Profesor Enrique Rajevic en Radio Agricultura: «Los cargos públicos no pueden ser patrimonio de nadie, tienen que distribuirse por mérito»

Enrique Rajevic, Director del departamento de Derecho Público y miembro del Núcleo Constitucional UAH y del CIPP UAH, fue entrevistado por el programa radial “Donde las papas queman” de Radio Agricultura, donde se refirió a los fundamentos de la Iniciativa Popular de Norma Constitucional para garantizar la existencia de un sistema de empleo público profesional e imparcial para Chile y diferenciar al Gobierno de la Administración Pública, que fue elaborada en base a un texto suscrito por numerosas personas dedicadas al estudio y/o al ejercicio de la función pública, entre ellos/as académicos/as de diversas universidades nacionales y de un grupo de investigadores asociados al CiPP y académicos de la Universidad Alberto Hurtado.

Durante la entrevista radial, el profesor Rajevic explicó que el gobierno es básicamente las autoridades ganadoras en elecciones populares y el personal de apoyo de su exclusiva confianza. Se trata del aparato de gobierno o estamento de dirección política. “En el poder ejecutivo están las autoridades elegidas democráticamente, como el Presidente quien designa ministros y subsecretarios, conformando una capa de personal que responde a una confianza política``, comenta el académico. El resto del personal son los funcionarios y funcionarias, dentro de los cuales hay directivos públicos. “La propuesta se pregunta quienes son el personal del Estado que tiene que cambiar con cada elección, porque democráticamente las personas queremos un cambio, y qué otra parte de funcionarios públicos se deben mantener porque son los que están realizando las prestaciones de servicios públicos de atención a las personas”, dice el abogado.

Debe haber un equilibrio para que las democracias funcionen. “Los gobiernos necesitan formar sus equipos pero también necesitan un número de funcionarios públicos, yo diría el grueso, que estén al margen de la confianza del gobierno, y que estén ahí por su calidad técnico profesional”, concluye el especialista en derecho administrativo. Se trata de una capa que al mantenerse ayuda a que haya continuidad en las políticas públicas, desarrollo de una expertise y más integridad.

La Constitución habla de carrera funcionaria y las personas que trabajan en la administración pública deberían estar sujetas a ese sistema salvo los cargos de exclusiva confianza. Sin embargo, abarca a un grupo muy pequeño, prácticamente una tercera parte de las personas que trabajan en el servicio público. Esto, según Rajevic, no porque hayan crecido los cargos de exclusiva confianza sino que porque hay una suerte de válvula de ajuste que es el empleo a contrata y, por otro lado, los honorarios que se han salido de norma. Las cifras a nivel del gobierno central del año 2011 indican que el personal de planta sumaba 84 mil personas y a contrata 121 mil. Para el 2020 la planta subió a 93 mil y la contrata se duplicó a 228 mil. En el mundo municipal un 60 por ciento del personal es a honorarios.

La propuesta también trata el acceso en igualdad de oportunidades a los empleos públicos. Se trata de que entren por capacidad y mérito, salvo los cargos de elección popular y los de exclusiva confianza.

Hay un aspecto de la Constitución de 1833 que se trató de cambiar en la del 1925 y del 80, que es el derecho a acceder a los empleos y funciones públicas. Rajevic señala que la carta magna dice que sólo se piden los requisitos que pide la Constitución y la ley. Lo que no se opone a que el legislador pueda crear sistemas de empleo con reclutamiento directo como así se ha entendido, aclara el investigador. “Esa parte queda coja, hay que cambiarla, hay que decir que ese acceso debe ser en igualdad de condiciones con las reglas de inclusión, equidad que quiera poner el constituyente y el legislador pero no puede ser simplemente el derecho a acceder, es el derecho a acceder en igualdad de oportunidades”, afirma el docente. “Los cargos públicos no pueden ser patrimonio de nadie, tienen que distribuirse por mérito y capacidad y por razones públicas, no por razones privadas”, sentencia el abogado.

El documento también aborda el reconocimiento a los derechos colectivos de los que trabajan en el sector público como la sindicalización, la negociación colectiva y la huelga, salvo que afecten servicios que son esenciales o a la continuidad de un servicio público. “Así garantizamos que el trabajo sea digno con condiciones adecuadas, pero con un marco de regulación”, plantea Rajevic.

Por último, el docente destaca que el estamento funcionario se caracteriza por que tiene que actuar de manera imparcial, objetiva y políticamente neutral. Además de respetar la probidad, la eficiencia, la eficacia, la jerarquía, la responsabilidad y la transparencia.

La «Propuesta constitucional para garantizar un servicio civil profesional e imparcial para Chile», está identificada como la Iniciativa Nº 16.898 en la Plataforma Digital de Participación Popular de la Convención Constitucional, que se encuentra en la plataforma Chileconvención.cl donde es posible votar por ella (https://iniciativas.chileconvencion.cl/m/iniciativa_popular/o/16898).

Esta propuesta fue elaborada en base a un texto suscrito por numerosas personas dedicadas al estudio y/o al ejercicio de la función pública, entre ellos/as académicos/as de diversas universidades nacionales como la Universidad Alberto Hurtado, la Universidad de Chile, la Universidad Austral, la Universidad Adolfo Ibáñez, la Universidad de Valparaíso, la Universidad de Concepción, la Universidad Católica de Santiago, la Universidad Católica de Valparaíso y la Universidad Santo Tomás.

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