Victoria Martínez y el derecho al cuidado: “Si el Estado no se involucra, las mujeres no pueden seguir sobrellevando este trabajo solas”

Entrevista realizada por el Centro Interdisciplinar de Políticas Públicas (CiPP)

El programa «Chile Cuida» (2025-2030), presentado por el gobierno el 6 de marzo de 2025, busca atender el envejecimiento poblacional y la sobrecarga de las mujeres con un sistema nacional de apoyos y cuidados, según explicó Victoria Martínez, investigadora del CiPP, en entrevista con el CiPP sobre los desafíos legales y sociales de esta política que reconoce el derecho al cuidado en Chile.

El pasado jueves 6 de marzo de 2025, el Presidente Gabriel Boric Font encabezó la presentación de la primera Política Nacional de Apoyos y Cuidados (2025-2030) y su Plan de Acción (2025-2026), también conocido como programa «Chile Cuida». Este lanzamiento marca un hito en el reconocimiento del derecho al cuidado en Chile, buscando establecerlo como un cuarto pilar de la protección social, al mismo nivel que la educación, la salud y las pensiones.

En entrevista con el CiPP, Victoria Martínez, investigadora asociada al Centro Interdisciplinar de Políticas Públicas (CiPP), directora del programa Derecho y Cuidados y académica de la Facultad de Derecho en la Universidad Alberto Hurtado, destaca la urgencia de esta política ante el envejecimiento de la población y la baja natalidad, una de las más bajas del mundo. La investigadora del CiPP subraya que, sin la intervención del Estado, las familias no podrán responder solas a las crecientes necesidades de cuidados en el país.

¿Por qué es crucial en Chile tener una política nacional de apoyos y cuidados en este momento?

Es crucial desde muchos puntos de vista. El primero, y por el que los cuidados han estado en la agenda pública desde hace unos años, es que la pandemia del COVID dejó al descubierto como muchas tareas de cuidado estaban a cargo de las familias y mayoritariamente eran responsabilidad de las mujeres. Otro hito importante es el envejecimiento de la población y la baja natalidad en el país, una de las más bajas del mundo. Esto nos pone frente a la circunstancia de que en pocos años habrán más personas mayores, más personas con algún grado de dependencia y por lo tanto las necesidades de cuidado van a aumentar. Entonces, si el Estado no se involucra, las familias no van a dar abasto y las mujeres no pueden seguir sobrellevando este trabajo solas.

¿Cómo refleja esta política los valores y necesidades sociales que tiene el país, especialmente en los temas de cuidado y apoyo?

Es ineludible, tanto para este gobierno como para el gobierno siguiente, abordar el problema de los cuidados. Las diferencias van a ser en cómo y cuáles son los objetivos de esa política. En este gobierno se ha planteado una fórmula, un enfoque comunitario de los cuidados y también un enfoque de redistribución. Como decía antes, la baja natalidad y el envejecimiento de la población provocará que el Estado se involucre más en los cuidados, pero podría suceder que otro Gobierno tenga otros objetivos, por ejemplo, privilegiar más la familia como espacio de cuidado y no tener un enfoque estatal o comunitario; o apoyar a las mujeres para que sigan desarrollando tareas de cuidado y no necesariamente redistribuir esta labor. Son importantes los objetivos de la política, porque no hay una sola forma de responder al problema.

¿Qué desafío legal existe para la implementación de la política?

La política en Chile se decidió viendo el ejemplo de Uruguay, que aprobó una ley que creó un sistema nacional de cuidados y luego se demoraron muchos años en aprobar la política. En Chile se siguió el camino inverso, de aprobar primero la política nacional y luego, en paralelo, aprobar la ley. Puede que no se apruebe la ley en este gobierno sino que en un gobierno distinto, con un nuevo Congreso. En cualquier caso, este proyecto de ley que está en tramitación es como la obra gruesa de una infraestructura mayor; la única prestación que está asegurada en esa ley son los servicios y apoyos comunitarios a personas con dependencia severa y sus cuidadores. Es decir, las necesidades más apremiantes de cuidado. Entonces, el desafío legal es que se apruebe el proyecto de ley bajo las ideas del Gobierno actual. De lo contrario, tendremos la discordancia de una ley que puede ir en una dirección distinta a lo que la política nacional establece.

¿Es decir que la implementación de la política está generando las bases para construir el sistema nacional de cuidado?

Exactamente. Esa fue la apuesta del gobierno, que es una apuesta entendible dadas las circunstancias políticas. No tienen una mayoría política como para aprobar una ley extensa y detallada , tampoco están las condiciones económicas para hacer algo presupuestariamente muy exigente. Entonces se optó por una visión minimalista en lo inmediato, pero con una gran proyección en el futuro.

En ese sentido, ¿cómo aborda la política la intersección del cuidado con otros problemas sociales, como la pobreza y la desigualdad de género, desde un enfoque de derechos humanos?

La política intenta abordar el problema de la desigualdad de género. La reconoce y la resalta. Pero no creo que en este momento la política contribuya a la redistribución de género. Lo que se va a ofrecer concretamente son centros comunitarios de cuidado y ahí se va a asistir a personas con dependencia severa y sus cuidadores. Esta fórmula no cambia a la persona que cuida: El 85% de las personas cuidadoras de personas con dependencia severa son mujeres. Pero es un inicio, estamos en un momento de reconocer esas desigualdades y tratar de mejorar las circunstancias en que estos trabajos se desarrollan.

¿Ahí es cuando la participación ciudadana es fundamental para identificar áreas de mejora?

De hecho, este proyecto de ley y la política se construye sobre la base de participación ciudadana, desde las cuidadoras y desde las personas que hoy día cuidan. Las organizaciones de cuidadores han sido clave para que esta política salga y el proyecto de ley avance. Pero creo que los cuidados también hay que mirarlos desde un punto de vista más amplio y, en esto el derecho del trabajo es muy importante para compartir labores de cuidado. Los futuros cambios demográficos nos van a desafiar a cambiar la organización de los cuidados.

¿Y cómo se alinea esta política con los compromisos de Chile en convenciones internacionales?

En materia de cuidados hay tratados sobre grupos vulnerables que abordan el cuidado, por ejemplo, La Convención de Derechos del Niño, la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Sin embargo, no existe un tratado que establezca el derecho al cuidado como derecho humano de alcance general. Actualmente, estamos en espera del pronunciamiento de la Corte Interamericana, instancia donde participamos el año pasado desde la Facultad de Derecho UAH. En ese momento, Argentina le pidió a la Corte una opinión consultiva para determinar si existe este derecho en el Sistema Regional de Derechos Humanos y en qué consiste. Cuando tengamos esa respuesta de la Corte Interamericana, vamos a tener un antecedente con mayor autoridad para exigir que el derecho al cuidado sea garantizado por los Estados.

¿Crees que el reconocimiento puede fomentar una cultura de cuidado y de apoyo mutuo dentro de las familias?

Sobre la base de los cambios demográficos proyectados, tendremos que pensar el cuidado fuera de las fronteras de la familia. El problema es cómo el Estado y la sociedad pueden interpretar esos cambios y colaborar en que esto no signifique que tengamos una población de personas solas y descuidadas. Entonces, creo que hay que entender el cuidado como un valor social, no solo dentro de la familia.

¿Y qué papel crees que juega el marco constitucional en la promoción de los cuidados?

Este es un tema complejo, porque tuvimos una oportunidad enorme de que los cuidados pudieran ser parte de la Constitución. Antes de las discusiones de los procesos constituyentes, los cuidados no eran un tema constitucional. Yo diría que a futuro es poco probable que se modifique el texto constitucional, pero sí que la jurisprudencia constitucional o la jurisprudencia de las Cortes en materia de derechos reconozca un derecho al cuidado o aspectos del cuidado que son relevantes. Ese ha sido el camino de varios países de América Latina: Ecuador, México y Colombia no tienen un derecho al cuidado en sus constituciones, pero sí su jurisprudencia constitucional ha reconocido este derecho.

En tu opinión, ¿crees que esta política podría ser vista como un modelo a seguir para otros países?

Todavía es temprano para ver si será un modelo a seguir porque primero vamos a tener que evaluar cómo es despachada por el Congreso, cómo se implementa y qué resultados provoca. En materia de políticas públicas es muy importante evaluar qué es lo que efectivamente produce. Lo más probable es que sí mejore las circunstancias en que hoy día las personas cuidadoras cuidan, por lo tanto mejore la calidad de vida también de las personas que son cuidadas. Esta discusión se inserta en una región que ha resaltado la necesidad de que el Estado se involucre más en los cuidados, para que no siga siendo solo un trabajo de las mujeres. Esa perspectiva es característica de América Latina y creo que es muy relevante porque Chile está avanzando dentro del contexto de América Latina. Por lo tanto, que todos estemos discutiendo lo mismo nos permite evaluar qué funciona allá, qué funciona acá, y no cometer los mismos errores.