Libro de la la profesora UAH María José Arancibia analiza la regulación de tarjetas de pago

Noticia publicada en idealex.press

Este mes se publicó la segunda edición del libro “Tarjetas de pago. Análisis de la Ley N° 20.009”, escrito por María José Arancibia, profesora de propiedad intelectual y comercio electrónico en el pregrado de la Universidad Alberto Hurtado (UAH) y, también, es profesora del diplomado de propiedad intelectual de la Universidad Católica de Chile. El libro se centra en la homónima ley chilena que establece un régimen de responsabilidades en caso de hurto, extravío o fraude de una tarjeta de pago.

“El comercio electrónico no es algo que está ni en el Código Civil ni en el Código de Comercio, porque en la época en que fueron pensadas el tema de las tarjetas de pago era ciencia ficción, entonces esto tiene un desafío adicional, que es ¿cómo hacer conversar reglas del siglo XIX con problemas y reglas del siglo XXI?”, comentó Lilian San Martín, profesora investigadora de la Universidad del Desarrollo, durante el evento de lanzamiento del libro, realizó el 16 de mayo en las dependencias de la UAH.

Por otro lado, durante el evento el profesor de derecho civil de la UAH, Rodrigo Barría, comentó la importancia del libro para una sociedad poscovid-19, donde el pago digital se ha masificado: “Yo creo que todos usamos tarjetas de pago en sus diversas modalidades, pero como suele suceder con estos instrumentos, los vamos incorporando de forma tan gradual, que no le damos la relevancia que realmente tiene”.

Barria también destacó lo fácil de leer que la obra, lo que servirá a los estudiantes de Derecho que quieran aprender de la materia: “Tiene una estupenda sistematización del tema que va desde lo más general hasta lo más especial, tiene una gran claridad expositiva, un rigor metodológico remarcable y un lenguaje muy sencillo que permite que cualquier persona puede acercarse tranquilamente a su lectura, sabiendo que lo va a comprender”.

El consentimiento y la diligencia

La obra se estructura en torno a 4 capítulos. En el primero se analiza el comercio electrónico y la forma en que se genera el consentimiento de las partes contratantes en este ámbito especial.

En ese aspecto, la profesora San Martin destaco como la obra responde a la pregunta del “consentimiento electrónico” en el comercio digital y si esta ocurre cuando se emite la respuesta o cuando llega al correo electrónico del cliente: “La autora responde que la formación del consentimiento es cuando llega la respuesta, pero se hace también la pregunta “¿qué pasa si la respuesta no llega a la bandeja de entrada, sino a la de spam?”, y su respuesta es que sí se forma el consentimiento. Por lo tanto, aquí hay una carga de diligencia de quien recibe la respuesta de esperarla y estar pendiente del correo, estando incluso revisando la bandeja de spam constantemente”.

En conversación con idealex.press, la autora María José Arancibia complementó lo hablado por San Martin, respecto a que ocurre en los casos donde una persona tiene poco conocimiento tecnológico y no sabe cómo hacer uso de la carpeta de spam o no sabe tan siquiera lo que es: “Se les aplica de igual forma, ya que no puede constituirse como una excepción a la regla, puesto que el oferente no tiene cómo saber la edad de las personas al momento de hacer su oferta por internet. Por ende, quien recibe el correo es responsable de revisar su spam”.

Luego, en el segundo capítulo se analizan los medios de pago empleados en el comercio electrónico. En el capítulo tercero se analiza la tarjeta de pago, sus operaciones y los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de estas relaciones contractuales.

“En el grado de diligencia esperable, la obra dice que la tarjeta de crédito tiene que estar guardada junto con los documentos de identidad. Eso me hizo pensar si estoy siendo lo suficientemente diligente y, por lo tanto, si el banco finalmente me respondería si pierdo mi tarjeta. Lo que sí es claro, es que estamos en presencia de una necesidad de construir un estándar de diligencia, el cual, como todos los estándares de conducta, requiere parámetros más o menos objetivos que le digan al juez como juzgar un caso concreto y determinar si alguien fue gravemente negligente o no”, comentó la profesora San Martin sobre las responsabilidades de quienes tienen tarjetas.

En esta segunda edición, el capítulo cuarto analiza la responsabilidad de los contratantes como consecuencia del pago electrónico con tarjetas de pago, todo ello bajo la Ley N° 20.009, Finalmente, se incluye un anexo de jurisprudencia actualizado que da cuenta de los diversos fallos dictados por tribunales chilenos en relación con las tarjetas de crédito.

“El Código Civil necesita una modernización, y sería interesante que los temas de consentimiento estén en ese código en vez de el de Comercio. Por otro lado, se debe reformar ciertos aspectos del documento, desde el lenguaje del mismo, hasta ciertos asuntos que tratan, puesto que quedan atrás con las nuevas tecnologías y la modernidad”, añadió Arancibia.

Ficha técnica

Título: Tarjetas de pago. Análisis de la Ley N° 20.009
Autor: María José Arancibia
Editorial: DER Ediciones
Año: 2024
Páginas: 240
Precio: 27.000 CLP (30 USD)

El libro está disponible para adquirir en este enlace.