[COLUMNA] Regularidad migratoria como condición de ejercicio de derechos fundamentales, por Yhohan Lagos

Publicada en El Mercurio Legal

Supongamos que una persona llega a un servicio de salud en busca de asistencia médica. ¿Podría el profesional de la salud priorizar el acceso a la atención de salud de un nacional sobre el de una persona extranjera en situación irregular? ¿Qué ocurre si la vida de la persona peligra si no recibe atención oportuna? ¿Puede el Estado imponer a los equipos de salud de sus propios servicios un deber de diferenciación basado en el estatus migratorio del paciente?

El deber del profesional de la salud es atender conforme a criterios clínicos y hacer todo lo posible para mantener a la persona con vida, independientemente de su condición migratoria.

Es una decisión como esa la que parece proponer el proyecto de ley que ordena priorizar la distribución de atenciones médicas y la cobertura del sistema educativo en favor de nacionales frente a extranjeros en condición migratoria irregular (Boletín 17.474-06). La propuesta, que avanzó en la Cámara de Diputadas y Diputados, inaugura una lógica difícilmente compatible con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y con los compromisos constitucionales del Estado chileno.

Nuestra Constitución reconoce el derecho a la igualdad ante la ley. El artículo 19 N° 2 de la Carta establece que las normas jurídicas deben tratar por igual a las personas que se encuentren en las mismas circunstancias y prohíbe expresamente las discriminaciones arbitrarias. Estas se configuran cuando una diferencia de trato carece de una justificación objetiva, razonable y proporcional. Por su parte, en materia de salud, la Constitución reconoce a todas las personas el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación del individuo.

En el contexto de la atención médica, utilizar la nacionalidad o el estatus migratorio como criterio de prelación puede constituir una discriminación arbitraria. No existe una justificación objetiva que permita sostener que la urgencia clínica de una persona disminuye o desaparece según su regularidad migratoria. El proyecto rompe con ese acceso “igualitario” si permite condicionar o postergar la atención de salud por factores ajenos a la condición médica del paciente. Al introducir la condición migratoria como elemento de prelación, corre el riesgo de transformar una prestación básica en un privilegio reservado a quienes tienen sus documentos en regla, desnaturalizando el núcleo del derecho.

Si volvemos al supuesto inicial, en el que llegan dos personas que solicitan atención médica en un servicio de salud, y el profesional se ve obligado legalmente a privilegiar a una persona chilena en desmedro de una persona extranjera en situación irregular, se produce una tensión constitucional evidente con la igualdad ante la ley, reconocida a todas las personas en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política.

No se cuestiona en estas líneas que el Estado deba tener una actuación activa en materia de control migratorio, ni que la irregularidad migratoria sea irrelevante para el diseño de políticas públicas. Lo que se sostiene es que, en salas de urgencia, centros de salud y establecimientos educacionales, debe primar el respeto a los derechos fundamentales como esfera de protección de las personas frente al Estado. La pregunta del profesional de la salud no debería ser si el paciente tiene sus papeles al día, sino si tiene una vida que proteger.

Si este proyecto continúa su tramitación legislativa en los términos descritos, abre un flanco de inconstitucionalidad por vulneración de derechos fundamentales. De aprobarse como ley, nos obligaría a preguntarnos cuál es la base de nuestro Estado de Derecho, si precisamente la soberanía estatal encuentra su límite infranqueable en la dignidad humana de todas las personas.

[1]: https://tramitacion.senado.cl/appsenado/templates/tramitacion/index.php?boletin_ini=17474-06&utm_source=chatgpt.com «Boletín 17474-06».

[2]: https://www.bcn.cl/obtienearchivo?id=repositorio%2F10221%2F38435%2F1%2FProyectos_de_ley_que_buscan_modificar_la_Ley_de_Migracion_y_Extranjeria.pdf&utm_source=chatgpt.com «Proyectos de ley que buscan modificar la Ley de Migración …»