El Día 20 de Julio, expusieron en la sesión N°25 ante la comisión de Principios, Derechos Civiles y Políticos del Consejo Constitucional, la organización Comunidad Mujer, la Asociación Yo Cuido y el Núcleo Constitucional de la Universidad Alberto Hurtado representado por nuestra Decana Miriam Henríquez, con el fin de dar a conocer la iniciativa de norma N°10107, relativas al derecho a los cuidados “Me cuidaron, cuido y me cuidaran”.
La iniciativa de norma que presentan sugiere incorporar un nuevo derecho al artículo 16 que diga: “La constitución asegura a todas las personas el derecho al cuidado”. Este reconocimiento busca a través de su consagración como un derecho constitucional reducir el tiempo dedicado al mismo, fundamentalmente a través de infraestructura y servicios de cuidado de calidad. Asimismo, busca redistribuirlo, es decir cambiar su carga entre las personas según su género para que sea una responsabilidad social. De esta manera, será el resultado de la suma de esfuerzos de todos los actores de la sociedad que tienen la capacidad de ser proveedores de bienestar. Esto es, las familias, el mercado, la comunidad en su conjunto, el Estado a nivel central y descentralizado.
Esta iniciativa sostiene que el derecho a cuidar debe ser entendido como una libertad que tienen las personas a que no se les impida ejercer las actividades necesarias para sostener la vida de otras. Lo que incluye responder a sus necesidades materiales y emocionales. De la misma forma, en que a nadie se le puede impedir ejercer labores de cuidado, a nadie se le puede obligar a efectuarlas.
Respecto a las personas que ejercen labores de cuidado debe garantizar conforme a la propuesta, las condiciones adecuadas para su debido cumplimiento. Facilitando la conciliación laboral y familiar.
Este derecho complejo supone el derecho a recibir cuidados. Es así que este sería un derecho social prestacional de todas las personas a recibir los medios necesarios para vivir dignamente durante las distintas etapas de la vida.
El titular son todas las personas, pero la propuesta focaliza y prioriza a las personas en situación de dependencia. Especialmente niños, niñas, adolescentes, personas mayores, personas en situación de discapacidad y personas con enfermedades graves o terminales.
El destinatario, es decir quien resulta obligado por este derecho es el Estado, quien deberá regular las prestaciones por vías legislativas y ejecutarlas a través de sus organismos.
Se trata de las prestaciones legales que conformarían el sistema integral de cuidados.
Finalmente, la decana enfatiza que incorporar este derecho orienta a la satisfacción del resto de los derechos sociales. Como el derecho a la salud, a la seguridad social, al trabajo y a la educación. Esto en el marco de un Estado Social y Democrático de Derecho. Además de concretar la misión de Estado d estar al servicio de la persona humana y del bien común.