Se ha generado una intensa polémica por la aplicación de la medida cautelar personal más gravosa del sistema procesal penal, la prisión preventiva, por la que se priva judicialmente de libertad a una persona durante una investigación seguida en su contra, y de manera previa a que un tribunal de enjuiciamiento establezca su efectiva responsabilidad penal.
La decisión del tribunal debe adoptarse bajo ciertos presupuestos que suelen olvidarse y que no siempre guardan correspondencia con el denominado “sentido común ciudadano”, que de ordinario y de manera irreflexiva, desinformada y con motivaciones de diversa índole solicita imperativamente que todos quienes son investigados por la comisión de un ilícito, en particular de connotación mediática, queden privados de libertad. Este requerimiento ciudadano es avalado, muchas veces, sin información estadística de respaldo, por el mundo político y parlamentario, acercando peligrosamente el uso de la prisión preventiva a la configuración de un castigo o pena anticipada, para quien aún no ha sido debidamente juzgado y condenado. Las cifras demuestran que casi un 38 por ciento de las personas privadas de libertad actualmente, lo están en prisión preventiva.