Egresado Cristian Parada González publica artículo en edición especial de la revista estudiantil de derecho procesal de la Universidad Diego Portales

La Revista Estudiantil de Derecho Procesal de la UDP es una revista de publicación anual especializada en el Derecho Procesal, que recopila artículos inéditos de investigación, notas estudiantiles, comentarios, tesis de pregrado y magíster de estudiantes de derecho, egresados y abogados de las distintas Escuelas de Derecho del país.

En tal contexto, la edición especial de la Revista Estudiantil de Derecho Procesal, focalizada en artículos inéditos del Derecho Procesal Penal, publicó la tesina de pregrado del Egresado UAH y ayudante de la Clínica Jurídica Transparencia y DDHH Cristian Parada González, titulada “La Admisibilidad del Testigo de Oídas en el Derecho Procesal Penal”.

El artículo indaga respecto al Testigo de Oídas, tema poco tratado a nivel doctrinal y jurisprudencial, dilucidando los problemas de admisibilidad que la institución esconde. Así, la investigación centra su atención en tres pilares fundamentales: en primer lugar, el análisis de los nudos críticos, llamados “ejes problemáticos” del Testigo de Oídas, enfocándose en el carácter de baja calidad y confiabilidad, y su relación con los principios envueltos en el debate de la admisibilidad de este medio probatorio como lo son la inmediación y la contradictoriedad. En segundo lugar, se realiza una profunda revisión de las reglas de evidencia comparada, deteniéndose en particular en Estados Unidos y Puerto Rico, sistemas probatorios que presentan reglas de excepción que admiten al Testigo de Oídas en determinadas circunstancias. Finalmente, Cristian Parada establece una serie de propuestas frente al panorama del Testigo de Oídas y su admisibilidad, señalando “la necesidad de un reforzamiento de la etapa intermedia, con mayor rigurosidad en la interpretación de los estándares de licitud, confiabilidad y pertinencia, además de una consideración real por parte de la judicatura para con los riesgos que se desprenden de la admisibilidad, tanto para el mismo proceso como para las partes”.

La publicación se encuentra disponible aquí