Académicos chilenos exponen en el IV Congreso Internacional de Derecho Civil en Medellín

El 2 y 3 de octubre se realizó el IV Congreso Internacional Ius Civile Salmanticense: “La protección del contratante débil”, en la ciudad de Medellín, organizado por la Universidad de Salamanca (España), la Sociedad Internacional de Estudios de Derecho Civil (SISDIC), la Pontificia Universidad Javeriana (Colombia) y la Pontificia Universidad Bolivariana.

Los académicos Yasna Otárola Espinoza, de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, y Mario Opazo González, de la Universidad de Valparaíso, fueron seleccionados como comunicantes y presentaron la ponencia “La mujer casada en sociedad conyugal: ¿es la parte débil en los contratos inmobiliarios?”.

El trabajo planteó que la mujer casada bajo régimen de sociedad conyugal enfrenta limitaciones jurídicas que la sitúan en desventaja frente a otros contratantes, al no poder disponer por sí misma de ciertos bienes propios y requerir formalidades habilitantes para actuar.

La ponencia se conectó con los desarrollos recientes en materia de consumo en Chile, en particular con la Ley de Protección al Consumidor y la Resolución Exenta N° 1038 del SERNAC (2021), que introdujo la categoría de “consumidor hipervulnerable”. Esta norma conceptualiza al consumidor cuya vulnerabilidad se agrava por factores de edad, estado físico o mental, o condiciones sociales, económicas o culturales, y fija lineamientos de protección específicos.

En palabras de los autores, “esta regulación ofrece claves relevantes para comprender cómo el ordenamiento puede brindar tutela efectiva cuando la mujer casada no tiene acceso al consumo o es discriminada, proyectando la noción de contratante débil hacia escenarios de hipervulnerabilidad”.

El Congreso reunió a académicos de distintas latitudes para debatir en torno a los desafíos actuales de la contratación y la tutela del contratante débil en contextos de desigualdad estructural. Asimismo, reafirmó su importancia como foro académico internacional, al permitir el diálogo comparado entre Europa y América Latina sobre la necesidad de equilibrar las relaciones contractuales y ofrecer soluciones jurídicas para la protección de las partes más vulnerables.