incisos que se alejan de la macro explicación del constitucionalismo, pero que están más cerca de nuestras prácticas normativas. Las cuestiones constitucionales son mucho más que la teoría de la separación de poderes y su carta de derechos fundamentales, aunque estas siguen siendo centrales en toda la arquitectura del derecho. Sin embargo, hay una completa descripción de múltiples problemas normativos que justifican su incorporación y que exigen su uso.
Durante esta década, el Diccionario se ha convertido en un texto ampliamente usado por estudiantes de pregrado, abogados/as y jueces. Particularmente, es un texto apreciado en el examen de grado de Derecho Constitucional en diversas facultades, por reunir en su seno una de las expresiones más sintéticas del derecho vigente. Es citado en publicaciones académicas nacionales e internacionales, en sentencias y escritos judiciales, y en textos de divulgación. Se encuentra en los catálogos de bibliotecas institucionales y universitarias, en librerías jurídicas y generales y en múltiples sitios web. También lo hemos hallado en bibliotecas relevantes del mundo en Derecho Comparado, como la Comisión de Venecia, el Max Planck o en tribunales constitucionales, como el de España.
Durante el primer proceso constituyente, liderado por la Presidenta Michelle Bachelet en el año 2016, el diccionario fue incluido como material educativo para los diálogos ciudadanos. Posteriormente, la Biblioteca del Congreso Nacional utilizó los conceptos definidos por el Diccionario para sistematizar los registros de los encuentros locales autoconvocados. En el año 2017, tres conceptos del Diccionario fueron incluidos en el Diccionario Panhispánico del Español Jurídico, bajo el alero de la Real Academia Española.
Los presupuestos teóricos que impulsaron la creación del Diccionario se mantienen vigentes, a pesar de los vaivenes constitucionales de los últimos años. La Constitución es fundamental para el sistema normativo y debe estudiarse de forma completa, incluyendo todas sus cláusulas y disposiciones transitorias. La Constitución debe ser observada como un sistema, en el cual cada norma y cada concepto debe ser adecuadamente conectado. Se trata de un texto vivo que dialoga y se actualiza por la actividad de las y los legisladores y de la jurisprudencia.
Es evidente que se abre una nueva etapa para un libro de esta naturaleza. Está actualizado hasta el 31 de diciembre de 2015, con tan solo 38 leyes de reforma constitucional, en circunstancias que hoy hay 72 leyes que han reformulado ampliamente el texto fundamental. Su modo de seguir colaborando al sentido del derecho vivo y vigente es trabajar por ese ciclo que se abrió en 2016 y que, más allá de sus fracasos, implicó cambios que son parte de nuestro ordenamiento y que son centrales de analizar.
En esos años hay jurisprudencia de nuestros tribunales superiores de justicia ordinaria y constitucional que han aplicado criterios nuevos sobre la Constitución. Se han dictado decenas de leyes que concretan mandatos constitucionales, y las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos han definido condenas a nuestro país y configurado nuevas tendencias interpretativas que es necesario recoger, como el efecto de tutela directa sobre derechos sociales.
En fin, el sentido de conmemorar un libro no tiene un sentido laudatorio, sino que solo adquiere valor por el compromiso que supone volver a situar la alternativa de una tercera versión renovada, ampliada y corregida. Esperamos que el 2025 podamos cumplir esa promesa.